Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2005 (14/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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existe disponibilidad presupuestal para atender la propuesta efectuada por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, por la fuente de recursos directamente recaudados, los cuales serian afectados conforme se efectuen la respectiva campana; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 Organica del RENIEC y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA de tramitacion y expedicion gratuita del DNI a las personas adultas mayores que habitan en albergues u hospicios y que se encuentran en situacion de pobreza o abandono, la cual sera cubierta con Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Los adultos mayores residentes en hospicios u albergues, acreditaran tal residencia con la respectiva MORDAZA emitida por el Director de las referidas dependencias. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 21131

Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/ RENIEC de fecha 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar la labor de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior a la siguiente servidora de la Jefatura Regional Iquitos, quien ejercera funciones en el ambito de la circunscripcion territorial de dicha Jefatura Regional:
Nº REGION 1 IQUITOS NOMBRE MADAI MORDAZA TANCHIVA DNI CONDICION 40165634 SUPLENTE

Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 21132

Aprueban Anteproyecto referente a la implementacion del DNI Electronico
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1202-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 001067-2005/GIE/RENIEC; el Informe 000055-2005-SGIT/GIE/RENIEC; el Informe Tecnico REGIE-SGIT-IT-DNI-IDE-3.1-IT "Implementacion del DNI Electronico" de la Gerencia de Informatica y Estadistica de la Entidad; el "Estudio Preliminar para la Implementacion del DNI Electronico" de Keeper TECH S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de mantener el registro de identificacion de los ciudadanos y de emitir los documentos que acreditan su identidad; Que, conforme al articulo 2º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, corresponde al RENIEC organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, encontrandose facultado para desarrollar tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que, el articulo 28º del mismo cuerpo legal dispone que el Documento Nacional de Identidad (DNI) sera impreso y procesado con materiales y tecnicas que le otorguen condiciones de MORDAZA seguridad, inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de sus datos; Que, la primera parte del articulo 141-A del Codigo Civil senala que en los casos en que la ley establezca que la manifestacion de voluntad deba hacerse a traves de alguna formalidad expresa o requiera de firma, esta podra ser generada o comunicada a traves de medios electronicos, opticos o cualquier otro analogo; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil dispuso la elaboracion de un estudio sobre el DNI electronico que permita la implementacion de un documento de identidad que reuna las calidades exigidas por su Ley Organica, acorde a las innovaciones tecnologicas de la informacion existentes; Que, en tal sentido los documentos del visto constituyen la base sobre la cual se iniciara la implementacion planteada, correspondiendo su aprobacion; Estando al visto de la Gerencia de Asesoria Juridica; de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC y el Reglamento

Delegan labor de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior, a servidora de la Jefatura Regional Iquitos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1200-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 4587-2005-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 1422-2005GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo dispuesto por Resolucion Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, las certificaciones de Actas de nacimiento, matrimonio o defunciones que expide el RENIEC, a traves de las Oficinas del Registro de Estado Civil requieren para su uso en el exterior la MORDAZA de verificacion de la firma del funcionario que las expidio; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 917-2005-JEF/ RENIEC se delego y ratifico la labor de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior a diversos funcionarios y servidores de las Jefaturas Regionales de MORDAZA, MORDAZA, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Huancayo, a efectos de descentralizar dicho servicio a nivel nacional; Que, segun Oficio Nº 4587-2005-GO/RENIEC de la Gerencia de Operaciones se informa que habiendose incrementado la demanda por el servicio indicado resulta necesario el nombramiento de un autenticador suplente adicional para la Jefatura Regional Iquitos; Que, a fin de cubrir la demanda mencionada resulta pertinente el nombramiento de un autenticador suplente para la Jefatura Regional Iquitos;

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