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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 305501 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) díascalendario siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 20612 Aprueban modificaciones de Contratos de Concesión celebrados entre el Ministerio y las empresas Quitaracsa S.A. Empresa de Generación ElØctricae HidroelØctrica Maraæón S.R.L. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2005-EM Lima, 2 de diciembre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 11077297, organizado por Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica (en adelante, "Quitaracsa S.A."), persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11299627 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en lafutura Central Hidroeléctrica Quitaracsa I; y la solicitud de Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica para que se modifique el Contrato deConcesión Nº 198-2002; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 017-2004- EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 demarzo de 2004, Quitaracsa S.A. es titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la futura CentralHidroeléctrica Quitaracsa I, que se ubicará en el distrito de Huallanca, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, asumiendo los derechos y obligaciones queaparecen en el Contrato de Concesión Nº 198-2002, en razón de la Cesión de Posición Contractual celebrada con la titular originaria de la concesión S&Z ConsultoresAsociados S.A., elevada a Escritura Pública el 13 de agosto de 2003; Que, en virtud de ello, Quitaracsa S.A. se obligó a iniciar la ejecución de las obras correspondientes el 1 de marzo de 2005 y finalizar éstas con la puesta en operación de la Central Hidroeléctrica Quitaracsa I el 13de junio de 2008, de acuerdo con el Cronograma de Ejecución de Obras propuesto y que forma parte integrante del referido Contrato; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28447 que, entre otros aspectos, modificó el literal b) del artículo 36º de laLey de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844, señalando que la concesión caduca cuando el concesionario no realice estudios y/ono ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor o razones técnico-económicas debidamenteacreditadas y aprobadas por el Ministerio de Energía y Minas; Que, en mérito de la referida modificación legislativa, con fecha 17 de marzo de 2005, Quitaracsa S.A. solicitó la modificación del citado Contrato, a efectos que se prorrogue el plazo del inicio de ejecución de las obrascorrespondientes por un (1) año adicional, de maneraque la puesta en operación de la Central se produzca el 13 de junio de 2009; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 301-2005- MEM/DM de fecha 18 de julio de 2005, el Ministerio deEnergía y Minas aprobó las razones técnico-económicas en las que Quitaracsa S.A. sustentó su incumplimiento con el Cronograma de Ejecución de Obras previsto en elContrato; Que, tomando en consideración ello, resulta pertinente aprobar la solicitud de Quitaracsa S.A. antesaludida, a efectos de que se modifique el referido Contrato, en la parte correspondiente al Cronograma de Ejecución de Obras; Que, de otro lado, en este contexto de modificaciones contractuales, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas ha considerado pertinentemodificar la Cláusula Décimo Primera del Contrato, a efectos de precisar la obligación de Quitaracsa S.A. consistente en presentar, a la fecha de inicio de laejecución de obras, una fianza de fiel cumplimiento; Que, asimismo, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas considera oportunomodificar el Anexo Nº 4 del referido Contrato, a fin de sustituir el Cronograma de Ejecución de Obras aprobado originalmente por el presentado el 17 de marzo de 2005,con las nuevas fechas de inicio de obras y de puesta en operación de la Central; Que, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, corresponde aprobar la modificación del Contrato, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la cual deberá ser elevada a EscrituraPública y en la que se incorporará el texto de la presente Resolución Suprema, e inscribirá en el Registro de Concesiones para la Explotación de los ServiciosPúblicos; De conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 36º de la Ley de Concesiones Eléctricas,aprobada mediante Decreto Ley Nº 25844; el literal b) del artículo 73º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y con lo señalado en el Informe Nº 150-2005- DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Contrato de Concesión Nº 198-2002, celebrado entre el Ministerio deEnergía y Minas y Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de lapresente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas para que,en nombre del Estado, suscriba la Minuta de modificación al Contrato de Concesión Nº 198-2002 celebrado con Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica, asícomo la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Públicaque se origine en virtud de la Minuta a la que se refiere el artículo precedente. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, la presente Resolución Suprema será notificadaa Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia enel Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme lo dispone el artículo 54º de la norma reglamentaria antes mencionada. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 20613