Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2005 (18/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de enero de 2005

La terminacion del presente Acuerdo no afectara la validez o ejecucion de los programas, proyectos o actividades acordados, los cuales continuaran hasta su culminacion. Hecho en MORDAZA, a los 24 dias del mes de MORDAZA del ano 2003, en dos ejemplares originales en idioma espanol, siendo ambos textos igualmente validos. POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU MORDAZA MORDAZA TIZON Embajador Ministro de Relaciones Exteriores POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ROY CHADERTON MORDAZA Embajador Ministro de Relaciones Exteriores 00946

CONVENIO COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO BASICO DE COOPERACION TECNICA Y CIENTIFICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA RELATIVO AL INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS SOBRE FORMACION PROFESIONAL Y COMPETENCIA LABORAL El Gobierno de la Republica del Peru y El Gobierno de la Republica de Colombia Teniendo en cuenta el Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, firmado el 12 de diciembre de 1997, el cual entro en vigencia en el 2001, con el proposito de fortalecer aun mas las tradicionales y amistosas relaciones existentes entre los dos paises y, conscientes de la importancia que tiene la cooperacion tecnica y cientifica para el desarrollo de los pueblos Peruano y Colombiano. ACUERDAN Articulo I Las partes aunaran esfuerzos que contribuyan al desarrollo institucional de los organismos que ellas designen, a traves de intercambio de experiencias en las diferentes areas de la formacion profesional y competencias laborales. El proposito del presente convenio se alcanzara a traves de Cooperacion Tecnica mutua mediante acciones especificas en los MORDAZA de: Programas de formacion profesional a nivel binacional con intercambios y sin importar la nacionalidad, que permitan la complementariedad para aumentar los potenciales de formacion de los dos paises, Sistema de Gestion de la Calidad en la Formacion Profesional, Sistema de Gestion Ambiental, Formacion por Competencias Laborales, metodologias de diseno curricular, normalizacion y certificacion de competencia laboral, bancos de pruebas e instrumentos de evaluacion de competencias laborales, creacion de empresas innovadoras, desarrollo tecnologico en diferentes sectores, tales como turismo, y tecnologias de la informacion, entre otros. Articulo II Las partes se comprometen a proporcionar la formacion, el perfeccionamiento y/o capacitacion de Directivos, Profesionales, Instructores, Tecnicos, Administrativos, Aprendices y otras personas de las Entidades Ejecutoras y de otras Entidades Gubernamentales y/o Privadas, que MORDAZA presentadas y aceptadas por las partes, a traves de cursos, pasantias, entrenamiento, asesorias y visitas de observacion planificados y programados de comun acuerdo, buscando conseguir efectos multiplicadores y la homologacion y desarrollo conjunto de programas de interes binacional, a traves de las diferentes modalidades de cooperacion que estipula el Articulo IV del Convenio Basico de Cooperacion Tecnico y Cientifica de 1997. Articulo III Las Partes designan, respectivamente, como Entidades Ejecutoras del presente Convenio Complementario al Servicio Nacional de Adiestramiento Industrial SENATI, por la Republica del Peru y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA por la Republica de Colombia. Articulo IV Para la ejecucion de las acciones que resulten de los objetivos del presente Convenio Complementario, las partes convendran planes operativos en los cuales se determinaran las acciones a seguir, la participacion a traves de expertos, asesores, becas, recursos financieros previa disponibilidad de recursos, instalaciones y demas elementos, los sistemas de evaluacion y los medios administrativos para realizar satisfactoriamente dichas acciones de cooperacion bilateral.

Ratifican Convenio Complementario del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica, relativo al Intercambio de Experiencias sobre Formacion Profesional y Competencia Laboral, suscrito con Colombia
DECRETO SUPREMO Nº 004-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio Complementario del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia relativo al Intercambio de Experiencias sobre Formacion Profesional y Competencia Laboral", suscrito el 20 de febrero de 2004, en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio Complementario del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia relativo al Intercambio de Experiencias sobre Formacion Profesional y Competencia Laboral", suscrito el 20 de febrero de 2004, en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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