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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 305938 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de diciembre de 2005 Artículo Segundo.- Comuníquese el contenido de la presente Resolución Ejecutiva Regional a losintegrantes de la Comisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY Presidente 20901 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Plan Regional de Seguri- dad Ciudadana 2003-2012 ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 23 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, con el voto unánimede sus miembros, ha debatido y aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo 1º.- APROBAR el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2003-2012 cuyo expediente anexo, formaparte de la presente norma regional. Artículo 2º.- Disponer que el Comité Regional de Seguridad Ciudadana, con el asesoramiento de CONASEC, ejecute e implemente el presente Plan aprobado. Artículo 3º.- Publicar y Difundir la presente, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 20924 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Exoneran de pago de diversos derechos a colegios estatales del distrito ORDENANZA Nº 238-MDMM Magdalena del Mar, 9 de diciembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada porla Ley Nº 27680, concordante con el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, medianteordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, losarbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 195º de la CartaMagna y en la Norma IV del Texto Único Ordenado delCódigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF; Que, es política de esta administración municipal incentivar el equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa y en general el mejoramiento del sistema educativo logrando el desarrollo socialsostenible de esta jurisdicción, y en concordancia con loestablecido en el numeral 1 y 5 del artículo 82º de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en tal sentido, resulta necesario exonerar del pago del derecho de licencia de apertura de establecimiento y licencia de obra menor a los colegiosestatales del distrito de Magdalena del Mar; así como delpago correspondiente a la inspección técnica de seguridaden Defensa Civil, a aquellos colegios estatales que porsus características y de acuerdo a la normatividad vigente requieran una inspección técnica de seguridad en Defensa Civil Básica, ello con el objeto de promover suregularización y el debido acceso a la educación públicade conformidad con lo estipulado en el artículo 14º de laConstitución Política del Perú; por lo que, de conformidadcon lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Exonérese del pago de los siguientes derechos a los colegios estatales del distritode Magdalena del Mar: 1) Derecho de licencia de apertura de establecimiento. 2) Inspección técnica de seguridad en Defensa Civil, sólo a aquellos colegios estatales que por sus características y de acuerdo a la normatividad vigente requieran unainspección técnica de seguridad en Defensa Civil Básica. 3) Licencia de Obra Menor. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 20922 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Conceden ampliación de giro por Fies- tas Navideæas ORDENANZA Nº 200-MPL Pueblo Libre, 7 de diciembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE