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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, con Resolución R. Nº 0011-2005-UNFV, de fe- cha 6.01.2005, se declaró la nulidad del proceso de se-lección de Concurso Público Nº 0009-20004-UNFV - “Pin- tado de Locales de la Universidad Nacional Federico Villarrreal, retrotrayendo el mismo hasta la Etapa deConvocatoria, previa revisión, reformulación y aproba- ción de las Bases; Que, en el párrafo in fine del numeral 5 de los antece- dentes de la resolución referida en el considerando que antecede; se consigna el equivalente porcentual de 89,99999998% debiendo ser lo correcto 69,99999998%; De conformidad con el Art. 202.1º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar el párrafo in fine del nu- meral 5 de los antecedentes de la Resolución R. Nº 0011- 2005-UNFV, de fecha 06.01.2005, en el extremo que se consigna el equivalente porcentual de 89,999999998%debiendo ser lo correcto 69,999999998%. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, den-tro de los cinco días siguientes de su expedición. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Trámi- te Documentario de la Secretaría General de la Univer-sidad, notifique la presente resolución a las siguientes personas: Consorcio BUSINESS - INSUHOSP - EMA- SA; Consorcio CUSA - SEGAPESA; AM&B Contratistas;y, ALFONSO QUIÑONES - INGENIERO. Artículo Cuarto.- El Vice Rectorado Administrativo, la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, asícomo el Comité Especial encargado del Concurso Públi- co Nº 0009-20004-UNFV - “Pintado de Locales de la UNFV”, dictarán las medidas necesarias para el cumpli-miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector 00439 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 FONAFE FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 029-2004/022-FONAFE Mediante Oficio Nº 073-2005/DE-FONAFE, la Direc- ción Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Directorio Nº029-2004/022-FONAFE, publicado en la edición del 7 de enero de 2005. En los acuerdos 1, 2 y 3 de la Modificación a la Direc- tiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empre- sas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada medianteAcuerdo de Directorio Nº 029-2004/022-FONAFE; DICE:"1. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 029-2004/022-FONAFE (...)" "2. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 029-2004/022-FONAFE (...)" "3. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 029-2004/022-FONAFE (...)" DEBE DECIR: "1. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE (...)""2. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE (...)" "3. (...) aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE (...)" 00476 SUNARP /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G69/G67/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G2D/G4E/G41/G52/G50/G2C/G20/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G65/G6E/G20/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G73/G20/G61 /G6C/G61/G20/G6C/G75/G63/G68/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G65/G6D/G70/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/GC9/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G55/G4E/G41/G52/G50 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 004-2005-SUNARP/SN Lima, 7 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Perú suscribió en diciembre de 2003 la Con- vención Interamericana contra la Corrupción, habiéndo- se llevado a cabo del 22 al 29 de julio de 2004, la VI Reunión del Comité de Expertos del MESIECIC (Meca-nismos de Seguimiento de la Implementación de la Con- vención Interamericana contra la Corrupción), en la cual se presentó y aprobó el informe sobre los avances efec-tuados por el Perú desde febrero de 2004; Que, en el marco de la VI Reunión del Comité de Expertos del MESICIC, se implementaron una serie derecomendaciones, sobre cuyos avances deberá informarse en la VII reunión de dicho comité; Que, el Ministro de Justicia, ha solicitado la inclusión de temas referidos a la lucha contra la corrupción en los programas de capacitación a los servidores y funciona- rios públicos, en el marco de la política del Sector depromover la transparencia y la lucha contra la corrupción; Que, es función de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos establecer políticas de difusión yde acercamiento del servicio público registral a la comu- nidad, promoviendo el desarrollo sostenido de una cultu- ra registral; Que, mediante Resolución Nº 350-2004-SUNARP/ SN, de fecha 9 de agosto de 2004, se creó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la SUNARP,facultada, entre otras cosas, para apoyar en la lucha contra la corrupción y acceso a la información y promo- ver entre los trabajadores de la institución el desarrollode los valores y principios recogidos en el Código de Ética de la SUNARP; Que, es necesario difundir programas de capacitación y difusión en temas anticorrupción, incluyendo normas de conducta relativas a conflictos de intereses, preserva- ción y uso adecuado de recursos y la responsabilidadde denunciar los actos de corrupción que se conozcan; Que, asimismo, es importante capacitar a los funcio- narios competentes para lograr la más amplia coopera-ción técnica y legal a fin de prevenir, detectar, investigar y sancionar actos de corrupción; Que, es interés de la SUNARP el desarrollo de los valores contemplados en su Código de Ética; Estando a las consideraciones que anteceden y a las facultades que confiere el artículo 7º inciso v) delEstatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que, a partir del presente año, en la programación de eventos de capacitación dirigidos al personal de la SUNARP, organizados por las distintasZonas Registrales a nivel nacional, se consideren te- mas referidos a la lucha contra la corrupción, normas relativas a conflictos de intereses, preservación y usoadecuado de recursos, responsabilidad de denunciar