Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2005 (23/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de agosto de 2005

la suspension de los derechos para participar en procesos de seleccion y para contratar con el Estado por un periodo no menor a tres meses ni mayor de un ano, por lo que corresponde imponer al Postor el MORDAZA previsto para tal efecto. 6. Sin perjuicio de lo expuesto, adviertase que la MORDAZA del documento cuya falsedad se ha acreditado, fue realizada por el apoderado comun del Consorcio, por lo que debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el articulo 207º del Reglamento, cuando senala que las infracciones cometidas por consorciante se imputaran exclusivamente a la par te que las MORDAZA cometido, aplicandose solo a esta la sancion a que hubiere lugar, siempre que pueda individualizarse al infractor. En consecuencia, este Colegiado considera necesario pronunciarse respecto de responsabilidad de la Denunciante, al ser esta supuestamente consorciante del Sr. MORDAZA, con el objeto de evaluar la pertinencia de abrir expediente administrativo sancionador contra aquella. 7. Sobre el particular, la Denunciante ha negado su participacion como miembro del Consorcio, alegando que si bien MORDAZA algunos de los documentos obrantes en la propuesta presentada ante la Entidad, lo hizo en el entendido de que dichos documentos serian presentados en un MORDAZA convocado ante la Municipalidad de San MORDAZA como participante individual y no ante la Entidad, como miembro de un consorcio. Adicionalmente, la Denunciante ha precisado que no suscribio la Promesa Formal de Consorcio legalizada notarialmente, presentada por el Sr. MORDAZA no como parte de la propuesta sino como requisito para suscribir el contrato ante la Entidad. 8. Atendiendo a lo expuesto, aun cuando resulta a todas luces negligente que la Denunciante MORDAZA suscrito documentos sin analizar el contenido de los mismos, dicha circunstancia no puede perjudicar la presuncion de veracidad que reviste su declaracion cuando afirma expresamente que no suscribio el documento cuya legalizacion notarial ha sido desvirtuada. Advier tase ademas que fue precisamente la Denunciante quien indico a la Entidad que el Sr. MORDAZA habia falsificado su firma en la Promesa Formal de Consorcio con anterioridad a que el Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krug precisase que los sellos y rubrica legalizando aquella eran falsos.

En conclusion, no corresponde abrir expediente contra la Denunciante, atendiendo a que la misma no presento el documento falso ante la Entidad, habiendo incluso desconocido la rubrica consignada en este. Por estos fundamentos, con la intervencion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Dres. MORDAZA Beramendi Galdos y Wina Isasi MORDAZA, atendiendo a la reconfor macion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 119-2004-CONSUCODE/ PRE, expedida el 25 de marzo de 2004, asi como lo establecido mediante Acuerdo de Sala Plena del Tribunal Nº 001/2004, expedido el 24 de marzo de 2004 y de conformidad con las facultades conferidas en los articulos 53º, 59º y 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2001-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2001-PCM, asi como por lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 28267; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cusiche por el periodo de un (1) ano de suspension en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, sancion que sera efectiva desde el MORDAZA dia habil siguiente de publicada la presente resolucion, al no contar con domicilio MORDAZA del infractor. 2. Poner en conocimiento de la Presidencia de CONSUCODE la presente resolucion a fin que adopte las medidas legales que considere pertinente. 3. Poner en conocimiento de la Gerencia de Registros de CONSUCODE la presente resolucion para las anotaciones de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS ISASI MORDAZA 14570

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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

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3. 4.

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