Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2005 (04/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G33/G39/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de enero de 2005 de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos municipales; Que, el Concejo Distrital de La Victoria, ejerce su función normativa, mediante sus Ordenanzas que tie- nen rango de Ley, de conformidad con lo establecido por el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Políticadel Perú; Que, el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, estable-ce que corresponde al Concejo Municipal: crear, modifi- car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Lo-cales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señale la ley; Que, con la Ordenanza Nº 037-04-MDLV publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de noviembre del 2004, se estableció un Beneficio Especial Tributario a loscontribuyentes del distrito, consistente en la condona- ción de los intereses, moras y reajustes originados por el no pago de los tributos vencidos hasta el año 2003;considerándose como fecha límite para el acogimiento a este Beneficio el 6 de diciembre del 2004, delegándose al señor Alcalde la potestad de ampliarlo extraordinaria-mente hasta el 31 de diciembre del 2004, si así lo consi- derase conveniente; Que, con el Decreto de Alcaldía Nº 034-04-ALC/MDLV, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de diciem- bre del 2004, se amplió el Beneficio otorgado con la Or- denanza Nº 037-04/MDLV hasta el 22 de diciembre del2004; Que, el Director de Rentas en su informe de vistos manifiesta que la suspensión de actividades administra-tivas de atención al público en la Municipalidad de La Victoria, ha imposibilitado solicitar la ampliación del Be- neficio Especial Tributario hasta el 31 de diciembre del2004 tal y conforme le fue facultado al señor Alcalde, por lo que solicita se amplíe del 3 de enero al 15 de enero del 2005, la vigencia del Beneficio Especial Tributario apro-bado mediante Ordenanza Nº 037-04/MDLV, en los mis- mos términos en que fuera otorgada; Que, el Director de Asesoría Jurídica con el informe de vistos, señala que los argumentos esgrimidos por el Director de Rentas son válidos y se encuentran enmarca- dos en la normatividad vigente, opinando por la proce-dencia de la aprobación del Proyecto de Ordenanza; Que, las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales, en suDictamen Conjunto de Vistos, recomiendan al Pleno del Concejo Municipal la aprobación del Proyecto de Orde- nanza; Que, estando a las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 8) y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des - Ley Nº 27972; el Concejo, en la forma reglamenta- ria, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lec- tura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLÍAN BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO APROBADO CON ORDENANZA Nº 037-04/MDLV Artículo Primero.- AMPLÍESE del 3 al 15 de enero del año 2005, el Beneficio Especial Tributario aprobado con Ordenanza Nº 037-04/MDLV, por la que se condo-nan los intereses, moras y reajustes originados por el no pago de los tributos vencidos hasta el año 2003. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Ren- tas el cumplimiento de la presente Ordenanza; y, a la Dirección de Imagen Institucional su publicidad y difu- sión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 00045MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 139-2004-MSI San Isidro, 14 de diciembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Vistos, en Sesión Extraordinaria de la fecha, los In- formes Nº 952-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Ase- soría Jurídica de fecha 13 de diciembre de 2004 y el Nº 255-2004-14-OPP/MSI de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto, de fecha 9 de diciembre de 2004, sobre aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Políticadel Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos adminis- trativos y de administración, con sujeción al ordenamientojurídico; Que, son atribuciones del Concejo Municipal entre otros, el de aprobar el Presupuesto Anual y sus modifi-caciones dentro de los plazos señalados por la Ley; Estando a lo opinado por los Dictámenes Nº 047- 2004-ADM-FIN/MSI y Nº 076-2004-CAJ/MSI, de lasComisiones de Administración y Finanzas y Asuntos Jurídicos, respectivamente y de conformidad a lo dis- puesto en el inciso 16) del Artículo 9º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura, para el Año Fiscal 2005, con una asig- nación de recursos de S/. 88,670,942 (Ochenta y Ocho Millones Seiscientos Setenta Mil Novecientos Cuarentay Dos y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Acuerdo a la Oficina de Planeamiento y Presu-puesto. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 00023 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G65/G6D/G70/G6F/G2D /G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G30/G31/G2D/G4D/G53/G53 ORDENANZA Nº 213-MSS Santiago de Surco, 30 de diciembre de 2004EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 201-MSS publicada el 23OCT2004, se aprobó el "Beneficio Temporal de Regu-