Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2005 (28/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2005

Precisan entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 357-MSB que aprueba el Regimen de Arbitrios Municipales de los ejercicios 2004 y 2005
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2005-MSB-A San MORDAZA, 8 de noviembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante las Sentencias Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, el Tribunal Constitucional se pronuncio en MORDAZA de inconstitucionalidad sobre diversos temas relacionados con el ejercicio de la potestad tributaria municipal en la creacion y determinacion de arbitrios, sentando jurisprudencia vinculante no solo respecto al fallo, sino a la totalidad de su contenido. Que, dicho fallo establece que las Municipalidades estan habilitadas para exigir las cobranzas por los periodos impagos no prescr itos: a) con base a Ordenanzas validas por periodos anteriores reajustadas segun el Indice de Precios al Consumidor; o en su defecto, de no existir MORDAZA anterior valida, b) con base a nuevas Ordenanzas, las que deberan tramitarse conforme al plazo establecido para la ratificacion de las Ordenanzas que regiran por el periodo 2006 y surten efectos a partir del 1 de enero de dicho ano. Que, en tal sentido, mediante Ordenanza Nº 357-MSB de fecha 15 de octubre 2005, el Concejo Municipal de San MORDAZA aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de los ejercicios 2004 y 2005. Que, la Cuarta Disposicion Final de la citada MORDAZA establece que entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde se apruebe su ratificacion. Que, resulta necesario precisar que, conforme se indica en los parrafos precedentes, la Ordenanza Nº 357-MSB, una vez ratificada, surtira efectos a partir del 1 de enero de 2006. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Legal, y conforme a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Unico.- Precisar que la Ordenanza Nº 357MSB que aprueba el Regimen de Arbitrios Municipales de los ejercicios 2004 y 2005, debidamente ratificada por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, surtira efectos a partir del 1 de enero de 2006. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21871

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante las Sentencias Nºs. 0041-2004-AI/ TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto del 2005, en el Diario Oficial El Peruano, el Tribunal Constitucional se pronuncio en MORDAZA de inconstitucionalidad sobre diversos temas relacionados con el ejercicio de la potestad tributaria municipal en la creacion y determinacion de arbitrios, sentando jurisprudencia vinculante no solo respecto al fallo, sino a la totalidad de su contenido. Que, en tal sentido, mediante Ordenanza Nº 358MSB de fecha 26 de octubre de 2005, el Concejo Municipal de San MORDAZA aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2006. Que, en atencion al criterio de solidaridad que inspira el actuar municipal, la MORDAZA Disposicion Final establece un beneficio especial para los predios de uso MORDAZA habitacion de tal for ma que cuando, con la aplicacion de las nuevas tasas determinaran un monto por arbitrios municipales mayor al liquidado en el 2005 al MORDAZA de las Ordenanzas cuya constitucionalidad se encuentra cuestionada, prevalecera este ultimo. Que, resulta necesario precisar que el beneficio MORDAZA senalado tiene la naturaleza de una exoneracion; por tanto, la parte del costo de los servicios que se deje de percibir por su aplicacion no se distribuira entre los demas vecinos siendo asumido en su totalidad por la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Ordenanza Nº 357-MSB se aprobo el Regimen de Arbitrios Municipales para los ejercicios 2004 y 2005, recogiendo los criterios de distribucion dispuestos por el Tribunal Constitucional. En la Disposicion Final de la citada MORDAZA se establece que cuando la aplicacion de las nuevas tasas signifique un incremento respecto del monto originalmente determinado para dichos anos, prevalecera el monto menor. Que, debe entenderse que la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 358-MSB, se refiere a la determinacion original para el ejercicio 2005 en el sentido que esta es menor respecto de la resultante de la aplicacion de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Nº 357-MSB. Aspecto recogido por la Ordenanza Nº 357-MSB, en concordancia con los contenidos de la Sentencia del Tribunal Constitucional que la inspira. Que, debe precisarse que el beneficio dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 358MSB se refiere a la liquidacion para el ejercicio 2005 conforme las disposiciones de la Ordenanza Nº 357MSB. Que, asimismo debe resaltarse que este beneficio es de aplicacion solo para el ejercicio 2006. Que, la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 358-MSB establece que entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde se apruebe su ratificacion. Que, tratandose de la aprobacion del regimen de arbitrios para el ejercicio 2006, la Ordenanza Nº 358-MSB, una vez ratificada, surtira efectos a partir del 1 de enero del proximo ejercicio. Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 358-MSB faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la ordenanza. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Legal, y conforme a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Precisar que el beneficio dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 358-MSB constituye una exoneracion aplicable unicamente para el ejercicio 2006.

Precisan aplicacion de disposiciones de la Ordenanza Nº 358-MSB que aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2006
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2005-MSB-A San MORDAZA, 7 de diciembre de 2005

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