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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G34/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de agosto de 2005 Regionales, locales, Instituto Nacional de Cultura, COFOPRI y otros a nivel nacional; Que dentro del apoyo que el INGEMMET brinda al Instituto Nacional de Cultura (INC) en los estudios deseguridad física del Santuario Histórico Machu Picchu,se coordinan y ejecutan trabajos de monitoreo y controlde los fenómenos geológicos que lo afectan,conjuntamente con misiones extranjeras como la japonesa, italiana, checa y canadiense; Que, a efectos de cumplir con dicho trabajo de apoyo al que se hace referencia en el párrafo precedente, el ResearchCentre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute,Kyoto University, ha efectuado la donación a favor delINGEMMET, de dos (02) extensómetros, tres (03) prisma de espejo y un (01) pluviómetro, que se detallan en el Anexo adjunto, por un valor ascendente a US$ 3 670,00 (Tres MilSeiscientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos), a fin quesean destinados al cumplimiento de la labor que cumple elINGEMMET a fin de monitorear deslizamientos en el territorionacional, así como contribuir a mejorar su labor en el estudio de fenómenos geológicos que afectan a nuestro territorio; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General deProcedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, las donaciones provenientes del exterior efectuadasa favor de una entidad del sector público nacional, serán aceptadas mediante Resolución Ministerial del Sector al que corresponda el destino de los bienes muebles; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienesde Propiedad Estatal, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 154-2001-EF, la Directiva Nº 009-2002/SBN aprobada por la Resolución Nº 031-2002-SBN de la Superintendencia de Bienes Nacionales y lo establecidoen el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, la donación de los equipos y accesorios detallados en el Anexo adjunto, el mismo queforma parte integrante de la presente Resolución, efectuada por el Research Centre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, a favordel Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET,por un valor ascendente a US$ 3 670,00 (Tres MilSeiscientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos). Artículo 2º.- Agradecer al Research Centre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, por su importante contribución al Sector Minero peruano. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a laSuperintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas ANEXO Cantidad Descripción Nº de Valor en Serie US$ 1 Extensómetro 00614902 1030,00 Marca: Sakata Denki Co., Ltd. Modelo: SRL-8 3 Prisma de Espejo 4050 990,00 Marca: TOPCON Co Ltd. Modelo: TILT1 PRISM UNIT W 1 1 Pluviómetro 20047 620,00 Marca: Onset Modelo: RG2-M 1 Extensómetro 00614903 1030,00 Marca: Sakata Denki Co., Ltd.Modelo: SRL-8 VALOR TOT AL EN US$ 3670,00 14984/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G64/G65/G73/G20/G73/G65/G63/G75/G6E/G64/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20 /G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20 /G53/G2E/G41/G2E/G20 /G2D /G41/G44/G49/G4E/G45/G4C/G53/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2005-MEM/DM Lima, 24 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de mayo de 1993, se constituyó la Dirección Ejecutiva deProyectos, como un órgano del Ministerio de Energía yMinas con autonomía técnica, administrativa y financieraencargada de la ejecución de proyectos de electrificaciónrural destinados a ampliar la frontera eléctrica, principalmente de las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, previa Licitación Pública Nacional Nº LPN-005- 2002-EM/DEP, con fecha 31 de octubre de 2002, laDirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energíay Minas y la empresa Mantenimiento Construcción y Proyectos Generales S.R.L. - MANTTO S.R.L., suscribieron el Contrato Nº 02-044-EM/DEP, para laejecución de la obra: Redes Secundarias del PequeñoSistema Eléctrico Cajamarca, Eje Asunción - Cospán,ubicada en el departamento de Cajamarca; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recepcionada por la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, según constaen el Acta de Recepción de Obra de fecha 28 de agostode 2003 y en el Acta de Conformidad de OperaciónExperimental del 16 de octubre de 2004; Que, mediante Resolución Directoral Nº 263-03-EM/ DEP del 22 de diciembre de 2003, se aprobó la Liquidación Final de Contrato de Obra Nº 02-044-EM/DEP, queestableció un monto final del contrato ascendente aS/. 3 015 738,72 (Tres Millones Quince Mil SetecientosTreinta y Ocho y 72/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, mediante Resolución Directoral Nº 061-05-EM/ DEP de fecha 3 de mayo de 2005, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Redes Secundarias del PequeñoSistema Eléctrico Cajamarca, Eje Asunción - Cospán, queestableció un Costo Total Ajustado al 31 de diciembre de2004 de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Ocho MilSetecientos Treinta y Tres y 06/100 Nuevos Soles (S/. 4 998 733,06), y que comprende los siguientes rubros: i) Ejecución de obra por la suma ascendente a Tres MillonesDoscientos Sesenta y Cuatro Mil Setecientos Quince y80/100 Nuevos Soles (S/. 3 264 715,80); ii) Materiales yequipos suministrados por la Dirección Ejecutiva deProyectos por el importe ascendente a Un Millón Quinientos Sesenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Nueve y 10/100 Nuevos Soles (S/. 1 569 399,10); iii)Supervisiónde obra por un monto de Ciento Cincuenta y TresMil Quinientos Treinta y Cinco y 37/100 Nuevos Soles(S/. 153 535,37); iv) Gastos de publicación de avisos ygastos notariales por la suma de Once Mil Ochenta y Dos y 79/100 Nuevos Soles (S/. 11 082,79); Que, debiéndose efectuar la transferencia de los bienes que conforman el Proyecto "Redes Secundarias delPequeño Sistema Eléctrico Cajamarca, Eje Asunción -Cospán", financiado con recursos del Tesoro Público através de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, es necesarioaprobar el monto de inversión del proyecto, cuyavalorización en libros asciende a la suma de CuatroMillones Novecientos Noventa y Ocho Mil SetecientosTreinta y Tres y 06/100 Nuevos Soles (S/. 4 998 733,06), valor ajustado al 31 de diciembre de 2004; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; elDecreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Energía yMinas y el Decreto Supremo Nº 021-93-EM, que