Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2005 (08/01/2005)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, sabado 8 de enero de 2005

hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que el Articulo 9º de la citada Ley, contempla que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, la autoridad pesquera determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros; Que mediante el Decreto Supremo Nº 037-2003PRODUCE, se establecio un Regimen Especial de Pesca del recurso anchoveta Engraulis ringens para las embarcaciones cerqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente, en la MORDAZA comprendida entre los 16° 00' S y el extremo sur del dominio maritimo del Peru por un periodo de un ano; Que por Decreto Supremo Nº 008-2004-PRODUCE, se suspendio el Regimen Especial de Pesca citado en el considerando anterior por un periodo de 90 dias calendario, constituyendose una Comision encargada de evaluar su aplicacion y efectuar las recomendaciones correspondientes sobre su implementacion; Que mediante los Decretos Supremos Nºs. 0152004-PRODUCE y 020-2004-PRODUCE, se prorrogo sucesivamente la suspension del Regimen Especial de Pesca del recurso anchoveta, efectuada por el Decreto Supremo Nº 008-2004-PRODUCE, asi como el plazo para que la Comision creada por la citada MORDAZA, presente su informe de evaluacion del Regimen Especial de Pesca y efectue las recomendaciones correspondientes; Que mediante Oficio Nº 1526-2004-PRODUCE/DVMPE del 7 de diciembre del 2004, el Viceministro de Pesqueria del Ministerio de la Produccion y Presidente de la Comision MORDAZA mencionada, informo sobre el desarrollo de los trabajos efectuados y dio a conocer el interes del Gobierno Regional de Tacna de efectuar una mesa de dialogo sobre la conveniencia o no de continuar con dicho Regimen; habiendose suscrito el 24 de noviembre del 2004 un Acta de Compromiso formal de realizar las acciones necesarias al mas breve plazo, orientadas a viabilizar la aplicacion de un Regimen Especial de Pesca en la MORDAZA de Frontera del dominio maritimo del litoral de Tacna, con la finalidad de explotar y preservar racionalmente los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales de dicho litoral, en beneficio del interes nacional y de la poblacion pesquera artesanal de dicha Region; Que es necesario crear una Comision encargada de evaluar los alcances de la aplicacion de un Regimen Especial de Pesca en la MORDAZA de Frontera, con el proposito de evaluar los aspectos tecnicos, economicos y sociales relacionados al recurso anchoveta y su pesqueria en dicha region, que permita garantizar el desarrollo pesquero sostenible y la adopcion de un adecuado regimen de ordenamiento pesquero, sobre la base de incorporar los principios de la pesca responsable; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase la Comision encargada de evaluar la aplicacion del Regimen Especial de Pesca en la MORDAZA de Frontera del dominio maritimo del litoral de Tacna, con el objeto de evaluar los aspectos tecnicos, economicos y sociales relacionados al recurso anchoveta y su pesqueria en dicha region, que permita garantizar el desarrollo pesquero sostenible y la adopcion de un adecuado regimen de ordenamiento pesquero, sobre la base de incorporar los principios de la pesca responsable, asimismo efectuar las recomendaciones correspondientes. La Comision estara conformada de la siguiente manera:

- El Viceministro de Pesqueria, quien la presidira. - Dos (2) representantes del Gobierno Regional Tac- El Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion; - El Director Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de la Produccion; - El Director Regional de Produccion de la Region Tacna; y, - El Director Cientifico del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE. Articulo 2º.- La Comision constituida en el articulo 1º de la presente resolucion tendra un plazo MORDAZA de setenta y cinco (75) dias para alcanzar al Despacho Ministerial de Produccion el informe con las recomendaciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 00349

RELACIONES EXTERIORES
Trasladan a Embajador para prestar funciones de su categoria en la Cancilleria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0007-2005-RE MORDAZA, 6 de enero de 2005 VISTA: La Resolucion Ministerial Nº 0041/RE de fecha 3 de febrero de 2000, que traslada al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, a la Embajada del Peru en MORDAZA, Estados Unidos de America; La Resolucion Suprema que promueve a la categoria de Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, al Ministro MORDAZA MORDAZA Popolizio Bardales; CONSIDERANDO: Que el articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 523-1996-RE, de 29 de agosto de 1996, establece que es funcion del Ministro de Relaciones Exteriores designar al personal que ocupe cargos en la Cancilleria, asi como proponer al Presidente de la Republica los nombramientos de Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios; Que habiendo sido promovido el Ministro MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA a la categoria de Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, es necesario trasladarlo a cumplir funciones de su categoria al Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con el articulo 13º literal a) y a la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y los articulos 64º literal a), 90º, 185º literal c) y 189º literal b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Trasladar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, a prestar funciones de su categoria en la Cancilleria. Articulo Segundo.- Fijar el 15 de febrero de 2005, como fecha en que el citado funcionario diplomatico debera asumir funciones de su categoria en la Cancilleria. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por

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