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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 305931 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de diciembre de 2005 Exoneran de proceso de selección la contratación del "Servicio de VigilanciaLima y Callao" RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2186-2005-MP-FN Lima, 9 de diciembre del 2005 VISTOS:El Informe Nº 482-2005-MP-FN-GECLOG-GESER de la Gerencia de Servicios Generales, de fecha 25 de noviembre de 2005, Memorándum Nº 652-2005-MP-FN- GECFIN/01 de la Gerencia Central de Finanzas de fecha29 de noviembre de 2005, el Informe Nº 995-2005-MP-FN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 5de diciembre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe Nº 482-2005-MP-FN-GECLOG-GESER, la Gerencia de Servicios Generales señala que, mediante el procesode Concurso Público Nº 0001-2004-MP-FN-GG, se llevóa cabo la contratación del “Servicio de Vigilancia Lima yCallao”, en mérito al cual se suscribió el ContratoNº 024-2004-MP-FN-GECLOG con el Consorcio MORGAN SEGURITY S.A.C., BONETTI PERU S.A.C. y CONTROL DE PLANTAS INDUSTRIALES S.R.L.; Que, asimismo, señala que el referido contrato suscrito fue por el monto de S/. 2'871,337.20 (DosMillones Ochocientos Setenta y Un Mil Trescientos Treintay Siete y 20/100 Nuevos Soles), cuya vigencia era del 18 de agosto de 2004 al 17 de agosto de 2005; suscribiéndose en el presente año, con el consorcioadjudicado, un contrato complementario, con vigenciadel 18 de agosto al 12 de diciembre de 2005 o hasta quese suscriba el nuevo contrato del proceso de seleccióna convocarse para la contratación de dicho servicio; Que, en efecto, con fecha 7 de setiembre de 2005, se efectuó la convocatoria del Concurso Público Nº 0004-2005-MP-FN-GG “Servicio de Vigilancia Lima y Callao”con fecha de Otorgamiento de Buena Pro para el día 14de octubre; sin embargo, en vista que se interpusieronrecursos de apelación a la integración de las bases administrativas por parte de las empresas OPERATIONAL PROFESSIONAL SYSTEMS CORP S.A.C., SECURITYZAK S.A. y LIDER SECURITY S.A.C. dicha fecha deotorgamiento tuvo que ser reprogramada para el día 4 denoviembre del presente año; Que, no obstante ello, con fecha 28 de octubre de 2005, la empresa OPERATIONAL PROFESIONAL SYSTEM CORP S.A.C. ha solicitado la Nulidad de Oficiodel Concurso Público Nº 0004-2005-MP-FN-GG, alformular cuestionamientos a la bases administrativas dedicho proceso de selección, lo que obligó al ComitéEspecial encargado de llevar el referido Concurso Público, mediante Acta de fecha 2 de noviembre y en sesión extraordinaria, a aprobar la postergación de lasfechas de las etapas de Presentación de Propuestas yOtorgamiento de Buena Pro, hasta que se resuelva elrecurso de nulidad presentado, de acuerdo a ley; Que, en consecuencia, el contrato complementario, cuya vigencia culmina el día 12 de diciembre de 2005, no se va a poder cubrir hasta que se suscriba el nuevocontrato del proceso de selección, poniendo en riesgolas instalaciones del Ministerio Público en las Zonas deLima y Callao, por lo que solicita la citada Gerencia, dadoque se trata de un servicio esencial, se exonere del proceso de selección correspondiente la contratación del “Servicio de Vigilancia Lima y Callao”, hasta que sesuscriba el contrato del nuevo proceso de selección,debiendo declararse en Situación de DesabastecimientoInminente el referido servicio, por el lapso de 90 días,por un monto mensual de S/. 220,259.91 Nuevos Soles y por un monto total de S/. 660,779.73 Nuevos Soles, dejando constancia que si antes de dicho plazo se lograsuscribir el nuevo contrato de servicio, la situación deDesabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Se señala, asimismo, que dicho servicio serealiza por la específica de Gasto 34. Contratación conEmpresas de Servicios a través de la Fuente deFinanciamiento 00 Recursos Ordinarios; Que, mediante Memorándum Nº 652-2005-MP-FN- GECFIN/01 de fecha 29 de noviembre de 2005, la Gerencia Central de Finanzas emite la FactibilidadPresupuestal correspondiente, manifestando que alevaluar los saldos existentes en la Específica de Gasto34, existen recursos suficientes en el presente año 2005para atender dicho pedido por el monto de S/. 135,000.00, debiendo canalizarse la diferencia de S/. 525,780.00, correspondiente a los meses subsiguientes, con elpresupuesto del año 2006; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, y artículos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente,así como lo señalado en el numeral 6.1 de la DirectivaNº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el DesabastecimientoInminente, es aquella situación extraordinaria e imprevisibleen la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo, de maneraesencial, facultándola, previos los informes técnico y legala la adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras, sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso, para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, mediante la adopción deacciones inmediatas, requiriéndose invitar a un soloproveedor, cuya propuesta cumpla con las característicasy condiciones establecidas en las Bases, debiendoaprobarse la exoneración por Resolución del Titular del Pliego, sin perjuicio que se realice el proceso de selección correspondiente para las contrataciones y adquisicionesdefinitivas, disponiendo la remisión del resolutivo a laContraloría General de la República y al CONSUCODE,así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano y elSEACE; Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica sostiene que se cumplen los requisitosestablecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento aprobados mediante Decretos SupremosNºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, así como lo previsto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, para que se declare en Situación de DesabastecimientoInminente la contratación del Servicio de Vigilancia Lima yCallao, el mismo que es indispensable para no poner enriesgo la continuidad del servicio, en salvaguarda de losintereses de la institución; Contando con los vistos de la Gerencia General y las Gerencias Centrales de Logística, Finanzas, Oficina deAsesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente y en uso de las atribuciones conferidaspor el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - LeyOrgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la Contratación del“Servicio de Vigilancia Lima y Callao”, por un período de90 días, a partir del día 13 de diciembre del presenteaño, por un monto mensual de S/. 220,259.91 Nuevos soles y un monto total de S/. 660,779.73 (Seiscientos Sesenta Mil Setecientos Setenta y Nueve y 73/100Nuevos Soles), con la Fuente de Financiamiento 00:Recursos Ordinarios, dado que los hechos implican quese verían afectadas en forma directa e inminente lacontinuidad de los servicios esenciales a cargo del Ministerio Público, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.