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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G39/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de enero de 2005 vierte de la Resolución de Alcaldía Nº 091-2002/MDP de fecha 18 de octubre del 2002, cuando era candidatoa la Alcaldía por el distrito de Calana, por la Agrupación Política Tacna Heroica, con lo que infringe la Ley Elec- toral Nº 26864 y modificado por Ley Nº 27734, cuandodicha norma establece que no puede postular para Al- caldía si no solicita licencia sin goce de haber con 30 días naturales antes de la elección. Esta probado, con las distintas copias de las diferen- tes notificaciones remitidas por la SUNAT y el Poder Judicial, así como del Informe Nº 046-2004,AAFyC/MDPy cuadro Resumen de deudas tributarias detectadas del período 1993 al 2002; declaración testimonial de la ex Tesorera de la institución, quedando demostrado eldaño ocasionado a la entidad municipal, al no asumir oportunamente el pago de las obligaciones tributarias, ocasionado por deficiente actuación funcional del Con-tador al no haber asegurado y programado oportuna- mente, los pagos a las entidades como SUNAT, y AFPs, infringiendo el Art. 28º, incisos a), d) f) del D. Leg. Nº276. Asimismo la CPPAD/MDP concluye, que el proce- sado Aureliano Julio Quiñonez Mamani, tieneresponsabilidad administrativa por los cargos formula- dos en la Resolución de Alcaldía Nº 087-2004-A/MDP y en aplicación de los Arts. 150º, 151º, 152º, 153º y 154ºdel D.S. Nº 005-90-PCM, y de acuerdo a lo opinado por los miembros integrantes de la Comisión, recomienda al señor Alcalde, imponer una sanción disciplinaria desdesuspensión por un año, hasta la destitución de conformi- dad con el Art. 162º del D.S. Nº 005-90-PCM, así mis- mo recomienda que el órgano competente inicie lasacciones civiles y penales al haber permitido que la Municipalidad Distrital de Pachia se perjudique econó- micamente. Finalmente, recomienda al señor Alcalde, solicitar la intervención de la Contraloría General de la República, para que realice una Auditoría Externa del período 1999al 2002 e incluso del presente período del 2003 al 2004, a fin de hallar responsabilidades penales y civiles, de quienes resulten responsables. Por lo que, estando el D. Leg. Nº 276, D.S. Nº 005- 90-PCM y la facultad que otorga al señor Alcalde la Ley Nº 27972 - Orgánica de las Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer sanción disciplinaria a don Aureliano Julio Quiñonez Mamani, consistente en la destitución, al haberse determinado su responsabili-dad en los cargos formulados mediante Resolución de Alcaldía Nº 087-2004-A/MDP y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente re-solución. Artículo Segundo.- Elevar la presente Resolución al procurador público en asuntos de Gobiernos Locales,así como transcribir la presente resolución a la Presiden- cia del Consejo de Ministros, agregando la presente Resolución en su file personal. Regístrese, comuníquese y archívese. MAURICIO MAQUERA LLANQUE Alcalde 23904 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJÁN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 665-2004-MDP Paiján, 27 de diciembre del 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJÁN VISTO: El Expediente Nº 933-2004, e Informe Legal; CONSIDERANDO:Que el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe quelos Gobiernos Locales son entidades básicas de organi- zación territorial del Estado y gozan de autonomía polítí- ca, económica y administrativa en asuntos de su com-petencia. Asimismo la autonomía predicha en la Consti- tución Política del Estado para las Municipalidades radi- ca en la facultad de ejercer actos de gobiernos, Adminis-trativos y de Administración con sujeción a ley; Que corresponde a la Municipalidad promover la ade- cuada prestación de los servicios, lograr el bienestar delas personas y respeto de su dignidad; Que en el Diario Oficial El Peruano de fecha 22 de diciembre de 2004 la municipalidad pública primera con-vocatoria de adjudicación directa pública la misma que se va a llevar a cabo desde el 22/12/04 hasta el 7/1/05, más el tiempo que demandaría el consentimiento del otor-gamiento de la buena pro y la suscripción del contrato, por el plazo aproximado hasta el 20 de enero de 2005; Que, durante el tiempo que demande el proceso de selección se va a generar un desabastecimiento en la entrega del producto del vaso de leche a los beneficia- rios, generando una situación de emergencia y urgenciadebido que los niños van a quedar sin su alimentación que corresponde, poniendo en peligro la Salud y subsis- tencia con graves consecuencias sociales que se de-ben evitar; Que, mediante los artículos 19º inciso C) 22º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado y su Reglamento artículos 106º y 108º corresponde al titular del pliego actuar inmediata- mente a causa de acontecimientos o situaciones quesupongan grave peligro la salud e integridad de los niños o de necesidades para los beneficiarios del programa de vaso de leche. Corresponde a la entidad exonerar latramitación del expediente y ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento produ- cido y la necesidad sobrevenida como es de la urgenciasobrevenida en esta entidad por el proceso de adjudica- ción directa pública; Estando a lo expuesto y a las atribuciones que con- fiere al Titular del Pliego, al Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". Con criterio de equidad y justicia social; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la adquisición de insumos, del programa de vaso de leche para su co- rrespondiente abastecimiento a los beneficiarios de esta municipalidad, por situación de urgencia sobrevenida aconsecuencia del proceso de convocatoria de Adjudica- ción Directa Pública de los insumos para el período co- rrespondiente de enero a diciembre 2005, la misma quese llevará a cabo del 22 de diciembre 2004 hasta el 20 de enero 2005 aproximadamente. Artículo Segundo.- NOTIFICAR a Abastecimien- tos, Tesorería, Gerencia y al Comité de Adquisiciones de esta entidad para conocimiento. Artículo Tercero.- Cúmplase con la publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme a Ley. Artículo Cuarto.- DEROGAR las normas que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO H. VALQUI CASTREJÓN Alcalde 23858