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PÆg. 306858 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de diciembre de 2005 Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAB) Nº 2894, del Gabinete del Ministro, de 7 dediciembre de 2005; De conformidad con el artículo 71º del Decreto Supremo Nº 009-88-RE, Estatuto del ServicioAdministrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores,del 19 de octubre de 1988; la Resolución MinisterialNº 0437-RE, del 9 de julio de 1996; y el artículo 83º delReglamento de la Carrera Administrativa, aprobadomediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Extender, en vía de regularización, por razones del servicio, el llamado a Lima al doctorFernando Pardo Segovia, Consejero para AsuntosJurídicos y Jurisdiccionales de la Embajada del Perú enJapón, para coordinar asuntos relativos a la CooperaciónJudicial Internacional y temas vinculados al Derecho delMar, del 11 al 31 de diciembre de 2005. Artículo Segundo.- El gasto que irrogue la extensión del llamado a Lima del citado funcionario, será cubiertopor el Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo el mencionado funcionario rendircuenta documentada en un plazo no mayor de quince(15) días al término del referido llamado a Lima,descontando los cinco (5) días de viáticos a los que serefiere la Resolución Ministerial Nº 1335-RE, de 30 denoviembre de 2005, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y Apellido Viático Número T otal por día de Viáticos S/. días S/. Fernando Pardo Segovia 124.20 16 1,987.20 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida llamada aLima, el mencionado funcionario deberá presentar anteel señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe delas acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 21591 Oficializan el VII Congreso Interna- cional de Cardiología que se llevarÆ acabo en Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1392-2005-RE Lima, 19 de diciembre de 2005 VISTO:El Oficio Nº 1435-2005-DVM/MINSA, mediante la cual el Viceministro de Salud, solicita la oficialización del evento"VII Congreso Internacional de Cardiología", que se llevaráa cabo en la ciudad de Lima, del 16 al 19 de agosto de2006. CONSIDERANDO:Que, la ciudad de Lima es sede del evento "VII Congreso Internacional de Cardiología", que se llevará acabo del 16 al 19 de agosto de 2006, el cual viene siendoorganizado por Instituto del Corazón San Pablo; Que, el mencionado evento tiene por finalidad dar a conocer los recientes avances de la Cardiología a lacomunidad científica nacional, dando énfasis en los temasde actualidad; propiciar el intercambio de experiencias yla investigación entre cardiólogos nacionales y losexpertos extranjeros; así como estimular la investigación científica en el campo de las enfermedadescardiovasculares, a través de la evaluación y premiaciónde trabajos de investigación; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2001-RE, de 3 de enero de 2001 y elinciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Oficializar el evento "VII Congreso Internacional de Cardiología", que se llevará a cabo en laciudad de Lima, del 16 al 19 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministeriode Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 21598 Nombran en Misión Oficial a participantes y miembros de la DØcimo Sexta Campaæa Científica del Perœ a la AntÆrtida - ANTAR XVI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1396-2005-RE Lima, 19 de diciembre de 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 260-05/SE-INANPE, de 25 de noviembre de 2005; el Memorándum Nº 044-05/DOPE,de 30 de noviembre de 2005; el Memorándum (ADP) Nº361, de 28 de noviembre de 2005; el Informe Nº 09-05/INANPE/OAPI, de 1 de diciembre de 2005 y el Informede la Asesoría Legal Externa, de 1 de diciembre de 2005; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27870, Ley de Creación del Instituto Antártico Peruano,dicho Instituto es el ente rector encargado de formular,coordinar, conducir y supervisar en forma integral laPolítica Nacional Antártica; Que, como parte del Plan Operativo Anual del Instituto Antártico Peruano para el año 2005, aprobado medianteResolución Directoral Nº 034-2005/ INANPE se haprevisto la realización de la Décimo Sexta CampañaCientífica del Perú en la Antártica-ANTAR XVI, cuyo iniciose encuentra programado en el mes de diciembre de2005, donde se realizarán actividades de investigacióncientífica en materia de hidrología, biología y demásactividades relativas a la investigación antártica; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2002-RE, de 27 de febrero de 2002, que aprueba la Política NacionalAntártica; se ha establecido como objetivo nacional laconsolidación de la presencia activa y permanente delPerú en la Antártida; Que, es importante continuar con la realización de las campañas antárticas, promover la investigacióncientífica nacional orientada a la profundización delconocimiento antártico y concentrar las investigacionesen las áreas en las que el Perú ha desarrollado ventajascomparativas frente a otros países; Que, es necesario designar al personal de las diferentes instituciones públicas y privadas queparticiparán en la Décimo Sexta Campaña Científica delPerú en la Antártida - ANTAR XVI, a realizarse del 10 dediciembre de 2005 al 1 de marzo de 2006, siendo éste elmejor período para realizar al Campaña por desarrollarseel verano austral constituyéndose un clima y ambiente