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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (22/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G39/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de agosto de 2005 Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 0617-97-ED y toda norma que se oponga a loestablecido en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 14561 INTERIOR /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73 /G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G6E/G74/G65/G20/G50/G69/G65/G64/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G4E/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1943-2005-IN-1101 Lima, 16 de agosto del 2005 VISTO: el Oficio Nº 106-2005-DIREDUD-ESO-PNP- PP/UADH de 1JUL2005 del Director de la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de la Policía Nacionaldel Perú y demás antecedentes relacionados con la transferencia de insumos químicos fiscalizados. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de Vistos se solicita la transferencia de insumos químicos fiscalizados: HIPOCLORITO DE SODIO (LEJÍA), ÁCIDO CLORHÍDRICO (MURIÁTICO) y ÁCIDO CLORHÍDRICO, para el uso en lalimpieza y desinfección de ambientes (dormitorios, aulas, servicios higiénicos, lavaderos y piscina) de la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de la Policía Nacional delPerú; Que, el Art. 1º del Decreto Ley Nº 25623 modificado por la Ley Nº 26332 estipula que, los productos e insumosquímicos directa e indirectamente destinado a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta lavada y otros, están sujetos a control y fiscalización en cuanto asu elaboración, importación, comercialización, transporte, distribución, posesión, utilización y transformación, sin perjuicio en lo dispuesto en las demás normas sobre lamateria, dentro del marco de la política antidrogas, entre otros; Que, el Art. 46º del Decreto Supremo Nº 008-93- ITINCI - Reglamento del Decreto Ley Nº 25623 prescribe que, los productos e insumos químicos decomisados en condiciones de ser utilizados podrán ser utilizados otransferidos por la OFECOD, a solicitud de los interesados y para el uso de la industria nacional, previa evaluación y verificación de éstos por la DIQPF deMITINCI. Las autorizaciones se darán por Resolución Ministerial proyectada y ejecutada por la OFECOD; Que, en la Sede del Depósito Oficial de Insumos Químicos del Ministerio del Interior se encuentran almacenados y en custodia producto de las intervenciones policiales entre otros, un mil seiscientosveinticuatro kilogramos con trescientos gramos (1 624,300 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (LEJÍA), trescientos ochenta y cinco kilogramos con quinientosgramos (385,500 kg.) de ÁCIDO CLORHÍDRICO (MURIATICO) y quinientos setenta y cuatro kilogramos con quinientos gramos (574,500 kg.) de ÁCIDOCLORHÍDRICO, susceptibles de ser transferidos a la dependencia requiriente; Que, dentro del marco normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia de los insumos químicos precedentemente descritos a favor de la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de laPolicía Nacional del Perú; debiéndose dar cumplimiento a las formalidades y procedimientos establecidos, así como adoptarse las medidas de seguridad y controladecuados para garantizar la transferencia de dichos insumos, con intervención de las autoridadescompetentes y con responsabilidad funcional en el referido procedimiento; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD y lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Sector; y, de conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 22095;el Decreto Ley Nº 25623 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; y el Art. 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley delMinisterio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir a la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de la Policía Nacional del Perú un mil seiscientos veinticuatro kilogramos con trescientos gramos (1 624,300 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO(LEJIA), trescientos ochenta y cinco kilogramos con quinientos gramos (385,500 kg.) de ÁCIDO CLORHÍDRICO (MURIATICO) y quinientos setenta ycuatro kilogramos con quinientos gramos (574,500 kg.) de ÁCIDO CLORHÍDRICO; a fin de que estos insumos químicos sean utilizados para el destino requerido pordicha Institución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, procederá a la entrega de los insumos químicos antes descritos al representante acreditado de la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de la Policía Nacionaldel Perú previo el cumplimiento de las formalidades establecidas; en presencia del representante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certificadopor un profesional químico. Artículo 3º.- El Director de la Escuela Técnica Superior de Puente Piedra de la Policía Nacional del Perú,adoptará las medidas necesarias para garantizar el debido uso de los insumos químicos transferidos a mérito de la presente Resolución Ministerial, e informarápormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre el destino de los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 14592 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G20 /G63/G65/G73/G65/G20 /G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20 /G61 /G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1944-2005-IN-CEPAD Lima, 16 de agosto del 2005 VISTO: el Acta de Sesión de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos no Policiales) de fecha 27JUL2005, designada por Resolución Ministerial Nº 1123-2005-IN-0601 del 19MAY2005, relacionada con la conclusión del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado a los servidores Manuel Antonio AYALA AMAYA, Supervisorde Programa Sectorial I - ex Director de Pasaportes - F3; Valentín AYQUIPA LUPU, Inspector de Migraciones II, ex Subdirector (e) de Pasaportes Nuevos - F2; JuanEduardo MEZA VARGAS, Técnico en Migraciones I - STA y Luis Alberto SANCHEZ MORELLO, Oficinista III - SAB. CONSIDERANDO: Que, con R.M. Nº 1443-2005-IN-CEPAD de 10JUN2005 se instaura Proceso Administrativo