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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2005 (04/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G33/G39/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de enero de 2005 das para dicho fin, y en calidad de responsables solida- rios, los propietarios de los referidos vehículos; Que el artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal señala que las tasas porparqueo vehicular son aquellos tributos que debe pagar todo aquel que estacione su vehículo en las zonas comer- ciales o de alta confluencia vehicular, establecidas paratal efecto por la Municipalidad Distrital, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva; En el caso de la provincia de Lima, debe tenerse en consideración que el artículo 7º de la Ordenanza Marco de la Tasa por Parqueo Vehicular, aprobada por Orde- nanza Nº 212, dispone que en caso se establezcan es-tacionamientos en vías arteriales y colectoras la Munici- palidad Distrital deberá contar con la autorización co- rrespondiente expedida por la Dirección Municipal deTransporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima (DMTU); Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 083-MSI se- ñala que las zonas de estacionamiento vehicular que se detallan en el Anexo I de la referida Ordenanza, el cual establece las zonas y el número de espacios en loscuales se prestaría el servicio de estacionamiento vehicular; Que, mediante Oficio Nº 520-04-MML/DMTU-DGTO- DSZ del 21 de agosto de 2004, la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, informa de la evaluación efectuada a las vías me-tropolitanas (expresas, arteriales y colectoras) propues- tas por la Municipalidad Distrital de San Isidro a efectos de la prestación del servicio de estacionamiento vehicu-lar. Sobre este punto cabe anotar que la Dirección Muni- cipal de Transporte Urbano autoriza la prestación del servicio en las vías metropolitanas previamente propues-tas por la referida Municipalidad; Que, en relación a las demás vías y zonas propues- tas en el Anexo I de la Ordenanza Nº 083-MSI, es preci-so señalar que las mismas ostentan la calidad de vías locales ubicadas en zonas comerciales del distrito, mo- tivo por el cual no existe impedimento legal alguno parala implementación del servicio de estacionamiento vehi- cular en las mismas por parte de la Municipalidad Distri- tal de San Isidro; Que, en lo que se refiere a la distribución del costo del servicio entre los contribuyentes, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 083-MSI establece una tasa única deestacionamiento de vehículos cuyo monto asciende a S/. 0.50, la cual permite un aprovechamiento del servicio por treinta (30) minutos o fracción. Cabe anotar que elcobro de la tasa se efectuará de lunes a sábado en el horario de 08:00 a 21:00 horas. Asimismo, el artículo 5º de la citada Ordenanza señala que las personas quelaboren en oficinas situadas frente a las zonas de esta- cionamiento vehicular podrán reemplazar el pago de la tasa establecida en el párrafo anterior, adquiriendo unbono ascendente a S/. 90.00 que le permitirá un aprove- chamiento por espacio de un mes; Que, en lo que se refiere a inafectaciones, el artículo 7º de la Ordenanza Nº 083-MSI señala que se encuen- tran inafectos al pago de la tasa por estacionamiento vehicular las ambulancias, las unidades del Cuerpo deBomberos Voluntarios del Perú y los vehículos de pro- piedad de residentes del distrito que se estacionen fren- te a sus viviendas, siempre que éstas se encuentrenubicadas en las zonas y vías establecidas en el Anexo I de la citada Ordenanza; Que, en lo que se refiere al aspecto técnico, mediante la Ordenanza Nº 083-MSI la Municipalidad Distrital de San Isidro estableció que la tasa que debe pagar el conductor por cada media hora o fracción es de S/. 0.50 (cincuentacéntimos de nuevo sol). Cabe señalar que las zonas ha- bilitadas para el servicio de acuerdo a la evaluación técni- ca de la Dirección Municipal de Transporte Urbano, sedetallan en el Anexo Nº 1 de la citada Ordenanza; Que, se verificó que en la estructura de costos se ha considerado los siguientes rubros: Mano de obra, mate-riales, uniformes, costos por servicios básicos, entre otros. De acuerdo a la información presentada por la Municipalidad, el costo del servicio anual asciende aS/. 2,253,594.12. En ese sentido, para determinar la prestación efectiva del servicio la Municipalidad ha considerado 2,416 espacios diarios habilitados paraestacionamiento de lunes a sábado, los mismos que están a disposición de los usuarios en el horario de 8:00 a.m. a 9:00 p.m. por todo el año;Que, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad Distrital de San Isidro en la prestación efectiva del servicio se ha efectuado la estimación de ingresos por tasa de estacionamientovehicular derivados del uso efectivo de los espacios habilitados, la misma que al año asciende a S/. 2,095,691.50. Estos ingresos permiten financiar el 93.0%de los costos, observándose un déficit de S/. 157,902.62, el cual deberá cubrirse con otros ingresos municipales; Que, en lo que se refiere a la publicidad de las nor- mas municipales, es preciso anotar que el artículo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone la obligación de las Municipalidades Distritalesque conforman la provincia de Lima de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus Ordenanzas, Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del Alcaldey dietas de los Regidores; Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de San Isidro publicó en el Diario Oficial El Peruano laOrdenanza Nº 083-MSI el día 1 de diciembre de 2004. No obstante, cabe anotar que la referida Municipalidad no ha cumplido con publicar el Anexo I de la citada nor-ma, situación que se mantiene pendiente a la fecha del presente Acuerdo, por lo que, la procedencia de la pre- sente solicitud de ratificación se encuentra condicionadaal cumplimiento de la publicación del Anexo I de la Orde- nanza Nº 083-MSI; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 083- MSI, mediante la cual se establece la Tasa de Estaciona- miento Vehicular en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Ratifica- ción entrará en vigencia, cuando la Municipalidad Distri- tal de San Isidro cumpla con publicar en el Diario OficialEl Peruano el Anexo I de la Ordenanza Nº 083-MSI, en la que se detallan las vías y zonas habilitadas para la pres- tación del servicio. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 00025 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G37/G2D/G30/G34/G2F/G4D/G44/G4C/G56 ORDENANZA Nº 044-04/MDLV La Victoria, 30 de diciembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Orden del Día de la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 30 de diciembre del2004, el Informe Nº 214-04-DR/MDLV, de fecha 17 de diciembre del 2004, emitido por el Director de Rentas, por el que solicita la ampliación del Beneficio EspecialTributario aprobado con Ordenanza Nº 037-04-MDLV; el Oficio Nº 883-04-DAJ/MDLV de fecha 23 de diciembre del 2004, formulado por el Director de Asesoría Jurídica,y el Dictamen Conjunto Nº 010-2004-CR-CPPPAL/MDLV del 23 de diciembre del 2004, formulado por las Comisio- nes Permanentes de Rentas y de Planificación, Presu-puesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú con el que concuerda el artículo II del Título Prelimi- nar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos