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PÆg. 291600 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de abril de 2005 Acciones de Control no programadas que se originen como resultado de la presente Actividad de Control. LaGerencia de Sector Económico adicionalmente, recibirála información para su consolidación y publicación en lapágina Web. 2. Las unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, evaluarán y recomendarán, de ser el caso, las acciones y sanciones administrati-vas aplicables a los Órganos de Control Institucionalque no presenten el Informe de Evaluación de Cumpli-miento de las Medidas de Disciplina, Racionalidad yAusteridad dentro del plazo previsto o que lo elaboren sin considerar las disposiciones de la presente Directi- va. 3. Los Formatos considerados como anexos de los Informes de evaluación serán llenados sobre la basede la información proporcionada por las Oficinas Ge-nerales de Administración o por las Oficinas que hagan sus veces en la entidad. Los Órganos de Control Insti- tucional evaluarán esta información mediante pruebasselectivas que permitan validar el contenido de los For-matos, tomando en consideración las actividades rea-lizadas por la entidad durante el período objeto de larevisión. Asimismo, los Órganos de Control Institucio- nal establecerán claramente si la entidad cumplió o no con las medidas de disciplina, racionalidad y austeri-dad en el recuadro correspondiente al Rubro “Conclu-siones del Órgano de Control Institucional”. 4. La ejecución de la presente Actividad de Control proporcionará a los Órganos de Control Institucional información que podrá ser comparada con la publica- ción trimestral de los resultados cualitativos y cuantita-tivos a que alude el artículo 9º, numeral 9.1 de la LeyNº 28427. En consecuencia, el Informe de Evaluaciónde Medidas de Disciplina, Racionalidad y Austeridad,incluirá un comentario sobre este aspecto. Si la entidad no hubiese publicado trimestralmente los resultados cualitativos y cuantitativos, en cumpli-miento de la Ley Nº 28427, los Órganos de ControlInstitucional deben revelar claramente esta situación;informando al Titular de la entidad este hecho, para laadopción de las acciones que correspondan. 5. Únicamente por limitaciones significativas en la ejecución de la Actividad de Control, el Órgano de Con-trol Institucional podrá abstenerse de formular un juiciode valor sobre el cumplimiento de las medidas de disci-plina, racionalidad y austeridad. No obstante, en estoscasos, los Órganos de Control Institucional señalarán puntualmente cual es la causa de la limitación y de ser necesario, efectuarán una acción de control no progra-mada en el ejercicio 2005. 6. La Guía de los Informes de Evaluación de Cum- plimiento de las Medidas de Disciplina, Racionalidad yAusteridad, forma parte de la presente Directiva. La estructura de los informes y de los formatos, no deben ser modificados por los Órganos de Control Institucio-nal. IX. DISPOSICIÓN FINAL Como consecuencia de la aprobación de la presente Directiva, los Órganos de Control Institucional deberánanular la Actividad de Control programada en el PlanAnual 2005, relacionada con la evaluación de los Infor-mes de Medidas de Austeridad. Asimismo, deberán in-corporar nuevamente esta actividad en el SAGU como no programada, considerando en el cronograma de eje- cución, los meses de marzo 2005 (diciembre de 2004) yjulio 2005 (enero a junio de 2004) y el cumplimiento dedos metas anuales para el presente ejercicio. GUÍA DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE DISCIPLINA, RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD I. INTRODUCCIÓN Antecedentes En cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2005, la Contraloría General de la República verifica los resultados que hayan obtenidolas entidades públicas, por la aplicación de las medidasde Disciplina, Racionalidad y Austeridad presupuesta-rias. Para dicho efecto, los Órganos de Control Institucio- nal durante el ejercicio presupuestal 2005, efectuarán una Actividad de Control que tiene por propósito evaluarel cumplimiento de las disposiciones establecidas en elCapítulo II de la Ley Nº 28427; así como las medidasadicionales de austeridad contempladas en la PrimeraDisposición Transitoria de Ley Nº 28425. La Contraloría General de la República será respon- sable de centralizar y consolidar los informes de evalua-ción emitidos por los Órganos de Control Institucional,hasta quince (15) días hábiles posteriores a su presen-tación, para su publicación en la página Web de la insti-tución. Objetivos 1. Determinar si la entidad, durante el período eva- luado, cumplió con las medidas de disciplina, racionali-dad y austeridad. 2. Establecer criterios técnicos uniformes para la pre- paración de los informes de evaluación de cumplimientode las normas de disciplina, racionalidad y austeridad,por parte de los Órganos de Control Institucional. 3. Establecer pautas generales para la consolidación de los informes de evaluación y su posterior publicación en la página Web de la Contraloría General de la República. AlcanceLos Jefes de las Oficinas Generales de Administra- ción o de las Oficinas que hagan sus veces de las enti- dades comprendidas en los Pliegos Presupuestarios delGobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Lo-cales de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2005; los Órganos deControl Institucional de las entidades que conforman di- chos Pliegos y los Jefes de las Unidades Orgánicas de Línea de la Contraloría General deben cumplir con laspautas específicas contempladas en la Directiva y en laGuía de evaluación del cumplimiento de las medidas deDisciplina, Racionalidad y Austeridad. II. ENTREGA DE INFORMACIÓN Y LLENADO DE FORMATOS Las Oficinas Generales de Administración o las Ofi- cinas que hagan sus veces de las entidades comprendi-das en los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacio- nal, Gobierno Regional y Gobiernos Locales de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2005, son responsables de proporcionar alos Órganos de Control Institucional de manera oportu-na, la información sobre ejecución presupuestal en ma-teria de Recursos Humanos, Contratos de Locación de Servicios, CAFAE, Adquisiciones, Subvenciones, Con- tratos de Obra mayores a un año; así como de cualquierotra información necesaria para el cumplimiento de estaActividad de Control. Esta información será utilizada por los Órganos de Control Institucional para el llenado de los Formatos que se adjuntan al Informe de Evaluación, salvo que la propia administración acepte ingresar la información directa-mente. La información se entrega con carácter de declara- ción jurada, por lo cual corresponde a los Jefes de lasOficinas Generales de Administración o las Oficinas que hagan sus veces de las entidades, cautelar la veracidad y exactitud de la misma, bajo responsabilidad. III. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LOS INFORMES Los Órganos de Control Institucional deben elaborar los Informes de evaluación del cumplimiento de las me-didas de disciplina, racionalidad y austeridad; observan-do lo siguiente estructura y contenido: