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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de agosto de 2005 para el Desarrollo de la Cadena Productiva de los productos y servicios relacionados con los proyectos,debidamente aprobado por Ordenanza Regional; Que, en cumplimiento de la Directiva antes referida, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1546-2004-GRU-P del 06-12-04 se aprobó el Manual de Funcionamiento de la Mesa de diálogo y Concertación de la Cadena Productiva de Leche de Ucayali; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del ConsejoRegional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de abril del 2005, aprobó lo siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR EL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA CADENA PRODUCTIVA DE LECHE EN UCAYALI, la misma que viene operando a través de la Mesade Dialogo y/o Concertación en el ámbito comprendido entre el Km. 06 al 130 de la Carretera Federico Basadre, donde se ubican las ganaderías productoras de leche con 1,500 vacas ycon una producción de 3,200 litros de leche diariamente. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente de la Comisión de Transferencia de Recepción, realizar lasgestiones pertinentes para incorporarse a la Cadena Productiva de Leche y Derivados Lácteos de Ucayali. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de la lectura y aprobación del Acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 13546 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G39/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2C/G20/G71/G75/G65 /G72/G65/G73/G6F/G6C/G76/G69/GF3/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G72/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G2D /G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G53/G45/G52/G50/G41/G52/G20/G4C/G49/G4D/G41 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 408-2005 Los Olivos, 18 de agosto de 2005VISTA: La Resolución de Alcaldía Nº 392-2005 de fecha 8 de agosto de 2005; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 392-2005 se resolvió declarar improcedente lo peticionado por SERVICIO DE PARQUES DE LIMA - SERPAR LIMAmediante los Exps. Nºs. 16442-05 de fecha 17 de mayo de 2005 y 23014-2005 del 20 de julio de 2005, conforme a los argumentos esgrimidos en la presente; máxime quela vía administrativa queda agotada con la Resolución de Alcaldía Nº 165-2005 de fecha 8 de abril de 2005; Que, la citada Resolución incurre en error material cuando al hacer referencia en su cuarto considerando a la Ley Nº 26664, señala que dicho dispositivo fue publicado el 22.9.06, siendo la fecha correcta de publicación el 22.9.96por lo que se hace necesario proceder a la rectificación correspondiente. Cabe referir que dicho acto constituye un error susceptible de ser corregido, precisando que no llevaconsigo una calificación jurídica ni interpretación de normas, permaneciendo inalterable el contenido de la decisión; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su artículo 201º que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectoretroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; adoptando larectificación las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL existente en el cuarto considerando de la Resolución de Alcaldía Nº 392-2005 de fecha 8 de agostode 2005; conforme se detalla a continuación: DICE: "Que, del pronunciamiento legal emitido se colige que las normas invocadas se oponen a la nueva estructura descentralista en tanto que una norma jurídica sólo adquiere valor de tal, por su adscripción a un orden; siendo que el derechode la entidad olivense sobre los aportes reglamentarios se encuentran contenidos en la Ley Nº 26664, publicada el 22.09.06., norma que se encuentra en plena vigencia. (...)" DEBE DECIR: "Que, del pronunciamiento legal emitido se colige que las normas invocadas se oponen a la nueva estructuradescentralista en tanto que una norma jurídica sólo adquiere valor de tal, por su adscripción a un orden; siendo que el derecho de la entidad olivense sobre los aportes reglamentarios seencuentran contenidos en la Ley Nº 26664, publicada el 22.09.96, norma que se encuentra en plena vigencia. (...)" Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, la OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA y a la PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 14662 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F /G22/G41/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G72/G6E/G75/G65/G76/G6F/G73/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G22/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2005-CDB Bellavista, 26 de julio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica deMunicipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la MunicipalidadDistrital de Bellavista, el Procedimiento Nº 40 de la Dirección de Desarrollo Urbano – División de Infraestructura Urbana y Catastro, denominado “Aprobación de plano para instalarnuevos suministros de energía eléctrica”, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente norma. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Dirección de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde