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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de enero de 2005 los actos de corrupción que se conozcan, entre otros temas vinculados con el desarrollo de los Valores contemplados en el Código de Ética de la SUNARP. Artículo 2º.- Establecer que, en adelante, los even- tos de capacitación correspondientes al Programa "Agenda SUNARP", consideren en su programación te- mas referidos a la lucha contra la corrupción y al desa-rrollo de los Valores contemplados en el Código de Ética de la SUNARP. Artículo 3º.- Intensificar a nivel nacional el desarro- llo del Premio a los Valores SUNARP. Regístrese, comuníquese y publíquese.RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 00432 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 /G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G45/G73/G74/G61/G74/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 005-2005-SUNARP/SN Lima, 7 de enero de 2005VISTO, el Oficio Nº 1093-2004-Z.R.Nº VII/JEF, remi- tido por el Jefe de la Zona Registral Nº VII - Sede Huarazy los Informes Técnicos Legales mediante los cuales el Comité de Gestión Patrimonial de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz determina que es procedente realizarla donación de bienes muebles dados de baja a favor de diversos Centros Educativos Estatales; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, teniendo en cuenta la importancia fundamental para el país de promover el desarrollo educativo y en el marco de las normas vigentes, ha considerado la posibi-lidad de donar diversos bienes a favor de Centros Edu- cativos Estatales de limitados recursos; Que, mediante Oficio Nº 1515-2002-Z.R.Nº VII-SH/ GAF/JEF de fecha 17 de diciembre de 2002, se remite a la Superintendencia de Bienes Nacionales la documen- tación del procedimiento de baja de los bienes mueblesde la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz; Que, a través de Oficio Nº 070-2004-Z.R.Nº VII-GAF de fecha 5 de abril de 2004, se remite al Director de laUnidad de Gestión Educativa Local de la provincia de Huaraz, copia de la Resolución Jefatural Nº 332-2002- Z.R.Nº VII/JEF en la que se aprueba la baja de 64 bienespatrimoniales de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz, información remitida en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º numeral 3.3 del Reglamento de la Ley Nº27995, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004- EF, que establece procedimientos para la transferencia de los bienes muebles dados de baja por las EntidadesEstatales a favor de los Centros Educativos Estatales de las zonas en extrema pobreza; Que, mediante Oficio Nº 1070-2004-ME/RA-DREA- UGELHZ-D, la Unidad de Gestión Educativa Local de la provincia de Huaraz informó que el día 25 de mayo del 2004 remitiría la lista de Centros Educativos Estatales ala Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz; sin embargo, al no recibir dicha información, la Zona Registral procedió a designar directamente a los Centros Educativos Esta-tales beneficiados con la donación de bienes muebles, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4º, numeral 4.3 del Reglamento de la Ley Nº 27995; Que, en virtud de lo antes señalado, la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz ha determinado que los Centros Edu- cativos Estatales que van a ser beneficiados con la dona-ción de bienes muebles son los siguientes: Colegio Nº 86047 José Carlos Mariátegui de Olleros, Huaripampa; Centro Educativo Nº 86113 de Ancash; Colegio Nº 86128 CoronelLeoncio Prado de Yupash - Pira; Centro Educativo Nº 86694 de Tacllán; Centro Educativo Inicial Nº 268 del Centro Po- blado de Marián; Centro Educativo Inicial Nº 88232 de Mi-ramar; Centro Educativo Inicial Nº 88217 de Alto Perú; Co- legio Nacional Marcos Evaristo Villacré y el Centro Educa- tivo Nº 88333 de El Castillo; Que, los bienes muebles que van a ser donados se encuentran detallados en los anexos adjuntos, de acuerdo a los Informes Técnicos Legales que forman parte inte- grante de la presente Resolución; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 56º, numeral 2 del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacio- nes de bienes patrimoniales de la SUNARP, y a lo seña-lado en el artículo 7º, literal w) del Reglamento de Orga- nización de Funciones de la SUNARP; y, En uso de las atribuciones conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la transferencia, a favor de los siguientes Centros Educativos Estatales: Colegio Nº 86047 José Carlos Mariátegui de Olleros, Huaripampa;Centro Educativo Nº 86113 de Ancash; Colegio Nº 86128 Coronel Leoncio Prado de Yupash - Pira; Centro Educativo Nº 86694 de Tacllán; Centro Educativo Inicial Nº 268 delCentro Poblado de Marián; Centro Educativo Inicial Nº 88232 de Miramar; Centro Educativo Inicial Nº 88217 de Alto Perú; Colegio Nacional Marcos Evaristo Villacré y el Centro Edu-cativo Nº 88333 de El Castillo; bajo la modalidad de dona- ción, de los bienes muebles detallados en los anexos ad- juntos, de acuerdo a los Informes Técnico Legales Nº 01,02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09-2004Z.R.Nº VII/CGP de fecha 10 de agosto del 2004, los cuales forman parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar al Gerente de Admi- nistración y Finanzas de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz a proceder a la entrega de los bienes mueblesobjeto de donación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a laUnidad de Gestión Educativa Local de la provincia de Huaraz, a las entidades favorecidas y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) 00433 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D /G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65/G2C/G20/G48/G75/G61/G63/G68/G6F/G2C/G20/G42/G61/G72/G72/G61/G6E/G63/G61/G20/G79/G4D/G61/G74/G75/G63/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 00120 Huacho, 7 de enero del 2005 VISTO: Resolución Directoral Regional Nº 000425- 2004 de la Dirección Regional de Educación de Lima - Provincias; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 022-2003-ED, artículo 1º, se crea la Dirección Regional de Educación de Lima - Provincias, dependiente en lo administrativo del Gobierno Regional de Lima y en lo técnico funcional del Ministeriode Educación, cuyo ámbito jurisdiccional comprenderá el departamento de Lima, excepto la provincia de Lima; Que, por D.S. Nº 004-2003-MIMDES, que modificó el D.S. Nº 002-97-PROMUDEH, se estableció que “Los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública estarán conformados por cinco miembros, de los cualesuno (1) corresponde al Ministerio de Educación”; Que, por Resolución Ministerial Nº 1054-2003-ED se delegó a los Directores Regionales, la facultad de designar