TEXTO PAGINA: 56
PÆg. 306854 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de diciembre de 2005 Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educaciónlos antecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21559 Designan integrante del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0758-2005-ED Lima, 21 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0521- 2004-ED de fecha 18 de octubre de 2004, se designaa doña María Teresa Tovar Samanez, integrante delGabinete de Asesores de la Alta Dirección delMinisterio de Educación, cargo considerado deconfianza; Que, es necesario dar por concluida la designación a que se refiere el considerando precedente y designar asu reemplazante, a fin de garantizar la continuidad delservicio; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerialo del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta larenuncia o se dispone una nueva designación onombramiento de los actuales funcionarios con cargode confianza no contemplados en el Artículo 1º de lamencionada Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510,y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de doña María Teresa Tovar Samanez, como integrante delGabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministeriode Educación, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- Designar a doña Ada Lucía Gallegos Ruiz Conejo, integrante del Gabinete de Asesores de laAlta Dirección del Ministerio de Educación, cargoconsiderado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21654 MIMDES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 805-2005-MIMDES Mediante Oficio Nº 3712-2005-MIMDES-SG, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución MinisterialNº 805-2005-MIMDES, publicada en nuestra edición deldía 16 de diciembre de 2005.DICE: "Artículo 2.- Designar a la abogada LICELY MIRYAN RUIZ - CARO SALAS, ..." DEBE DECIR:"Artículo 2.- Designar a la abogada LICELY MYRIAN RUIZ - CARO SALAS, ..." DICE:"Artículo 3.- Encargar a la abogada LICELY MIRYAN RUIZ - CARO SALAS, ..." DEBE DECIR:"Artículo 3.- Encargar a la abogada LICELY MYRIAN RUIZ - CARO SALAS, ..." 21656 PRODUCE Declaran improcedente recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. N” 282-2005-PRODUCE/DNEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 403-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 6 de diciembre del 2005 Visto el escrito de registro Nº 00037706 de fecha 11 de noviembre del 2005, presentado por PESQUERATRES MARIAS S.A.C. CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 282-2005- PRODUCE/DNEPP, del 20 de octubre del 2005, sedeclaró improcedente la solicitud de reconocimiento decapacidad de bodega, a través del arqueo netoconsignado en el Certificado de Matrícula, de laembarcación pesquera "DORA DEL PILAR" , de matrículaNº CE-6615-PM, presentada por PESQUERA TRESMARIAS S.A.C., al no estar comprendida dentro delsupuesto establecido en el segundo párrafo del artículo11º del Decreto Supremo Nº 011-2003-PRODUCEmodificado por Decreto Supremo Nº 004-2005-PRODUCE, presentando mayor capacidad de bodega,147.43 m3, con relación a la que le corresponde segúnel certificado de matrícula con que se le otorgó el permisode pesca; Que a través del escrito del visto, PESQUERA TRES MARIAS S.A.C. interpone recurso de reconsideracióncontra la Resolución Directoral citada en el considerandoprecedente, aduciendo que supone la existencia de erroren el arqueo neto de 35.88 consignado en el certificadode matrícula expedido por la Capitanía de Chimbote ycon refrenda vigente de la Capitanía del Puerto de Paita,por lo que ha procedido solicitar con escrito de fecha 2de noviembre del 2005 a la Dirección General deCapitanías y Guardacostas que efectúe otro arqueo a laembarcación pesquera "DORA DEL PILAR" de matrículaNº CE-6615-PM; Que de la evaluación del recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 282-2005-PRODUCE/DNEPP, se ha determinado que no adjuntanueva prueba que desvirtúe el motivo de la declaratoriade la improcedencia de su solicitud de reconocimientode capacidad de bodega, no obstante que dicha empresatomó conocimiento del exceso de capacidad de bodegaque presentaba la embarcación "DORA DEL PILAR" dematrícula Nº CE-6615-PM cuando solicitó elprocedimiento cambio de titular del permiso de pescaotorgado por Resolución Ministerial Nº 160-96-PE ymodificado en su titularidad por Resolución DirectoralNº 150-2000-PE/DNE, siendo éste declarado en