Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2005 (28/12/2005)


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NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2005

OSINERG
Prepublicacion del Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas PDJ
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 449-2005-OS/CD MORDAZA, 20 de diciembre de 2005. VISTO: El Memorando Nº GFH-L-4552-2005 de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos por el cual se somete a consideracion del Consejo Directivo, la prepublicacion del proyecto de MORDAZA que aprueba el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas, denominado PDJ y el Cronograma de Inicio para que los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, presenten las declaraciones juradas a que hace referencia el citado procedimiento. CONSIDERANDO: Que, si bien se vienen realizando de forma periodica visitas operativas, a nivel nacional, a las Estaciones de Servicio de combustibles liquidos, Grifos, Grifos Flotantes y Grifos Rurales; Establecimientos de Venta de GLP para uso automotor-Gasocentros; Consumidores Directos de Combustibles Liquidos; Consumidores Directos de GLP; Camiones-Tanque y Tanques-Semirremolque de combustibles liquidos; Camiones MORDAZA Baranda de GLP, Camionetas Pick-Up de GLP, Camionetas MORDAZA Baranda de GLP, CamionesTanque de GLP y Camiones-Cisterna de GLP; y, Locales de Venta de GLP con el fin de verificar que operen acorde con las normas tecnicas, de seguridad y de medio ambiente establecidas en el ordenamiento juridico vigente; dado el universo de unidades supervisadas resulta necesario establecer mecanismos que permitan obtener informacion oportuna respecto al cumplimiento del ordenamiento juridico vigente a fin de poder adoptar las acciones pertinentes; Que, a tal efecto, se ha considerado necesario aprobar el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas cuya finalidad es que los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, efectuen inspecciones periodicas de sus establecimientos, instalaciones o unidades, segun corresponda, a efectos de asegurar que su operacion estara acorde con las normas tecnicas, de seguridad y de medio ambiente establecidas en el ordenamiento juridico vigente; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del proyecto MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano del Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas, denominado PDJ y del Cronograma de Inicio para que los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, presenten las declaraciones juradas a que hace referencia el citado procedimiento, asi como en la pagina Web: www.osinerg.gob.pe. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas, por escrito, en la Mesa de Partes de OSINERG o via correo electronico a legalgfh@osinerg.gob.pe, hasta 15 dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº -2005-OS/CD MORDAZA, CONSIDERANDO Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, normas referidas a obligaciones o actividades supervisadas; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, los Reglamentos de la Ley Organica de Hidrocarburos contienen disposiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente que se encuentran dentro del ambito de competencia de OSINERG; Que, conforme lo establecido en la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, la Ley de Creacion de OSINERG, Ley Nº 26734 y el Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PM, la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos de OSINERG supervisa y fiscaliza los aspectos tecnicos, de seguridad y legales de las personas que desarrollan actividades relacionadas al sub sector Hidrocarburos y que se encuentran debidamente autorizadas a operar; Que, en tal sentido, se vienen realizando de forma periodica visitas operativas a nivel nacional a: Estaciones de Servicio de combustibles liquidos, Grifos, Grifos Flotantes y Grifos Rurales; Establecimientos de Venta de GLP para uso automotor-Gasocentros; Consumidores Directos de Combustibles Liquidos; Consumidores Directos de GLP; Camiones-Tanque y Tanques-Semirremolque de combustibles liquidos; Camiones MORDAZA Baranda de GLP, Camionetas Pick-Up de GLP, Camionetas MORDAZA Baranda de GLP, CamionesTanque de GLP y Camiones-Cisterna de GLP; y, Locales de Venta de GLP; sin embargo, dado el universo de unidades supervisadas resulta necesario establecer mecanismos que permitan obtener informacion oportuna respecto al cumplimiento del ordenamiento juridico vigente a fin de poder adoptar las acciones pertinentes;

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