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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (07/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de agosto de 2005 Cajamarca, para realizar el Reforzamiento Productivo Acuíco- la en la Zona Fronteriza y Acciones de Repoblamiento enrecursos hídricos del departamento de Cajamarca, por unmonto total ascendente a Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100 000,00), a ejecutarse bajo la Modalidad de Encargo,por la Dirección Regional de la Producción - Cajamarca. DichoConvenio forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería, para que en representación del Ministerio de la Producción, suscri-ba el Convenio Interinstitucional que se aprueba en el artícu-lo precedente. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Acuicultura y las Oficinas Generales de Administración y de Desarrollo y Pla-neamiento Estratégico, quedan facultadas a adoptar las ac-ciones que correspondan dentro de su competencia, paraasegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del Conve-nio que se aprueba en el artículo 1º de la presente Resolu-ción. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al Pliego 038: Minis-terio de la Producción, Función 12: Pesca, Programa 044:Promoción de la Producción Pesquera, Subprograma 0117:Fomento de la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, Promo-ver y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componente3.01091: Promoción y Desarrollo, Meta 00002:01284 Pro-mover la Acuicultura Continental de las Especies Hidrobio-lógicas, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamen-te Recaudados, Ejercicio Fiscal 2005; hasta por un montode Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100 000,00). Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 13812 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72 /G69/G6E/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G74/G65/G63/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G65/G76/G69/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G63/G65/G73/G20/G74/G72/G6F/G70/G69/G63/G61/G6C/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G75/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2005-PRODUCE Lima, 4 de agosto del 2005 Visto el Oficio Nº 1164-2005-PRODUCE/DNA, del 20 de junio de 2005 de la Dirección Nacional de Acuicultura; CONSIDERANDO:Que el artículo 1º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene- ral de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio dePesquería (hoy Ministerio de la Producción), promover eldesarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuentede alimentación, empleo e ingresos y de asegurar el apro-vechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos,optimizando los beneficios económicos; Que la Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura considera entre sus objetivos, regular y promo-ver la actividad acuícola en aguas marinas, aguas continen-tales o utilizando aguas salobres, disponiendo además medi-das y beneficios en provecho de la acuicultura; Que el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2004-2006 del Sector Producción, señala dentro de sus objetivos eldesarrollo de la actividad de acuicultura; considerándolacomo importante alternativa para la provisión de alimentospara consumo humano y generadora de fuente de trabajo,en especial, en zonas de sierra; Que la Dirección Regional de la Producción de San Martín viene sustentando la necesidad de ejecutar la acti-vidad denominada "Innovación de la tecnología de pro-ducción de alevinos de peces tropicales para incentivar laacuicultura en la Región San Martín", a fin de lograr laproducción masiva de alevinos de especies piscícolas tro-picales, como Tilapia, Gamitana y Boquichico, incentivan-do el desarrollo de la actividad acuícola, logrando la plenautilización de las instalaciones piscícolas existentes en laRegión y elevando el nivel de producción acuícola; Que, a través del Informe Técnico Nº 41-2005-OGDPE- OP, de fecha 4 de julio de 2005, la Oficina de Presupuestode la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estra-tégico indica la disponibilidad presupuestal para financiar la referida actividad, recomendando la aprobación del res-pectivo Convenio; En concordancia a lo establecido en la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, Ley Nº 27245 - Ley de Prudencia y Transpa-rencia Fiscal y su modificatoria la Ley Nº 27958, LeyNº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República, y Ley Nº 27779- Ley de creación del Ministerio de la Producción; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura, y con el visado de las Oficinas Generales deAsesoría Jurídica, de Desarrollo y Planeamiento Estratégico,de Administración y del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de la Producción y el Gobierno Regional de SanMartín, para realizar la actividad denominada "Innovación dela tecnología de producción de alevinos de peces tropicalespara incentivar la acuicultura en la Región San Martín", por unmonto total ascendente a Sesenta mil trescientos cincuenta ynueve y 40/100 Nuevos Soles (S/. 60 359.40), a ejecutarsebajo la Modalidad de Encargo, por la Dirección Regional de laProducción de San Martín. Dicho Convenio forma parte inte-grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería, para que en representación del Ministerio de la Producción, suscri-ba el Convenio Interinstitucional que se aprueba en el artícu-lo precedente. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Acuicultura y las Oficinas Generales de Administración y de Desarrollo y Pla-neamiento Estratégico, quedan facultadas a adoptar las ac-ciones que correspondan dentro de su competencia, paraasegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del Conve-nio que se aprueba en el artículo 1º de la presente Resolu-ción. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al Pliego 038: Minis-terio de la Producción, Función 12: Pesca, Programa 044:Promoción de la Producción Pesquera, Subprograma 0117:Fomento de la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, Promo-ver y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componente3.01091: Promoción y Desarrollo, Meta 00002:01284 Pro-mover la Acuicultura Continental de las Especies Hidrobio-lógicas, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamen-te Recaudados, Ejercicio Fiscal 2005; hasta por un montode Sesenta mil trescientos cincuenta y nueve y 40/100Nuevos Soles (S/. 60 359.40). Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 13813 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G41/G63/G75/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2005-PRODUCE Lima, 5 de agosto del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 310-2004- PRODUCE del 19 de agosto de 2004, se designó al señorSergio Antonio Ramírez Jolly, como Director Nacional deAcuicultura del Ministerio de la Producción; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo conferido; Que, en consecuencia, se debe dictar el acto de adminis- tración que acepte la renuncia acotada y designar al fun-cionario que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la LeyNº 27779, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Sergio Antonio Ramírez Jolly, en el