Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2005 (04/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 4 de enero de 2005

De conformidad con lo previsto en el articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General, NIVEL F-5, de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, al Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA WAKEHAM MAGGIOLO, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00034

Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 561-2004-SA-DVM MORDAZA, 29 de diciembre de 2004 Visto el Informe Nº 054-2004-CEPAD/MINSA de fecha 14 de diciembre de 2004 emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD) de la Sede Central del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que del analisis del Informe Nº 037-2003-02-0191EE-OECNTS/IG/MINSA"Examen Especial al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0185-2002-PAAG del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion PAAG del Ministerio de Salud", asi como del Informe Nº 054-2004-CEPAD/MINSA de fecha 14 de diciembre de 2004, se desprende la necesidad que los ex funcionarios involucrados MORDAZA sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario de acuerdo a las observaciones pertinentes efectuadas en el informe de control aludido, materializadas en irregularidades consistentes en: Sobrevaloracion de precios por el importe de S/. 1'804,320.00 Nuevos Soles en productos adquiridos mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0185-2002-PAAG "Adquisicion de Medicamentos, Insumos y Equipamiento", debido a causas como el haber cursado invitaciones a proveedores que no reunian condiciones minimas para atender el volumen del requerimiento efectuado en el MORDAZA de adjudicacion de medicamentos, insumos y equipamiento y a la existencia de vinculos de parentesco entre los postores que obtuvieron la buena pro en el cuestionado MORDAZA (Observacion 01); asi tambien, se determino que los valores referenciales incluidos en las bases del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0185-2002-PAAG, no fueron elaborados formal ni tecnicamente por la Oficina de Logistica del PAAG y tampoco fueron remitidos al Comite Especial (Observacion 02); tambien se determino una distorsion en la ejecucion del MORDAZA de adjudicacion la cual ocasiono dilacion en la atencion de los damnificados del sur del MORDAZA por situacion de emergencia, por cuanto en lugar de adoptarse acciones rapidas que eran requeridas por tratarse de una situacion de emergencia, muy por el contrario se invito a 17 empresas que no tenian capacidad economica ni la infraestructura fisica necesaria, ademas se elaboraron contratos que debido a los terminos establecidos en ellos originaron que en la practica los proveedores entregaran los medicamentos despues de 120 dias, aunado a esto el hecho que a la fecha de elaboracion del examen se encontraba pendiente de distribucion y desde hacia mas de 10 meses, medicamentos e insumos almacenados por S/. 8' 874,640.50 Nuevos Soles por parte del PAAG para atender la emergencia ocurrida en los departamen-

tos del sur del MORDAZA (Observacion 03); finalmente se evidencio que del total adquirido mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia Nº 0185-2002-PAAG, las empresas proveedoras de veintidos (22) productos, no tenian autorizacion de DIGEMID para utilizar los respectivos registros sanitarios (Observacion 04), todo lo cual supondria la inobservancia de los deberes contenidos en los literales a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, generandose la existencia de faltas administrativas disciplinarias debidamente tipificadas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la MORDAZA acotada; Que segun el literal "f " del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, son atribuciones del Sistema Nacional de Control el "emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes"; Que por otro lado, las recomendaciones establecidas en un informe de control emitido por cualquier Organo del Sistema Nacional de Control, como es el caso, son de obligatoria implementacion, bajo responsabilidad, segun lo dispone el articulo 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Que tales hechos deben de ser analizados y examinados dentro de un MORDAZA administrativo disciplinario donde se pueda discernir la responsabilidad administrativa de los ex funcionarios comprendidos; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Ramo en el Informe Nº 1425-2004-OGAJ/MINSA; y, De conformidad con lo establecido en los articulos 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00590-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario contra MORDAZA MORDAZA Chong Chung (observaciones 01, 02, 03 y 04), MORDAZA Efilio MORDAZA MORDAZA (observacion 03), MORDAZA MORDAZA Jo MORDAZA (observacion 03), donde se ventilen las responsabilidades que eventualmente les atanen, previa evaluacion de los descargos correspondientes y los demas requerimientos de ley. Articulo 2º.- Proceder a efectuar la notificacion correspondiente en forma personal, o, en su defecto, con las formalidades contempladas por ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA HENRRY MORDAZA SAKODA Viceministro de Salud 00028

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Establecen conformacion de MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para el ano judicial 2005
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 001-2005-P-CS MORDAZA, 3 de enero del 2005 CONSIDERANDO: Que, es atribucion del Presidente del Poder Judicial designar a los vocales que integraran las MORDAZA Jurisdic-

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