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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G35/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de agosto de 2005 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura de Pasco, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios,obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterarel paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14892 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1126/INC Lima, 18 de agosto de 2005 VISTO, el Oficio Nº 0241-2005-MPH/A de fecha 13 de junio de 2005 del Dr. Jaime Uribe Ochoa, Alcalde de laMunicipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestacionesculturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar yproteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 0241-2005-MPH/A de fecha 13 de junio de 2005 el Dr. Jaime Uribe Ochoa Alcalde de laMunicipalidad Provincial de Huaral, solicita se declarePatrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológicoChiprac, ubicado en la Comunidad Campesina de San Juande Uchucuanico, distrito de San Miguel de Acos, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 390-2005-INC/DREPH-DA- SDIC-PQÑ-GCR de fecha 15 de junio de 2005, el Lic. GuidoCasaverde Ríos, Arqueólogo de la Sub Dirección deInvestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,remite informe técnico del sitio arqueológico Chiprac para su declaratoria respectiva; Que, mediante Acuerdo Nº 388 de fecha 25 de julio de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitioarqueológico Chiprac, ubicado en el distrito de San Miguel de Acos, provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección deArqueología, Sub Dirección de Investigación y Catastro y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Chiprac, ubicado en el distrito de SanMiguel de Acos, provincia de Huaral, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Históricodel Instituto Nacional de Cultura, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios,obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterarel paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura.Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14894 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1128/INC Lima, 18 de agosto de 2005 VISTO, el Oficio Nº 260-DRC-INC-C-2005 de fecha 12 de abril de 2005, del Antrop. David Ugarte Vega Centeno,Director del Instituto Nacional de Cultura Cusco; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica dederecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promocióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo al Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 260-DRC-INC-C-2005 de fecha 12 de abril de 2005 del Antrop. David Ugarte Vega Centeno,Director del Instituto Nacional de Cultura Cusco, remite parasu revisión el expediente técnico del sitio arqueológicoQolqapampa, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia de Cusco, departamento de Cusco; Que, con Oficio Nº 965-INC-2005/DREPH-DA-D de fecha 26 de mayo de 2005, la Lic. Ana María Hoyle Montalva,Directora de la Dirección de Arqueología, remite el InformeNº 201-2005-INC-DREPH/DA/SDIC/JPRB de fecha 18 demayo de 2005 del señor Juan Pedro Ramírez Beramendi de la Sub Dirección de Investigación y Catastro, comunicando la observación al expediente técnico comprendido por elPlano CA 229 y la Memoria Descriptiva; Que, mediante Informe Nº 441-2005-INC-DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 2 de agosto de 2005 el señor JuanPedro Ramírez Beramendi de la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que ha efectuado la revisión técnica del expedienteconformado por el Plano Perimétrico CA 229, Ficha Técnicay Memoria Descriptiva del sitio arqueológico Qolqapampa,no encontrándose ninguna observación; Que, mediante Acuerdo Nº 409 de fecha 9 de agosto de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Qolqapampa, ubicado en el distrito de SanSebastián, provincia y departamento de Cusco; - Aprobar el Plano de Delimitación del sitio arqueológico Qolqapampa, Lámina CA 229, a escala 1/125 con un áreade 1145.49 m2 y un perímetro de 1141.69 m.l., ubicado enel distrito de San Sebastián, provincia y departamento deCusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección deArqueología, Sub Dirección de Investigación y Catastro y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017- 2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Qolqapampa, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitación del sitio arqueológico Qolqapampa, Lámina CA 229, a escala 1/125con un área de 1145.49 m2 y un perímetro de 1141.69 m.l.,ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva.