Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 305945 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de diciembre de 2005 generación eléctrica del SEIN, expresada en KW-mes, correspondiente al mes i. Estaproyección, es efectuada por el OSINERGpara la fijación de las tarifas en barra delSector Eléctrico y cubre el período tarifariodel SPT. Considera la variabilidad estacional de la demanda de cada mes. VAMD a k: Sumatoria de MDMEi, definida en el párrafo anterior, correspondiente a losmeses de marzo y abril del año de cálculok en curso. VAMD b k:Sumatoria de MDMEi, definida anteriormente, correspondiente a losmeses de mayo del año en curso hastafebrero del siguiente año. Entonces: () ()1 11 1abril a i k vi im a r z o febrero b i k vi im a y oMDMEVAMD FI MDMEVAMD FIγ γ+ = + ==× + =× +∑ ∑(5) Donde: vi+1 : Número de días transcurridos entre el 1º de marzo y la fecha de vencimiento de lafactura por concepto de GRP correspondiente al mes i. FI : Corresponde al Factor por Imprevistos que calculará el OSINERG tomandocomo base la variación de lasproyecciones de la Máxima Demanda Mensual Estimada con respecto a la Máxima Demanda Mensual Real y lasvariaciones del tipo de Cambio. De lo anteriormente citado se obtiene: 1__a kk k k k k b kIGA IES AACA Pea jeG R P V A M DPeajeG R PVAMD− −+ − ×= (6) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del Procedimiento, debido al PAT, se debe aplicar al Peaje_GRP el Factor de Descuento (FDf) de tal manera que el Peaje_GRP a aplicar a los clientes será: __ _kk Peaje GRP Apl Peaje GRP FDf =× (7) Donde: FDf : Es el valor final del Factor de Descuento determinado en función del PAT. Este valor final será recalculado por el OSINERG dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la Puesta enOperación Comercial del Gasoducto. Con dicho Peaje_GRP_Aplk, el COES calculará los montos a ser pagados por los Generadores Eléctricos por concepto de GRP durante el período tarifario delSistema Principal de Transmisión Eléctrica, durante elque se llevará a cabo la recaudación de la GRP. Además, para efectos de determinar la compensación garantizada por concepto de Peaje por GRP, éste será igual al producto de la Máxima Demanda Mensual por elpeaje unitario de la GRP aplicable.” Artículo 2º.- Incorpórense los criterios de disponibilidad de la red principal de gas natural, establecidos en el Anexo Nº 1 del Contrato BOOT de Transporte de Gas Natural por ductos deCamisea al City Gate y el Anexo Nº 1 del Contrato BOOT Concesión de la Distribución de Gas Natural por Red deDuctos en Lima y Callao, para lo cual debe modificarse elliteral b) del numeral 5.2 del Artículo 5º de la norma“Procedimiento de Cálculo de Garantía por Red Principal(GRP) del Proyecto Camisea”, aprobada por la Resolución OSINERG Nº 077-2004-OS/CD, de acuerdo a lo siguiente: “b) Cálculo de los Ingresos por GRP que debieron haber recibido los Concesionarios. Con la finalidad de calcular el monto que por concepto de GRP debieron recibir los concesionarios, se recalcula el Ingreso Garantizado Anual, el cual considera la disponibilidad del ducto de transporte, asimismo se recalculan los ingresosdel servicio de transporte utilizando los datos reales defacturación por dicho concepto. En consecuencia, la GRPque debieron recibir los concesionarios se determina a partirde la siguiente ecuación: KK KKGRP IGAR IRS AACA=− + (9) Donde: GRPk: Ingresos por Garantía por Red Principal que el Concesionario debió haber recibido duranteel Año de Cálculo k. Este monto en dólares es calculado al finalizar el Año de Cálculo k y es expresado a valores del 1º de marzo de dichoAño de Cálculo. IGAR k: Ingreso Garantizado Anual Real correspondiente al Año de Cálculo k transcurrido. Este monto en dólares, actualizado al 1º de marzo del Año de Cálculo k, es calculado a partir de lasCapacidades Garantizadas realmentedisponibles en el gasoducto y la Tarifa Basevigentes en cada mes del Año de Cálculo ktranscurrido. IRS k: Ingreso Real del Servicio percibido durante el Año de Cálculo k transcurrido. Este monto endólares, actualizado al 1º de marzo del Añode Cálculo k, será igual a la suma de losIngresos mensuales obtenidos por el Concesionario por concepto de Servicio de Transporte por Red Principal, los mismos queserán determinados como el mayor valorentre: (a) la suma actualizada de la facturaciónmensual a cada usuario por el Servicio deTransporte por Red Principal, y (b) la suma actualizada de los valores mensuales por cada usuario, resultantes del producto de suTarifa Regulada por su Capacidad Contratada. b.1) El Ingreso Garantizado Anual Real se calcula como: KKIGAR IGA FDISP =× (9.1) En la cual: 1 1U uu u U u u u u uuVD DISP FDISP VD MTBFDISPMTBF MTTR= =× = =+ ∑ ∑ Si DISPu > 0.99, entonces DISPu = 1. Donde: FDISP : Factor de Disponibilidad del ducto. DISPu : Disponibilidad del sistema de transporte de gas en el punto de entrega del usuario.PROYECTO