Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2005 (18/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de enero de 2005 - Dirección de Red Tarma, con 330 cargos, correspondiendo a 257 cargos ocupados y 73 cargos previstos. - Dirección de Red Chanchamayo, con 235 cargos, correspondiendo a 181 cargos ocupados y 54 cargos previstos. - Dirección de Red Satipo, con 142 cargos, correspon- diendo a 90 cargos ocupados y 52 cargos previstos. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regio- nal entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circula- ción de la Región, así como su difusión a través delPortal Electrónico y demás medios que garanticen la publicidad de la presente norma. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los treinta días del mes de diciembre del año 2004. MIGUEL ANGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) Consejo Regional de Junín POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los treinta días del mes de diciembre del año 2004. MIGUEL ANGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) Gobierno Regional de Junín 01006 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G68/G69/G72/G61/G20/G2D /G50/G69/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G72/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G2D /G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G72/G65/G73/G67/G75/G61/G72/G64/G6F/G20/G79/G20/G63/G75/G73/G2D/G74/G6F/G64/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1002-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR Piura, 30 de diciembre del 2004 VISTOS; el Oficio Nº 1321/2004-GRP-PECHP-406000 del 29 de noviembre del 2004, el Informe Legal Nº 056/ 2004-GRP-PECHP-406003 del 14 de octubre del 2004 yel Informe Nº 038/2004-GRP-PECHP-460004 del 11 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Piura, constituye el Pliego Presupuestal: 457, del cual forma parte el Pro- yecto Especial Chira - Piura y bajo cuyos alcances seencuentra, al habérsele efectuado la Transferencia de este Proyecto Especial, de conformidad con los D.S. Nº 036-2003-PCM y Nº 029-2003-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Directoral Nº 026/2004- GRP-PECHP-406000 del 5 de marzo del 2004, se decla- ró en Situación de Urgencia la Contratación del Suminis-tro de Combustible del Proyecto Especial Chira - Piura, por un lapso de treinta (30) días calendario, a partir del 1 de abril del 2004, de acuerdo al Art. 21º del T.U.O. de laLey Nº 26850, aprobado por el DD.SS. Nº 012-2001-PCM; Que, mediante Resolución Directoral Nº 035/2004- GRP-PECHP-406000 del 12 de abril del 2004, se ampliala declaratoria de Situación de Urgencia de la contrata- ción del Suministro de Combustible, por el lapso de treinta (30) días a partir del 1 de mayo; con Resolución Directo-ral Nº 055/2004-GRP-PECHP-406000 del 25 de mayo del 2004, se amplía la Situación de Urgencia de la contrata- ción del Suministro de Combustible, por el lapso de treinta(30) días a partir del 1 de junio; con Resolución Directoral Nº 068/2004-GRP-PECHP-406000 del 17 de junio del 2004, se amplía la Situación de Urgencia de la contratación del Suministro de Combustible, por el lapso de quince (15)días a partir del 1 de julio del 2004; con Resolución Geren- cial Nº 059/2004-GRP-PECHP-406000 del 17 de noviem- bre del 2004, se amplía, en vías de regularización, laSituación de Urgencia de la contratación del Suministro de Combustible, por el lapso de cincuenta y tres (53) días a partir del 16 de julio hasta el 6 de septiembre del 2004; Que, el Art. 108º Inc. 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante D.S. Nº 013-2001-PCM modificado por el D.S.Nº 079-2001-PCM, establece que la Situación de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un he- cho de excepción que determina una acción rápida a fin deadquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contratacionesdefinitivas; así mismo, en los artículos 113º y 116º del men- cionado Reglamento, se dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos deselección, al amparo del Art. 19º de la Ley, requieren obliga- toriamente un informe técnico - legal previo que justifique la adquisición o contratación mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía, debiéndose aplicar lo dispuesto en el Art. 105º del precitado Reglamento; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado en su Art. 20º dispone que las adqui- siciones y contrataciones que se efectúen en situación de urgencia, se realizarán mediante el Proceso de Adju-dicación de Menor Cuantía, debiendo ser aprobada por el Titular del Pliego de la Entidad y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, durante el lapso de tiempo del 1 de abril hasta el 6 de septiembre del 2004, vale decir ciento cincuenta y ocho (158) días, la Dirección Ejecutiva del ProyectoEspecial Chira Piura procedió a implementar el Proceso de Licitación Pública Nacional Nº 001/2004-GRP-PECHP- 406000, que estuvo a cargo del Comité Especial res-pectivo, conforme se explica detalladamente en el Infor- me Nº 038/2004-GRP-PECHP-406004 del 11 de octu- bre del 2004, emitido por el Jefe de la Oficina de Adminis-tración del Proyecto antes mencionado; Que, la Licitación Pública Nacional Nº 001/2004-GRP- PECH-406000, se realizó conforme a lo estipulado en losDD.SS. Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM, habiéndo- se declarado Desierta en dos (2) oportunidades, en virtud del Art. 32º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que establece quecuando en una Licitación Pública quede válida una única oferta, se declara Desierto dicho proceso; lo que ha conlle- vado a que los combustibles, necesarios para el funciona-miento de la maquinaria y medios de transporte, durante la tramitación del mencionado proceso de selección, sean adquiridos mediante Adjudicaciones de Menor Cuantía; Que, como consecuencia de haberse declarado De- sierta la Licitación Pública Nacional Nº 001/2004-GRP- PECH-406000, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Espe-cial Chira Piura procedió a implementar el Proceso de Ad- judicación Directa Selectiva Nº 008/2004-GRP-PECHP- 406000, que estuvo a cargo del Comité Especial respecti-vo, conforme se explica detalladamente en el Informe Nº 038/2004-GRP-PECHP-406004 del 11 de octubre del 2004, emitido por el Jefe de la Oficina de Administración del Pro-yecto Especial Chira Piura; llevándose a cabo el acto de apertura de sobres el 23 de agosto del 2004, otorgándose la Buena Pro al Postor Consorcio MACARENA S .A.C., pro- cediéndose a suscribir con fecha 7 de septiembre del 2004 el Contrato respectivo, con dicha Empresa; Que, durante la tramitación de los Procesos de Se- lección a que hacen mención los considerandos Sexto, Séptimo y Octavo, vale decir desde el 1 de abril hasta el 6 de septiembre del 2004, han transcurrido un lapso detiempo de ciento cincuenta y ocho (158) días, sin que se haya contado con el documento autoritativo de amplia- ción de urgencia; razón por la cual el Proyecto EspecialChira Piura, ha emitido la Resolución Gerencial Nº 059/ 2004-GRP-PECHP-406000 del 17 de noviembre del 2004, mediante la cual, solicita se autorice, en vías deregularización, las declaratorias de Situación de Urgen- cia aprobadas con la Resolución Directoral Nº 026/2004- GRP-PECHP-406000, Resolución Directoral Nº 035/2004-GRP-PECHP-406000, Resolución Directoral Nº 055/2004-GRP-PECHP-406000, Resolución Directoral Nº 068/2004-GRP-PECHP-406000; por el lapso de cien-