Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2005 (02/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 2 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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cumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 13497

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 352-2005-EF/10
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 1064-2005-PP-EF/16 del Procurador Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, Baudillo MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de queja contra el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por no suspender el procedimiento de cobranza coactiva; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 54921-2004 se solicito a la Administracion Tributaria que informara en forma detallada sobre los hechos que motivaron la queja, indicando que valores sustentan los procedimientos de cobranza coactiva materia de la misma, si los mismos han sido impugnados y el estado en que se encontraban dichas impugnaciones, de ser el caso, el tramite que se ha dado a la solicitud de compensacion a que se refiere el quejoso presentada el 5 de febrero de 2003, remitiendo MORDAZA autenticada de los referidos valores, asi como de otra documentacion, disponiendose tambien la suspension temporal del procedimiento de cobranza coactiva a que se refiere la queja en tanto el Tribunal Fiscal emita resolucion definitiva, indicandosele que se abstuviera de ejecutar cualquier medida cautelar al respecto, debiendo cumplir con lo dispuesto en la presente resolucion en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde el dia siguiente desde la fecha de su notificacion; Que, en cumplimiento de la citada resolucion, la Administracion senalo diversos hechos relativos a la queja interpuesta, sin informar sobre todo lo requerido por el Tribunal, por lo que mediante Resolucion Nº 07013-1-2004 del 17 de septiembre de 2004 se reitero que cumpla totalmente con lo dispuesto por la resolucion MORDAZA senalada; Que, la Administracion no cumplio con los requerimientos efectuados en las resoluciones mencionadas, sin embargo, el Tribunal al estar obligado a emitir pronunciamiento sobre la queja planteada, cumplio con resolverla con los documentos que obraban en el expediente, dictando la Resolucion Nº 01630-1-2005 del 11 de marzo de 2005 que declaro Fundada la queja interpuesta, debiendo la

Administracion disponer la suspension definitiva de la cobranza coactiva iniciada por las Resoluciones de Determinacion Nºs. 14509-2003-AR/MDLV y 14510-2003-ARB/ MDVL y levantar las medidas cautelares trabadas, de ser el caso, y remitir MORDAZA de dicha Resolucion al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria de los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 13498

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 353-2005-EF/10
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 1065-2005-PP-EF/16 del Procurador Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Compania de Asistencia y Servicio al Automovilista S.A.C. interpuso recurso de queja, contra el Ejecutor Coactivo del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - SAT-, por actuaciones que infringen lo establecido en la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 26979; Que, mediante Proveidos Nºs. 00383-1-2004 y 006961-2004 del 16 de MORDAZA y 15 de junio de 2004 respectiva-

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