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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (23/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de agosto de 2005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61 /G79/G20/G45/G73/G74/G61/G64/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G63/G6F/G74/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G61/G74/G6F/G73 /G64/G65/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G61/G66/G69/G6C/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G73/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G73/G20 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G73/G20 /G79/G20 /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G72/G65/G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 829-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de agosto de 2005 VISTOS: La Hoja de Recomendación Nº 003-2005-GAE/ RENIEC, emitida por la Gerencia de ActividadesElectorales y el Informe Nº 922-2005-GAJ/RENIEC,emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales, así como, entreotros, de inscribir los hechos y actos relacionados con lacapacidad y el estado civil; Que, la Ley Nº 28094, de Partidos Políticos, establece en el Art. 20º que la elección de las autoridades y de los candidatos a cargos públicos de elección popular esrealizada por un órgano electoral central, conformado porun mínimo de tres miembros, el cual cuenta con órganosdescentralizados también colegiados, que funcionan enlos comités partidarios; Que, corresponde al referido órgano electoral realizar todas las etapas de los procesos electorales del partido,incluidas la convocatoria, la inscripción de los candidatos,el cómputo de los votos o la verificación del quórumestatutario, la proclamación de los resultados y laresolución de las impugnaciones a las que hubiere lugar, efecto para el cual podrá establecer las normas internas que correspondan; Que, con ese motivo, a través de la Hoja de Recomendación del visto, el señor Gerente de ActividadesElectorales recomendó se brinde apoyo a lasorganizaciones políticas que lo soliciten, a fin de actualizar sus listas de afiliados para la formulación de su Padrón Electoral, a los efectos de las elecciones internas quedeben llevarse a cabo con motivo del proceso electoralgeneral a desarrollarse en abril de 2006; Que, en virtud a lo establecido por el Art. 7º de la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC, cuyo inciso d) dispone que es función del RENIEC mantener actualizado el Padrón Electoral en coordinación con la ONPE, así comoel inciso f) según el cual compete al RENIEC laactualización del Registro Único de Identificación de lasPersonas Naturales, en base al cual se elabora el PadrónElectoral, la Gerencia de Asesoría Jurídica consideró factible aprobar la recomendación acotada; Que, la consolidación de la institucionalidad de las Organizaciones Políticas y el fortalecimiento de losmecanismos democráticos de elección al interior de lospartidos políticos, constituye un fin que correspondeobservar a los actores electorales, entre los cuales se ubica el RENIEC como organismo integrante del Sistema Electoral, en cuya virtud es factible aprobar la propuestaformulada por la Gerencia de Actividades Electorales; y,Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica de Elecciones y el Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por ResoluciónJefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC, SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar a la Gerencia de Informática y Estadística a fin de que efectúe el cotejo delos datos de los ciudadanos afiliados a los PartidosPolíticos inscritos en el Registro a cargo del Jurado Nacional de Elecciones, que lo soliciten, con la información contenida en el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales, como una accióndestinada a fortalecer los Partidos Políticos y consolidarla democracia en el País. Artículo Segundo .- La información que se solicite cotejar deberá ser presentada en medio magnético antela Gerencia de Actividades Electorales, de acuerdo a laestructura de datos que, como Anexo Nº 1, forma partede la presente Resolución. Artículo Tercero .- Disponer que las solicitudes a que se refiere la presente Resolución, deberán serpresentadas por el Secretario General del Partido Políticoinscrito en el Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Cuarto .- Encargar a las Gerencias de Actividades Electorales y de Informática y Estadística laimplementación de lo dispuesto por la presenteResolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional ANEXO Nº 1 La información debe ser enviada en medios magnéticos, en Base de Datos DBF y en lenguajes comoFoxBase, DBase, Fox Pro, etc. con las siguientescaracterísticas: Nombre Descripción Tipo Longitud DOC_IDE Documento de Identidad Caracter 8 APE_PAT Apellido P aterno Caracter 40 APE_MAT Apellido Materno Caracter 40 NOM_ADE Nombres Caracter 35 - Los datos deben ser anotados en mayúsculas, sin tildes ni signos de puntuación. - El nombre del afiliado debe ser consignado en forma completa. - No deben dejarse campos en blanco. 14675 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G22/G44/G72/G2E/G20/G47/G6F/G6E/G7A/G61/G6C/G6F/G20/G4F/G72/G74/G69/G7A/G20/G64/G65/G20/G5A/G65/G76/G61/G6C/G6C/G6F/G73 /G52/G6F/G65/G64/G65/G6C/G22 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1653-2005-MP-FN Lima, 19 de agosto de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 882-2005-MP-FN, de fecha 19 de abril de 2005, seaprobó el nuevo Cuadro de Asignación de Personal del Ministerio Público; y,