Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2005 (02/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de enero de 2005

COGNOSCITIVO ORGANICOS, TRASTORNO ORGANICO DE LA PERSONALIDAD; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047 - 2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE Articulo 1º.- Autorizar la evacuacion del Tte. Art. "R" MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND - USA, para continuar con su tratamiento medico altamente especializado, acompanado de su senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por un periodo de Quince (15) dias, a partir del 15 al 29 de enero del 2005. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para la evacuacion, por el periodo de duracion de la misma, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Articulo 3º.- Los gastos de tratamiento medico, medicinas y hospitalizacion seran sufragados por la Direccion de Salud del Ejercito. Articulo 4º.- El Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio o termino de la autorizacion de viaje sin exceder el plazo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 23830

JAS, con acompanante, a fin de recibir Tratamiento Medico Altamente Especializado a efectuarse en el HOSPITAL MONTE SINAI, de la MORDAZA de MIAMI, Estado de MORDAZA - ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, por el periodo de quince (15) dias a partir del 1 de enero del 2005. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para la evacuacion, por el periodo de duracion de la misma, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Articulo 3º.- Los gastos de tratamiento medico, medicinas y hospitalizacion seran sufragados por la Direccion de Salud del Ejercito. Articulo 4º.- El Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio o termino de la autorizacion de viaje sin exceder el plazo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 23831

Autorizan viaje de MORDAZA de Infanteria EP para participar en el Intercambio de Oficiales de Inteligencia del Ejercito del Peru y el Ejercito Nacional de la Republica de Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1479-2004-DE/CCFFAA MORDAZA, 28 de diciembre de 2004 Visto la Hoja de Recomendacion Nº 1011-EMCFFAA/ D2/INTG del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas nombra al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DODERO MORDAZA DE MORDAZA, para el relevo del Oficial Superior que se encuentra en MORDAZA Colombia, y continuar con el Intercambio de Oficiales de Inteligencia a realizarse del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005, de acuerdo al Acta Final de la II Reunion del Grupo Bilateral de Trabajo de Defensa del Peru-Colombia, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de las Fuerzas Armadas. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicio en el Extranjero, al MORDAZA de Infanteria EP MORDAZA MORDAZA DODERO MORDAZA DE MORDAZA, para que participe en el Intercambio de Oficiales de Inteligencia del Ejercito del Peru y el Ejercito Nacional de la Republica de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Leticia-Colombia, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Articulo 3º.- El mencionado Oficial revistara en el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejercito, por el periodo que dure la Comision del Servicio.

Autorizan viaje de oficial EP a hospital de EE.UU. para recibir tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1478-2004/DE/EP/DP/SDAPE/INF-1 MORDAZA, 28 de diciembre de 2004 Visto la Hoja de Recomendacion Nº 022 Q-10/.c./6/ 15.07.01 del 03 DIC 2004, del Director de Salud del Ejercito; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Director de Salud del Ejercito, recomienda el viaje del senor General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MIAMI, Estado de MORDAZA - ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, a fin de recibir Tratamiento Medico Altamente Especializado en el HOSPITAL MONTE SINAI, por el periodo de quince (15) dias; Que, el citado Oficial General presenta el siguiente diagnostico: ACCIDENTE CEREBRO VASCULAR (ACV) ISQUEMICO INFARTO FOCAL TEMPORAL IZQUIERDO. ARRITIMA CARDIACA REVERTIDA. SECUELA:: DISFACIA. FIBRILACION AURICULAR, siendo necesario autorizar su Tratamiento Medico Altamente Especializado en el referido hospital; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del senor General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA RO-

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