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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 306161 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de diciembre de 2005 existe disponibilidad presupuestal para atender la propuesta efectuada por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, por la fuente de recursos directamente recaudados, los cuales serían afectadosconforme se efectúen la respectiva campaña; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 Orgánica del RENIEC y el Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la campaña de tramitación y expedición gratuita del DNI a las personas adultas mayores que habitan en albergues u hospicios y que se encuentran en situación de pobreza o abandono, la cualserá cubierta con Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Los adultos mayores residentes en hospicios u albergues, acreditarán tal residencia conla respectiva constancia emitida por el Director de las referidas dependencias. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 21131 Delegan labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior, a servidora dela Jefatura Regional Iquitos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1200-2005-JEF/RENIEC Lima, 12 de diciembre de 2005 VISTOS:El Oficio Nº 4587-2005-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 1422-2005-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificaciónde las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo dispuesto por Resolución Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, las certificaciones de Actas de nacimiento, matrimonio o defunciones que expide el RENIEC, a través de lasOficinas del Registro de Estado Civil requieren para su uso en el exterior la constancia de verificación de la firma del funcionario que las expidió; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/ RENIEC se delegó y ratificó la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copiascertificadas y constancias para uso en el exterior a diversos funcionarios y servidores de las Jefaturas Regionales de Lima, Piura, Iquitos, Arequipa, Puno,Cusco, Trujillo y Huancayo, a efectos de descentralizar dicho servicio a nivel nacional; Que, según Oficio Nº 4587-2005-GO/RENIEC de la Gerencia de Operaciones se informa que habiéndose incrementado la demanda por el servicio indicado resulta necesario el nombramiento de un autenticador suplenteadicional para la Jefatura Regional Iquitos; Que, a fin de cubrir la demanda mencionada resulta pertinente el nombramiento de un autenticador suplentepara la Jefatura Regional Iquitos;Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC de fecha 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copiascertificadas y constancias para uso en el exterior a la siguiente servidora de la Jefatura Regional Iquitos, quien ejercerá funciones en el ámbito de la circunscripciónterritorial de dicha Jefatura Regional: Nº REGIÓN NOMBRE DNI CONDICIÓN 1 IQUITOS MADAI PEÑA TANCHIVA 40165634 SUPLENTE Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 21132 Aprueban Anteproyecto referente a la implementación del DNI Electrónico RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1202-2005-JEF/RENIEC Lima, 12 de diciembre de 2005VISTOS: El Oficio Nº 001067-2005/GIE/RENIEC; el Informe 000055-2005-SGIT/GIE/RENIEC; el Informe Técnico RE- GIE-SGIT-IT-DNI-IDE-3.1-IT “Implementación del DNIElectrónico” de la Gerencia de Informática y Estadística de la Entidad; el “Estudio Preliminar para la Implementación del DNI Electrónico” de Keeper TECH S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de mantener el registro de identificación de los ciudadanos yde emitir los documentos que acreditan su identidad; Que, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, corresponde al RENIEC organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad yestado civil, encontrándose facultado para desarrollar técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la información; Que, el artículo 28º del mismo cuerpo legal dispone que el Documento Nacional de Identidad (DNI) será impreso y procesado con materiales y técnicas que leotorguen condiciones de máxima seguridad, inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de sus datos; Que, la primera parte del artículo 141-A del Código Civil señala que en los casos en que la ley establezca que la manifestación de voluntad deba hacerse a través de alguna formalidad expresa o requiera de firma, éstapodrá ser generada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otro análogo; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil dispuso la elaboración de un estudio sobre el DNI electrónico que permita la implementación de un documento de identidad que reúna las calidades exigidaspor su Ley Orgánica, acorde a las innovaciones tecnológicas de la información existentes; Que, en tal sentido los documentos del visto constituyen la base sobre la cual se iniciará la implementación planteada, correspondiendo su aprobación; Estando al visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica; de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el Reglamento