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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (02/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G39/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de agosto de 2005 Estando a los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPÓNGASE, la creación del Depósito Oficial Municipal, en la Zona de Vitarte, ubicado en el áreaposterior del local de la Asociación de Comerciantes del Hipermercado del Cono Este - HIMECE, en la dirección Carretera Central Km. 8.5, distrito de Ate, por las razonesexpuestas en los considerandos del presente Decreto. Artículo 2º.- DISPÓNGASE, la creación del Depósito Oficial Municipal, ubicado en la zona de Santa Clara, en elárea posterior del local en la dirección calle Julio C. Tello Nº 360, Santa Clara, distrito de Ate, por las razones ex- puestas en los considerandos del presente Decreto. Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcal- día Nº 016 de fecha 14 de mayo del 2004; por las razonesexpuestas en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo 4º.- El Gerente de Servicios Públicos Locales en coordinación con las gerencias competentes serán responsables del cumplimiento del presente Decreto y pro-pondrán la ubicación de otros depósitos oficiales munici-pales, previa evaluación técnico-económica. Artículo 5º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Servicios Públicos Locales, Subgerencia de Comercialización y Transporte y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Artículo 6º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 13470 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G38/G35/G2D/G4D/G44/G41/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D /G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028 Ate, 27 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza Nº 085-MDA que establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y NoTributarias en la jurisdicción del distrito de Ate; el InformeNº 180-05-GR/MDA de la Gerencia de Rentas y el Proveí-do Nº 2641-05-GGM/MDA de la Gerencia General Munici- pal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º prescribe que las municipalidades son órganos degobierno local que gozan de autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 085-MDA de fecha 15 de julio de 2005 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de julio de 2005, se establece el Beneficio de Regularizaciónde Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Ate; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Quinta Disposición Complementaria faculta al señor Alcal-de para que dicte normas complementarias si fuera nece- sario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcal- día, de la vigencia del beneficio otorgado; Que, una de la políticas de la presente administración es la de otorgar las más amplias facilidades a los contribu-yentes del distrito para que puedan cumplir con regularizarsus obligaciones tributarias y administrativas; Que, se ha constatado el interés de los vecinos por acogerse a la Ordenanza Nº 085-MDA publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 17 de julio del presente año, que establece el Bene-ficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias,que se hayan originado hasta el 30 de junio del 2005; Que, el interés demostrado por la población del distrito de Ate, se ha traducido en la afluencia masiva de contri- buyentes que han mostrado su disponibilidad e interéspara el acogimiento a los beneficios otorgados, situaciónque se ha constatado tanto en la Sede Central como enlas Agencias Municipales; Que, así mismo se ha repecionado pedidos verbales de muchos vecinos del distrito que han solicitado la prórro- ga de esta norma; Que, mediante Proveído Nº 2641-05-GGM/MDA el Ge- rente General Municipal señala se proyecte el Decreto deAlcaldía pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, hasta el 15 de agosto de 2005, la vigencia de la Ordenanza Nº 085-MDA, que esta-blece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributariasy No Tributarias en el distrito de Ate. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Ren- tas, Gerencia de Administración y demás áreas pertinentesde esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 13471 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU