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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (03/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G39/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de agosto de 2005 para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses con- tados a partir de la fecha de notificación de la Resolu-ción, las obras de Habilitación Urbana cuyos proyectosse aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los pla-nos firmados y sellados por este Corporativo, teniendoen cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- Encontrándose el terreno ma- teria de habilitación en un Área de Estructuración Urba-na III-A, el cuadro de Áreas que se aprueba es el si-guiente: Área Bruta del terreno 1,119.00 m2 Área cedida para Vía 0.00 m2Área Útil 1,119.00 m2 APORTES REGLAMENTARIOS.- La Ordenanza Nº 292-MML establece los Aportes Reglamentariosque deben cumplir las habilitaciones con fines de vi-vienda R2 al proyectar una Habilitación Urbana, enaplicación a lo cual los porcentajes de aportes regla-mentarios que corresponden al Área de 1,119.00 M²son: APORTE ORDENANZA 292 ÁREA OBSERVACIONES REGLAMENTARIO % m2 Recreación Pública 7% 78.33 M² Los Aportes Parques Zonales 2% 22.38 M² reglamentarios Ministerio de Educación 2% 22.38 M²serán redimidos en dinero Otros Fines 2% 22.38 M² TOTAL 13% 145.47 M² Veredas.- Serán de concreto de calidad fc=175 Kg/ cm2 de 0.10m. de espesor y construidas sobre un terra-plén de material seleccionado de buena calidad y debi-damente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro deespesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cadacinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada ter- minada será de 0.20m. Sardineles.- En el extremo libre de la vereda en con- tacto con la berma se construirá un sardinel de concretode dimensiones 0.15m x 0.45m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecu-ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali-dad de concreto será de fc=175 Kg/cm2. Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmue-ble de Lima, la obligación del propietario de cancelarlos déficits de aportes, que serán redimidos en dine-ro antes de la Recepción de las Obras y, en conse-cuencia, queda como garantía el Lote Único materiade la Resolución. En cumplimiento a lo dispuesto enel Reglamento de la Ley General de HabilitacionesUrbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º, los déficits de aporte de Recrea-ción Pública de 78.33 M2 y Otros Fines de 22.38 M2serán cancelados en la Municipalidad de Santiago deSurco, y para el Ministerio de Educación de 22.38 M²y Parques Zonales de 22.38 M², deberán ser cance-lados ante el Ministerio de Educación y SERPAR-LIMArespectivamente. Artículo Cuarto.- REMITIR, los presentes actua- dos administrativos en copia certificada a la Direc-ción Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipa-lidad Metropolitana de Lima, para su ratificación deacuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la LeyNº 26878. Artículo Quinto.- DISPONER que la empresa IN- MUEBLES Y RECUPERACIONES CONTINENTAL S.A.,efectúen la publicación de esta Resolución en el DiarioOficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles conta-dos a partir del día siguiente de notificado; sufragandolos gastos a que hubiere lugar. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento delos artículos precedentes.Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Inversión Privada 13475 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHEROS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 051-2005-A-MPCH Chincheros, 9 de junio del 2005 VISTOS.- El Informe Nº 030-2005-LQLL-OB-MPCH, emitido por la Unidad de Abastecimiento, el cual da aconocer la modificación al Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Municipalidad Provincial de Chin-cheros, del Año Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son entidades básicas de organización territorial del Estado y canales inmediatosde participación vecinal con autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia,conforme a lo establecido por el Art. 194º de la Consti-tución Política del Estado, modificado por Ley de Refor-ma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con elArt. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado" aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,concordante con el Artículo 25º de su reglamento, aproba-do por D.S. Nº 084-2004-PCM, dispone que cada entidadelaborará su Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes, el mismo que debe prever los Bienes, Servicios yObras que se requieran durante el ejercicio presupuestal yel monto del presupuesto requerido, debiendo incluir losdiferentes procesos de selección requeridos por las de-pendencias de la Municipalidad Provincial de Chincheros; Que por Resolución de Alcaldía Nº 114-2004-MPCH, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-nes de la Municipalidad Provincial de Chincheros para elAño Fiscal 2005; Que, el Art. 27º en concordancia con el Art. 25º y 26º del D.S. Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado" prevé lossupuestos en los cuales puede modificarse el Plan Anualde Adquisiciones y su correspondiente publicación; Que, por Informe Nº 030-2005-LQLL-OB-MPCH, emitido por el Jefe de la Unidad de Abastecimiento de laMunicipalidad Provincial de Chincheros se da a conocerla exclusión e inclusión de productos alimenticios para elPrograma de Complementación Alimentaria; Por las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por el Inc. 6 del Art.20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modificación el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Munici-palidad Provincial de Chincheros para el ejercicio fiscaldel año 2005, el mismo que forma parte integrante de lapresente Resolución, Anexo Nº 01. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente re- solución sea puesto a disposición del público y de los