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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (13/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G31/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de diciembre de 2005 1. Las elecciones para la Directiva de las Juntas Vecinales Comunales, Zonales y Distritales. 2. Las elecciones para la Directiva de las Redes de Políticas Públicas. 3. Las elecciones para los representantes de la Sociedad Civil en el Consejo de Coordinación Local Distrital CCLD. Artículo Noveno.- Observaciones a Candidatos. El Comité Electoral supervisará que los candidatos o listasde candidatos que se presentan guarden estrictacorrespondencia con los requisitos establecidos en la Ordenanza los artículos en la Ordenanza Nº 070-2005 y el presente Reglamento. De no ser así, comunicará lasobservaciones. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES PARA EL PROCESO ELECCIONARIO Artículo Décimo.- Del Padrón Electoral. El Comité Electoral es responsable del Padrón Electoral elaboradopor la Comisión Técnica en base a los registros efectuados. 10.1. Constituye el Padrón Electoral de Comunas los ciudadanos debidamente registrados en su respectivaComuna. 10.2. Constituye el Padrón Electoral de las Zonas los dirigentes electos en cada Comuna. 10.3. Constituye el Padrón Distrital los dirigentes electos de las Zonas. 10.4. Constituye el Padrón de la Redes de Políticas Públicas las organizaciones de la jurisdicción distritaldebidamente registrados. 10.5. Constituye el Padrón del CCLD las organizaciones o sociales de base debidamenteregistrados. Artículo Décimo Primero.- Plazos para la presentación de candidaturas. Los Candidatos se presentarán hasta el día y hora indicada por el Comité Electoral en la Resolución de Convocatoria. Artículo Décimo Segundo.- Forma de presentación de candidaturas para la Directiva delas Juntas Vecinales Comunales, Zonales y Distritales. Las candidaturas se presentan de la siguiente forma: a. Lista de once ciudadanos. b. En la Vice Presidencia deberá proponerse a un joven ( de 18 a 29 años) c. Las listas deben contar con no menos del 30% de mujeres u hombres. d. Un candidato no puede presentarse en más de una lista. e. La solicitud debe estar suscrita por cada uno de los candidatos. f. Adjuntar copia del DNI y recibo de algún servicio público g. Al momento de su presentación, cada lista debe acreditar hasta dos personeros. Artículo Décimo Tercero.- Forma de Presentación de candidaturas para la Directiva de las Redes de Políticas Públicas. Las candidaturas se presentan de la siguiente forma: a. Lista de cinco representantes de Organizaciones por red que postula. b. En la Vice presidencia proponer a un joven (18 a 29 años) c. Las listas deben contar con no menos del 30 % de mujeres u hombres. d. Un representante no puede presentar en más de una lista. e. La solicitud debe estar suscrita por cada uno de los candidatos.f. Al momento de su presentación cada lista debe acreditar hasta dos personeros. g. Adjuntar copia del RUC y la Autorización de Funcionamiento de establecimiento, o Resolución delTitular del Pliego o del Jefe Institucional que designa alfuncionario que actuará en su representación y las organizaciones sociales de base la Resolución que certifica la inscripción en el RUOS de la Municipalidad deSan Juan de Lurigancho, conforme corresponda. Artículo Décimo Cuarto.- Forma de Presentación de candidaturas para el CCLD. Las candidaturas se presentan de la siguiente forma: a. Postulación individual con representación delegada formalmente por las organizaciones debidamenteregistradas. b. Suscribir la solicitud c. Ser acreditado por una organización d. La organización debe acreditar personería jurídica inscrita en los Registros Públicos de Lima, conrepresentación distrital o haberse constituido como talen documento privado en el que conste la elección desus representantes. e. Al momento de su inscripción como candidato, acreditar hasta dos personeros. f. Adjuntar copia del DNI. CAPÍTULO III DEL ACTO ELECTORAL Artículo Décimo Quinto.- De las impugnaciones o tachas. Cualquier participante acreditado puede impugnar la inscripción de las listas o inscripciónindividual a las Juntas Vecinales, Comunales, Zonal o Distrital, Redes de Políticas Públicas o Consejo de Coordinación Local Distrital, presentando ante elComité Electoral, dentro del plazo de impugnación ytachas de listas conforme al cronograma que seapruebe. Artículo Décimo Sexto.- El Comité Electoral resolverá en única instancia la impugnación. Artículo Décimo Séptimo.- De los cargos de las Directivas de las Juntas Vecinales. Los cargos que conforman las listas de candidatos de las Juntas Directivas Vecinales: Comunales, Zonales y Distrital, de acuerdo al Artículo Vigésimo Tercero de la OrdenanzaNº 070-2005 SJL, son: 1. Un Presidente. 2. Un Vicepresidente (representante de la Juventud). 3. Un Secretario. 4. Un Tesorero.5. Un Fiscal.6. Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Desarrollo Urbano y Ambiental. 7. Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Desarrollo Económico y Competitividad. 8. Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Desarrollo Social, Salud y Lucha contra la Pobreza. 9. Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Desarrollo Cultural, Educativo y Recreativo. 10.Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. 11.Un delegado Vecinal Comunal, Zonal o Distrital de Limpieza Pública y Areas Verdes. Artículo Décimo Octavo.- De los cargos de las Directivas de las Redes de Políticas Públicas. Los cargos que conforman las listas de candidatos de las Redes de Políticas Públicas, de acuerdo al ArtículoVigésimo Octavo de la Ordenanza Nº 070-2005 SJL,son: 1. Un Presidente. 2. Un Vicepresidente (representante de los jóvenes). 3. Un Secretario.