Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2005 (11/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado se dio la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante la Resolucion Defensorial Nº 012-2001/DP su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, su Reglamento, a los que en lo sucesivo en la presente Resolucion Administrativa, se les aludira simplemente como la Ley y el Reglamento; Que, con el documento de vistos se solicita declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de Ayacucho; Que, el inciso c) del articulo 19º de la Ley exonera del MORDAZA de Adjudicacion Directa las contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con dicho dispositivo, permitiendo que se efectuen mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme al articulo 20º de la Ley y en concordancia con los articulos 14º, inciso 4), literal b), 105º y 116º de su Reglamento; Que, asimismo el articulo 21º de la Ley establece que se considera Situacion de Urgencia a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados servicios que comprometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que la entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a que la entidad contrate lo necesario solo por el tiempo suficiente para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda por el periodo programado; Que, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento establece que la Situacion de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de contratar lo indispensable para atender la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones definitivas; Que, segun lo expresado por la Oficina de Administracion y Finanzas el dia 13 de diciembre del presente ano se incendio el primer piso del edificio donde se encuentra ubicado el local de la Oficina Defensorial de MORDAZA siendo declarado posteriormente como MORDAZA de alto riesgo por el organo de Defensa Civil de esa MORDAZA, por lo que se requiere arrendar urgentemente otro inmueble; Que, la Oficina de Administracion y Finanzas sustenta la necesidad de proceder a declarar en Situacion de Urgencia, la contratacion del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de MORDAZA por un plazo de tres meses a partir del 1º de enero del 2005, en razon de que su ausencia extraordinaria e imprevisible comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de la atencion de los servicios esenciales que la entidad tiene a su cargo, y en tanto se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente dirigido a contratar un local por el periodo que se requiera; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha cumplido con emitir el Informe Legal respectivo, senalando la adecuacion de la declaracion de Situacion de Urgencia al MORDAZA normativo vigente, de acuerdo con lo solicitado en el referido Informe Tecnico; Que, lo expresado en los informes tecnico y legal justifica la contratacion del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de MORDAZA, mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo dispuesto en el articulo 113º del Reglamento; Que, por consiguiente, producida una Situacion de Urgencia en los terminos del articulo 21º de la Ley y el articulo 108º, inciso 2) de su Reglamento, es procedente autorizar en via de excepcion, la contratacion del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de MORDAZA, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º, Inciso 7) de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP; de con-

formidad con los articulos 19º inciso c), 20º y 21º de la Ley y los articulos 14º, inciso 4), literal b), 105º y 116º de su Reglamento; los articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Urgencia la contratacion del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de MORDAZA, hasta la realizacion de la contratacion definitiva mediante el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Oficina de Administracion y Finanzas alcance la informacion necesaria al Comite Especial Permanente para que este lleve a cabo la respectiva contratacion mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo del 2005, por un Valor Referencial de US$ 3,300.00 (TRES MIL TRESCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose realizar durante ese periodo, asimismo, el MORDAZA de seleccion respectivo para la adquisicion definitiva del servicio de arrendamiento del local de la Oficina Defensorial de Ayacucho. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en funciones 00518

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y la familia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 653-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 14 de octubre de 2004 Vistos, los Oficios Nºs. 4174 y 7954-2004/GP/SGDAC/HYC, el Informe Nº 073-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 1094-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 4 de octubre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvo en el ano 1994 la Inscripcion Nº 10309595, declarando haber nacido en el distrito de MORDAZA con fecha 25 de MORDAZA de 1968; posteriormente, en el ano 1997, solicita tramite de rectificacion de lugar de nacimiento y nombre de la MORDAZA, motivo por el cual declara haber nacido en el distrito de Barranco y con MORDAZA llamada Golfrida, adjuntando como sustento Partida de Nacimiento Nº 1706; Que, con fecha 19 de setiembre del 2001, se efectuo de manera irregular una modificacion en el sistema sin mediar documento sustentatorio alguno, sustituyendose el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el de MORDAZA MORDAZA MORDAZA BRAVO;

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