Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2005 (13/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de diciembre de 2005

ejercicio 2005, por lo que existe acreditada situacion de fuerza mayor, prevista en el Art. 34º del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, al estar acreditada la situacion de fuerza mayor, prevista en el articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, que senala que "En cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito (...)", es necesario formalizar dicha cancelacion mediante la correspondiente Resolucion Presidencial; Que, mediante los documentos MORDAZA senalados se sustenta la cancelacion del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 0008-2005-INPE/U.E.001 "Adquisicion de Armamentos para la Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios del INPE", toda vez que por fuerza mayor no se podra adquirir dichos bienes durante el presente ejercicio presupuestal; Estando a lo solicitado por la Oficina General de Administracion y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR, el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 0008-2005-INPE/U.E.001 "Adquisicion de Armamentos para Seguridad de los EE.PP del INPE", por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina General de Administracion publique la presente cancelacion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE. Articulo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, y al Comite Especial para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 21041

Dictamen numero cero once del dos mil cinco presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social, relacionado a la Obligatoriedad de Vacunacion contra Enfermedades Inmunoprevenibles; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos dos, cuatro y cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, estando a lo senalado en la Ley numero veintiseis mil ochocientos cuarenta y dos - Ley General de Salud; Ley veintisiete mil seiscientos cincuenta y siete del Ministerio de Salud; Ley veintiocho mil diez - General de Vacunas del Ministerio de Salud de fecha treinta de MORDAZA del dos mil tres; Resolucion Ministerial numero trescientos siete del dos mil cinco/MINSA que aprueba la Directiva numero cero treinta y tres - MINSA/DGSP-V.cero tres Esquema o Calendario de Vacunacion; Que, el Gobierno Regional considera el desarrollo integral como uno de sus principales objetivos por lo cual es necesario contar con una poblacion sana; asimismo se tiene en consideracion que las vacunas cumplen con los criterios de seguridad y calidad y han demostrado tener elevado costo beneficio; Que, en materia de inmunizaciones el MORDAZA ha alcanzado MORDAZA logros que benefician a la poblacion en general tales como la erradicacion de la poliomielitis, del sarampion, y el control de otras como la fiebre amarilla, tetanos neonatal, tos ferina y difteria; resultando necesario mantener los logros alcanzados en salvaguarda de la salud publica de toda la poblacion para lo cual se hace necesario mantener de manera homogenea coberturas superiores al noventa y cinco por ciento (95%); Que, el Ministerio de Salud a traves de la estrategia sanitaria nacional de inmunizaciones ha decretado el uso de un calendario nacional de inmunizaciones que es de cumplimiento obligatorio a nivel nacional; asimismo la estrategia de vacunacion masiva en sus diferentes modalidades ha demostrado ser util para la erradicacion de enfermedades inmunoprevenibles; Que, asimismo se tiene en consideracion que las principales amenazas para la consecucion de los fines de la estrategia son la Heterogeneidad de las coberturas de vacunacion en el departamento; el desconocimiento de la importancia de la vacunacion en el departamento; el elevado indice migracional. Dentro de este contexto se ha previsto que los factores para alcanzar optimas coberturas en las actividades regulares de vacunacion, asi como en las campanas estan estrechamente relacionadas a la activa participacion multisectorial; Que, en virtud de lo mencionado es estrategico mantener los mencionados logros que contribuyen a conservar la salud publica por lo que se hace necesario emitir una Ordenanza Regional que garantice la vacunacion al cien por ciento de varones y mujeres de la poblacion infantil, adolescente y adultos dentro del MORDAZA del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional, teniendo como base legal la Constitucion Politica del Estado, Ley de Bases de Descentralizacion numero veintisiete mil setecientos ochenta y tres, Ley Organica de Gobiernos Regionales numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete en su articulo cuarenta y nueve, y sus respectivas modificatorias; Que, para la materializacion de los objetivos plasmados con la dacion de la presente Ordenanza Regional, resulta necesario contar con la participacion de las Direcciones Regionales Sectoriales que conforman este Gobierno Regional, y que la Direccion Regional de

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Politica Regional de Salud, por la cual se dispone la vacunacion obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles
ORDENANZA REGIONAL Nº 033-2005-E-CR-GRH MORDAZA, veintiocho de noviembre del 2005 Visto, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional de fecha quince de noviembre del dos mil cinco, el

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