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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 305928 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de diciembre de 2005 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Disponen cierre del Padrón Electoral a efectos del desarrollo de las Elecciones Generales del 9 de abril de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1194-2005-JEF/RENIEC Lima, 9 de diciembre de 2005VISTO: El Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de noviembrede 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomoencargado de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales e inscribir loshechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, a través del Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, se convocó a Elecciones Generales, que se llevarán acabo el domingo 9 de abril de 2006, para la elección delPresidente de la República y Vicepresidentes, así comode los Congresistas de la República y representantesperuanos ante el Parlamento Andino; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe elaborar sobre la basedel Registro Único de Identificación de las PersonasNaturales, el Padrón Electoral a emplearse en loscomicios referidos, de acuerdo a lo establecido por elinciso d) del Artículo 7º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y Artículo 196º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27764, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte(120) días antes de la realización de cualquier procesoelectoral, fecha a partir de la cual no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro dato que altere la información contenida en el referido padrón; Que, en esa virtud, resulta necesario adoptar acciones respecto a los procedimientos de cambio de nombre ydomicilio de los ciudadanos obligados a sufragar en elproceso convocado, a partir de la fecha de cierre del Padrón Electoral; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil yLey Nº 26859, Orgánica de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón Electoral con fecha 10 de diciembre de 2005, a efectos del desarrollo de las Elecciones Generales para la elección del Presidente de laRepública y Vicepresidentes, así como de los Congresistas dela República y representantes peruanos ante el ParlamentoAndino, que se llevarán a cabo el 9 de abril de 2006.Artículo Segundo.- Precisar que una vez cerrado el Padrón Electoral, no se podrán modificar los nombres ydomicilios de los ciudadanos obligados a sufragar, deconformidad con lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27764. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos e Informática y Estadística el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20957 MINISTERIO PÚBLICO Modifican formatos "Ficha de Entrevista del Detenido" y "Ficha deSeguimiento de la Situación Jurídica del Detenido" RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2166-2005-MP-FN Lima, 7 de diciembre de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 330-2005-MP-FN-RENADESPPLE, cursado por la doctora Ana María Cubas Longa, Fiscal Provincial Titular, Presidenta de la Comisión Coordinadora del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva-RENADESPPLE-, mediante el cual solicita se modifique los formatos Doc.DETO1 “Ficha de Entrevista del Detenido” y Doc.DETO2 “Ficha de Seguimiento de la Situación Jurídica del Detenido”, para concordarlos con el Sistema de RENADESPPLE. Estando a lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 52, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar los formatos Doc.DETO1 “Ficha de Entrevista del Detenido”; y Doc.DETO2 “Ficha de Seguimiento de la Situación Jurídica del Detenido”, que forman parte como anexo de la presente Resolución, para concordarlos con el Sistema de RENADESPPLE. Artículo Segundo.- La Gerencia de Servicios Generales será la encargada de la impresión y remisión oportuna a la sede central del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva - RENADESPPLE-, de los formatos Doc.DETO1 “Ficha de Entrevista del Detenido”; y Doc.DETO2 “Ficha de Seguimiento de la Situación Jurídica del Detenido”, para su distribución a las Fiscalías Penales y Mixtas a nivel nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU