Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2005 (07/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de agosto de 2005

f) Suscribir los Balances y los Estados Financieros, asi como toda la documentacion que se presente a esta Superintendencia, para su aprobacion. g) Ordenar los pagos a los acreedores conforme a la prelacion establecida. h) Abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, MORDAZA a plazo o no, obtener certificados y realizar todo otro MORDAZA de depositos e imposiciones; sobre las cuentas corrientes, de ahorros y de plazo; girar cheques sobre los saldos acreedores; emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depositos y/o retiros; abrir, desdoblar y cancelar los certificados a plazo, cobrarlos, endosarlos, y retirarlos; y en general, efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objeto de la liquidacion. i) En tanto no exista una posibilidad de venta de los bienes, estos podran ser objeto de arrendamiento, suscribiendo para tales efectos los documentos e instrumentos publicos o privados que MORDAZA necesarios; cuidando que no se afecte el objeto de la liquidacion. j) Iniciar procesos judiciales y continuar con los iniciados por la empresa en contra de terceros. k) Mantener los recursos liquidos de la liquidacion en empresas de operaciones multiples clasificadas en las categorias "A" o "B", segun la MORDAZA vigente sobre la materia. l) Usar el sello de la empresa; expedir y retirar la correspondencia, cualquiera sea su naturaleza. m) Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas. A tal fin, el liquidador encargado de administrar el MORDAZA liquidatorio de la empresa, cuenta con todos los poderes necesarios para cumplir las funciones que les corresponden por el solo hecho de firmar los contratos correspondientes. Cuenta con todas las facultades generales y especiales para litigar, contenidas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, gozando estos poderes de las prerrogativas senaladas en el articulo 368º de la Ley General. Adicionalmente, podra delegar facultades para el mejor desarrollo de sus actividades. n) Las demas acciones necesarias para realizar su labor de administracion de la liquidacion, asi como las que la Superintendencia autorice. La descripcion de las facultades tiene un caracter enunciativo y no limitativo, siendo extensivas a todos los actos que se requieran para ejecutarlas eficazmente. La persona encargada del MORDAZA liquidatorio mencionado en el articulo primero de la presente Resolucion, debera observar lo dispuesto por el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolucion SBS Nº 45599 de fecha 25 de MORDAZA de 1999, asi como en sus disposiciones modificatorias y complementarias. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General los tramites pertinentes ante los Registros Publicos, a fin de inscribir la presente Resolucion; asi como la suscripcion del contrato de locacion de servicios con el MORDAZA liquidador de la Mutual de Vivienda Panamericana en Liquidacion. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13793

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA, Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE HUANCAVELICA Articulo 1º.- APRUEBESE el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Huancavelica, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente Gobierno Regional de Huancavelica 13816

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales para recuperar montos y cobros en exceso realizados por servidores del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 515-2005-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 8 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Oficio Nº 720-2005-GR. LAMB/ORAD, Informe legal Nº 159-2005-GR. LAMB/ORAJ, el Oficio Nº 005-2005-GR. LAMB/GGR/SDG; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 720-2005-GR. LAMB/ORAD de fecha 5 de MORDAZA del 2005, el Jefe de la Oficina Regional de Administracion remite a la Oficina Regional de Asesoria Juridica, la informacion requerida en el articulo 3º de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 169-2005-GR.LAMB/PR para las acciones legales correspondientes, respecto a la diferencia de combustible entre la cantidad entregada a los choferes MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Rangel y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el consumo real de los mismos en el periodo MORDAZA 2002 y enero 2004; Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 169-2005-GR. LAMB/PR, en su Articulo 2º, se impone sancion administrativa de seis meses de cese temporal sin goce de remuneraciones a los servidores MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA RANGEL y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendose en su articulo 3º que la Oficina de Finanzas determine los montos cobrados por dichos servidores por concepto de Declaraciones Juradas por el periodo comprendido entre el 22 de MORDAZA del 2002 y 21 de enero del 2004 para su recuperacion; asi como la Oficina de Abastecimiento determine la cantidad de galones de petroleo entregados indebidamente a fin de determinar su costo, recomendandose la instauracion de la accion civil correspondiente para restituir el perjuicio originado por pago indebido de declaraciones juradas y los faltantes de combustible; todo ello originado al haberse demostrado que no han devuelto los excedentes del combustible que se les entregaba diariamente para la distribucion de agua potable a los sectores mas deprimidos, asi como el cobro diario indebido de declaraciones juradas por concepto de "cena"; Que, de conformidad con el articulo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, la defensa de los

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 032-GR-HVCA/CR
Huancavelica, 31 de MORDAZA del 2005

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