Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2005 (08/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 8 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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so y, que los plazos establecidos en el MORDAZA normativo vigente para las adquisiciones y contrataciones del Estado, no permiten la ejecucion de dichos fondos MORDAZA el vencimiento del plazo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE; habiendose ya iniciado las acciones conducentes a la adquisicion de los materiales de pesca requeridos; Que a traves del Oficio Nº 3574-2004-PRODUCE/ DNPA-Dpp del 28 de diciembre del 2004, la Direccion Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de la Produccion informo sobre el hecho expresado en el considerando anterior; por lo que solicito se evalue y gestione el dispositivo ampliatorio correspondiente, teniendo en cuenta que los resultados determinaran el MORDAZA de adecuacion de los armadores cerqueros artesanales en el ambito jurisdiccional de la Region Tumbes; Que en consecuencia es necesario ampliar el plazo previsto en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE por las razones expuestas en los considerandos precedentes, asi como para garantizar la continuidad de las actividades pesqueras en el MORDAZA el Regimen Especial de Pesca aprobado por Resolucion Ministerial Nº 309-2003-PRODUCE, para cuyo efecto tambien se considera conveniente adecuar la normatividad que regula dicho regimen; Que asimismo y considerando las caracteristicas particulares de los recursos hidrobiologicos que sustentan las actividades extractivas artesanales y de menor escala en el ambito jurisdiccional maritimo de la region Tumbes, se considera necesario contar con un reglamento de ordenamiento pesquero, como instrumento de gestion, promocion y regulacion de la pesqueria regional; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE; Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE en sesenta (60) dias. Articulo 2º.- El Instituto MORDAZA del Peru debera alcanzar el informe correspondiente sobre las evaluaciones de la operatividad de las redes de cerco con la longitud de malla dispuesta en el articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE, debiendose determinar de acuerdo a los resultados obtenidos, las medidas de ordenamiento asociadas al uso de las redes de la flota pesquera de cerco que opera en el litoral de Tumbes. Articulo 3º.- Modificar el primer parrafo del articulo 6º de la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE, en los siguientes terminos: "Articulo 6º.- Las embarcaciones pesqueras que MORDAZA materia de suspension temporal del Regimen Especial a nivel regional por la Direccion Regional de la Produccion de Tumbes, deberan cumplir dicha suspension en el fondeadero que determine la Autoridad Maritima." Articulo 4º.- Modificar el subtitulo que precede al literal g) del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 309-2003-PRODUCE, en los siguientes terminos: "Actividades extractivas artesanales y de menor escala con redes de cerco, arrastre de fondo y arrastre de media agua". Articulo 5º.- Constituir la Comision encargada de la formulacion del proyecto de Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala en el Ambito Jurisdiccional de la Region Tumbes, la misma que estara integrada por: - Un representante del Despacho Viceministerial de Pesqueria, quien la presidira; - Un representante del Gobierno Regional de Tumbes; - El Director Regional de la Produccion de Tumbes, quien actuara como Secretario Tecnico de la Comision;

- Un representante de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal; - Un representante de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero; - Un representante de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia; - Un representante del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE; - Un representante de la Capitania de Puerto de Zorritos; - Dos (2) representantes de las organizaciones sociales de pescadores artesanales que operan con aparejos de pesca de linea y red cortinera de la Region Tumbes; - Un representante de las organizaciones sociales de pescadores artesanales que operan embarcaciones con redes de cerco y arrastre de la Region Tumbes; y, - Un representante de los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que operan con redes de cerco y se han inscrito en la Direccion Regional de la Produccion de Tumbes, conforme al articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 404-2004-PRODUCE. En un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, los organos conformantes de la mencionada Comision, deberan acreditar a sus representantes. La mencionada Comision podra invitar a participar, para la elaboracion del Reglamento citado, a representantes de la Universidad Nacional de Tumbes, Instituciones y especialistas sobre la materia, que se consideren necesarios. Articulo 6º.- En un plazo no mayor de 120 dias, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, la Comision constituida en el articulo precedente, alcanzara al Despacho del Ministro de la Produccion para su aprobacion, la propuesta del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala en el Ambito Jurisdiccional de la Region Tumbes. Articulo 7º.- Las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento Control y Vigilancia y de Pesca Artesanal del Ministerio de la Produccion; el Instituto MORDAZA del Peru; la Direccion Regional de la Produccion de Tumbes y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 00348

Constituyen Comision encargada de evaluar la aplicacion del Regimen Especial de Pesca en la MORDAZA de Frontera del dominio maritimo del litoral de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2005-PRODUCE MORDAZA, 7 de enero del 2005 Visto el Oficio Nº 1526-2004-PRODUCE/DVM-PE del 7 de diciembre del 2004, el mismo que informa sobre el Regimen Especial de Pesca para la extraccion del recurso anchoveta en la MORDAZA Sur - D.S. Nº 037-2003PRODUCE. CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, los recursos

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