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PÆg. 305484 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 autoridades competentes sobre situaciones imprevistas y de emergencia que puedan presentarse. 1.2 Grupos conducidos por guías de turismo autorizados : Son los grupos conformados por un máximo de cuatro (4) visitantes que son conducidos por un Guía de turismo autorizado, quién presta sus serviciosde manera independiente y sin recurrir al servicio de personal de apoyo. El guía de turismo autorizado es responsable de la conducción del grupo, así como de garantizar la seguridad y prestación de los servicios en las condiciones pactadas con sus clientes. El guía de turismo autorizado se responsabilizará por que el grupo a su cargo cumpla con las normas vigentes para el correcto uso de la Red de Caminos Inca delSHM, la conservación del patrimonio natural y cultural, así como coordinará con las autoridades competentes sobre situaciones imprevistas y de emergencia quepuedan presentarse. 2. No está permitido el ingreso de visitantes libres al SHM, así como tampoco el desplazamiento por rutas no establecidas o a lo largo de la vía férrea. Artículo 7º.- Capacidad de Carga Entiéndase por capacidad de carga el número máximo de personas que pueden ingresar por día a las diferentesrutas de la Red de Caminos Inca del SHM. Según los lineamientos establecidos en el Plan Maestro del SHM la capacidad de carga total será dequinientas (500) personas por día como máximo para todas las rutas oficiales existentes. Excepcionalmente, la variación de la referida capacidad de carga, será determinada mediante un estudio técnico elaborado por un equipo especializado integrado por representantes del INC y el INRENA. LaGerencia de la UGM comunicará con la debida anticipación cualquier cambio que se determine. CAPÍTULO II DE LAS AUTORIZACIONES ANUALES DE OPERACIONES Artículo 8º.- De las Autorizaciones Sólo podrán operar y prestar sus servicios en la Red de Caminos Inca del SHM las agencias de viajes y turismo y guías de turismo autorizados, respectivamente;que cuenten con Autorización Anual otorgada por la Jefatura del SHM - INRENA, previa calificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en losArtículos 10º y 11º del presente Reglamento por una Comisión Técnica conformada para tal fin por integrantes del Comité Alterno de la UGM. Artículo 9º.- De la vigencia de las Autorizaciones Las autorizaciones para operar y prestar servicios en la Red de Caminos Inca del SHM tendrán una vigencia anual desde el 1 de marzo al 28 de febrero del año siguiente. Las autorizaciones se otorgarán en el mes denoviembre del año precedente. El cronograma para la presentación de requisitos para la autorización anual será publicado por la Jefatura del SHM - INRENA durantetres (3) días consecutivos, con una anticipación mínima de siete (7) días hábiles al inicio del proceso de calificación, en un diario de circulación local. Artículo 10º.- Requisitos para la obtención de la Autorización Anual de Operación para las agenciasde viajes y turismo Las agencias de viajes y turismo interesadas en obtener la Autorización Anual para operar en la Red deCaminos Inca del SHM, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Solicitud del representante legal de la agencia de viajes y turismo dirigida a la Jefatura del SHM - INRENA. 2. Constancia actualizada expedida por la DIRCETUR presentada por la Agencia de Viajes y Turismo . 3. Declaración Jurada conteniendo la relación detallada de los equipos que dispone la agencia de viajesy turismo para la prestación del servicio de acuerdo al Anexo “B” del presente reglamento, cuyas condiciones serán verificadas por la Comisión Técnica integrada porlos miembros del comité alterno de la UGM, presidida por la Jefatura del SHM - INRENA, quienes verificarán las condiciones de los mismos. 4. Presentación de un distintivo (emblema) que será usado de manera visible por su personal al interior de la Red de Caminos Inca del SHM, para facilitar la identificación del grupo organizado, según lascaracterísticas especificadas en el anexo “C”. 5. Presentación de una Carta de Compromiso especificando lo siguiente: 5.1 Que la empresa informará previamente al visitante sobre las condiciones naturales del circuito, de esfuerzofísico y riesgos existentes. 5.2 Cumplir con la prestación de todos los servicios pactados con sus clientes de conformidad con loscontratos suscritos. 5.3 La agencia de viajes y turismo se obliga a cumplir la Ley del Porteador Nº 27607 y su Reglamento. 5.4 Que se obliga a cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. 6. Declaración Jurada del titular o representante legal de carecer de antecedentes penales y judiciales, por la comisión de delitos contra el Patrimonio Cultural y contra el MedioAmbiente y los Recursos Naturales, así como aquellos delitos cometidos en la prestación de servicios turísticos. 7. Constancia de la Jefatura del SHM - INRENA, del INC - Sede Regional Cusco, INDECOPI y DIRCETUR, de no haber tenido sanción administrativa por infracción contra el Patrimonio Natural y Cultural del SHM, así comoen la prestación de servicios turísticos en el uso de la Red de Caminos Inca del SHM respectivamente. Artículo 11º .- Requisitos para la obtención de la Autorización Anual para prestar servicios como guía de turismo en la Red de Caminos Inca del SHM Los Guías de Turismo, en cualquiera de las dos modalidades previstas en el presente Reglamento, interesados en obtener la Autorización Anual para prestarsus servicios profesionales como Guías en la Red de Caminos Inca del SHM, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida a la Jefatura del SHM - INRENA 2. Copia legalizada de: Documento de Identidad, título profesional a nombre de la Nación, carné de guía oficial de turismo expedida por DIRCETUR o carné de inscripción en el Registro Oficial del Colegio deLicenciados en turismo y constancia de habilitación profesional según corresponda. 3. Acreditar capacitación en materias relativas al patrimonio natural y cultural, primeros auxilios, rescate y salvataje. 4. Declaración jurada de no contar con antecedentes penales y judiciales por delitos contra el patrimonio cultural y natural y los derivados del servicio turístico. 5. Presentar una Declaración Jurada de compromiso especificando lo siguiente: 5.1 Que informará previamente al visitante sobre las condiciones naturales del circuito, del esfuerzo físico y riesgos existentes. 5.2 Que cumplirá con la prestación de todos los servicios pactados con sus clientes de conformidad con los contratos suscritos. 5.3 Que garantizará que los visitantes ingresarán con el equipo mínimo señalado en el Anexo “B - 1”. 5.4 Que se compromete al retiro de los residuos sólidos que genere el grupo que conduce hasta loslugares de acopio autorizados. 5.5 Que se obliga a cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Artículo 12º.- Del Personal de apoyo El personal de apoyo al que se refiere el inciso d) del Artículo 5º del presente Reglamento, deberá estar inscrito en el registro a cargo de la Jefatura del SHM - INRENA, adjuntando los siguientes documentos: 1. Solicitud dirigida a la Jefatura del SHM - INRENA. 2. Copia simple de Documento Nacional de Identidad.3. Carne de sanidad para el caso del cocinero. 4. Declaración Jurada de no tener antecedentes penales y judiciales