Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2005 (23/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de agosto de 2005

para el Desarrollo de la Cadena Productiva de los productos y servicios relacionados con los proyectos, debidamente aprobado por Ordenanza Regional; Que, en cumplimiento de la Directiva MORDAZA referida, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1546-2004-GRUP del 06-12-04 se aprobo el Manual de Funcionamiento de la Mesa de dialogo y Concertacion de la Cadena Productiva de Leche de Ucayali; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA del 2005, aprobo lo siguiente: ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR EL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA CADENA PRODUCTIVA DE LECHE EN UCAYALI, la misma que viene operando a traves de la Mesa de Dialogo y/o Concertacion en el ambito comprendido entre el Km. 06 al 130 de la Carretera MORDAZA Basadre, donde se ubican las ganaderias productoras de leche con 1,500 vacas y con una produccion de 3,200 litros de leche diariamente. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Presidente de la Comision de Transferencia de Recepcion, realizar las gestiones pertinentes para incorporarse a la Cadena Productiva de Leche y Derivados Lacteos de Ucayali. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Cuarto.- DISPENSAR del tramite de la lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 13546

Estando a lo infor mado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL existente en el MORDAZA considerando de la Resolucion de Alcaldia Nº 392-2005 de fecha 8 de agosto de 2005; conforme se detalla a continuacion: DICE: "Que, del pronunciamiento legal emitido se colige que las normas invocadas se oponen a la nueva estructura descentralista en tanto que una MORDAZA juridica solo adquiere valor de tal, por su adscripcion a un orden; siendo que el derecho de la entidad olivense sobre los aportes reglamentarios se encuentran contenidos en la Ley Nº 26664, publicada el 22.09.06., MORDAZA que se encuentra en plena vigencia. (...)" DEBE DECIR: "Que, del pronunciamiento legal emitido se colige que las normas invocadas se oponen a la nueva estructura descentralista en tanto que una MORDAZA juridica solo adquiere valor de tal, por su adscripcion a un orden; siendo que el derecho de la entidad olivense sobre los aportes reglamentarios se encuentran contenidos en la Ley Nº 26664, publicada el 22.09.96, MORDAZA que se encuentra en plena vigencia. (...)" Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, la OFICINA DE ASESORIA JURIDICA y a la PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14662

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Rectifican la R.A. Nº 392-2005, que resolvio declarar improcedente solicitud de SERPAR MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 408-2005 Los MORDAZA, 18 de agosto de 2005 VISTA: La Resolucion de Alcaldia Nº 392-2005 de fecha 8 de agosto de 2005; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 392-2005 se resolvio declarar improcedente lo peticionado por SERVICIO DE PARQUES DE MORDAZA - SERPAR MORDAZA mediante los Exps. Nºs. 16442-05 de fecha 17 de MORDAZA de 2005 y 23014-2005 del 20 de MORDAZA de 2005, conforme a los argumentos esgrimidos en la presente; MORDAZA que la via administrativa queda agotada con la Resolucion de Alcaldia Nº 165-2005 de fecha 8 de MORDAZA de 2005; Que, la citada Resolucion incurre en error material cuando al hacer referencia en su MORDAZA considerando a la Ley Nº 26664, senala que dicho dispositivo fue publicado el 22.9.06, siendo la fecha correcta de publicacion el 22.9.96 por lo que se hace necesario proceder a la rectificacion correspondiente. Cabe referir que dicho acto constituye un error susceptible de ser corregido, precisando que no lleva consigo una calificacion juridica ni interpretacion de normas, permaneciendo inalterable el contenido de la decision; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su articulo 201º que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; adoptando la rectificacion las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original;

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Incorporan procedimiento denominado "Aprobacion de plano para instalar nuevos suministros de energia electrica" en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2005-CDB Bellavista, 26 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, el Procedimiento Nº 40 de la Direccion de Desarrollo MORDAZA ­ Division de Infraestructura MORDAZA y Catastro, denominado "Aprobacion de plano para instalar nuevos suministros de energia electrica", conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente norma. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente MORDAZA municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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