Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2005 (23/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 23 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Gerencia de Informatica y Estadistica efectuar cotejo de datos de ciudadanos afiliados a los Partidos Politicos inscritos y establecen requisitos para su solicitud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 829-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 8 de agosto de 2005 VISTOS: La Hoja de Recomendacion Nº 003-2005-GAE/ RENIEC, emitida por la Gerencia de Actividades Electorales y el Informe Nº 922-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, entre otros, de inscribir los hechos y actos relacionados con la capacidad y el estado civil; Que, la Ley Nº 28094, de Partidos Politicos, establece en el Art. 20º que la eleccion de las autoridades y de los candidatos a cargos publicos de eleccion popular es realizada por un organo electoral central, conformado por un minimo de tres miembros, el cual cuenta con organos descentralizados tambien colegiados, que funcionan en los comites partidarios; Que, corresponde al referido organo electoral realizar todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas la convocatoria, la inscripcion de los candidatos, el computo de los votos o la verificacion del quorum estatutario, la proclamacion de los resultados y la resolucion de las impugnaciones a las que hubiere lugar, efecto para el cual podra establecer las normas internas que correspondan; Que, con ese motivo, a traves de la Hoja de Recomendacion del visto, el senor Gerente de Actividades Electorales recomendo se brinde apoyo a las organizaciones politicas que lo soliciten, a fin de actualizar sus listas de afiliados para la formulacion de su Padron Electoral, a los efectos de las elecciones internas que deben llevarse a cabo con motivo del MORDAZA electoral general a desarrollarse en MORDAZA de 2006; Que, en virtud a lo establecido por el Art. 7º de la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, cuyo inciso d) dispone que es funcion del RENIEC mantener actualizado el Padron Electoral en coordinacion con la ONPE, asi como el inciso f) segun el cual compete al RENIEC la actualizacion del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en base al cual se elabora el Padron Electoral, la Gerencia de Asesoria Juridica considero factible aprobar la recomendacion acotada; Que, la consolidacion de la institucionalidad de las Organizaciones Politicas y el fortalecimiento de los mecanismos democraticos de eleccion al interior de los partidos politicos, constituye un fin que corresponde observar a los actores electorales, entre los cuales se ubica el RENIEC como organismo integrante del Sistema Electoral, en cuya virtud es factible aprobar la propuesta formulada por la Gerencia de Actividades Electorales; y,

Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica de Elecciones y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Gerencia de Informatica y Estadistica a fin de que efectue el cotejo de los datos de los ciudadanos afiliados a los Partidos Politicos inscritos en el Registro a cargo del MORDAZA Nacional de Elecciones, que lo soliciten, con la infor macion contenida en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, como una accion destinada a fortalecer los Partidos Politicos y consolidar la democracia en el Pais. Articulo Segundo.- La informacion que se solicite cotejar debera ser presentada en medio magnetico ante la Gerencia de Actividades Electorales, de acuerdo a la estructura de datos que, como Anexo Nº 1, forma parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que las solicitudes a que se refiere la presente Resolucion, deberan ser presentadas por el Secretario General del Partido Politico inscrito en el MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Actividades Electorales y de Informatica y Estadistica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional ANEXO Nº 1 La infor macion debe ser enviada en medios magneticos, en Base de Datos DBF y en lenguajes como FoxBase, DBase, Fox Pro, etc. con las siguientes caracteristicas: Nombre DOC_IDE APE_PAT APE_MAT NOM_ADE Descripcion Documento de Identidad Apellido MORDAZA Apellido MORDAZA Nombres MORDAZA Caracter Caracter Caracter Caracter Longitud 8 40 40 35

- Los datos deben ser anotados en mayusculas, sin tildes ni signos de puntuacion. - El nombre del afiliado debe ser consignado en forma completa. - No deben dejarse MORDAZA en blanco. 14675

MINISTERIO PUBLICO
Designan Gerente de la Direccion Ejecutiva de la Escuela del Ministerio Publico "Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Roedel"
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1653-2005-MP-FN MORDAZA, 19 de agosto de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 882-2005-MP-FN, de fecha 19 de MORDAZA de 2005, se aprobo el MORDAZA Cuadro de Asignacion de Personal del Ministerio Publico; y,

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