Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2005 (21/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de enero de 2005 cha 12 de diciembre de 2002, mediante la cual se autorizó a la EMPRESA DE TRANSPORTES POOLE.I.R.L el incremento de flota con el vehículo de pla-ca de rodaje Nº UP-3702, se encuentra incursa den-tro de la causal de nulidad establecida en el numeral1 del artículo 10º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce-dimiento Administrativo General, toda vez que porvía de control posterior se ha constatado que dichovehículo, ha sido diseñado originalmente para eltransporte de mercancías; Que, por otro lado, de la revisión de los actuados, se advierte en relación a la Resolución Directoral Nº1681-2002-MTC/15 de fecha 12 de diciembre de 2002,notificada el 30 de enero de 2003, que a la fecha haprescrito el plazo para declarar la nulidad de oficio ensede administrativa, de conformidad con lo dispues-to en el numeral 202.3 del artículo 202º de la Ley delProcedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444,por lo que resulta pertinente autorizar al ProcuradorPúblico de este Ministerio para demandar la nulidadde la mencionada Resolución ante el Poder Judicialvía el proceso contencioso administrativo, deconformidad con lo dispuesto en el numeral 202.4 delartículo 202º de la Ley del Procedimiento Adminis-trativo General, Ley Nº 27444; Que, asimismo, con Resolución Directoral Nº 276- 2002-MTC/15.18 de fecha 29 de abril de 2002, seautorizó indebidamente el incremento de flota vehi-cular con el ómnibus de placa de rodaje Nº VP-1693para prestar el servicio público de transporte terres-tre nacional de pasajeros en la ruta: Huancayo -Ce-rro de Pasco y viceversa, otorgada mediante Reso-lución Directoral Nº 147-2000-MTC/15.18; sin em-bargo, al haber sido excluido a la fecha del padrónvehicular de la EMPRESA DE TRANSPORTES POOLE.I.R.L. según el Informe Nº 298-2004-MTC/15.02.1del 23 de agosto de 2004, por encontrarse actual-mente habilitado en la EMPRESA DE TRANSPOR-TES EXPRESO LOBATO S.A.C. a mérito de la Resolu-ción Directoral Nº 171-2002-CTAR-JUNIN-MTC/15.02, carece de objeto declarar la nulidad de dicharesolución; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aproba-do por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, aplica-ble en virtud de la Décimo Segunda Disposición Tran-sitoria del nuevo Reglamento Nacional de Adminis-tración de Transportes, aprobado por Decreto Su-premo Nº 009-2004-MTC, y la Ley del ProcedimientoAdministrativo General, Ley Nº 27444; y de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Cons-titución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs.17537 y 17667, y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Esta-do, inicie y culmine las acciones legales destinadas adeclarar, en vía judicial, la nulidad de la ResoluciónDirectoral Nº 1681-2002-MTC/15, de fecha 12 de di-ciembre de 2002, que autoriza a la EMPRESA DETRANSPORTES POOL E.I.R.L. el incremento de flo-ta con el vehículo de placa de rodaje Nº UP-3702,por los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Iniciar procedimiento administrativo sancionador contra la EMPRESA DE TRANSPOR-TES POOL E.I.R.L. al existir indicios de haber presen-tado un Certificado de Operatividad del vehículo deplaca de rodaje Nº UP-3702, que no se ajusta a laverdad con el fin de acreditar los requisitos exigidospor ley, otorgándosele un plazo de cinco (5) díashábiles contados desde la notificación de la presenteResolución, para la presentación de sus descar-gos. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección General de Circulación Terrestre sea quien conduzca la faseinstructora del Procedimiento Administrativo Sancio-nador, a efectos de que el superior jerárquico decida oportunamente sobre la aplicación de la sanción. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción así como de los antecedentes respectivos a laOficina General de Auditoría Interna, a fin de que sedeterminen las responsabilidades a que hubiera lu-gar. Artículo 5º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionadoProcurador Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01207 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2005-MTC/01 Lima, 20 de enero de 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Secretaría de Transportes del Viceministerio de Trans-portes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que desempeñará el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27791 y 27594 y elDecreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Mario Arbulú Mi- randa, en el cargo de Jefe de la Secretaría de Trans-portes del Viceministerio de Transportes del Ministeriode Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01291 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G2D/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G2C/G20/G61/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6D/G70/G6F/G73/G6F/G6C/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2005-MTC/12 Lima, 5 de enero de 2005 Vista la solicitud de la Compañía CAMPOSOL S.A. sobre Modificación de Permiso de Operación de Avia-ción General - Servicio Privado, por cambio de Titulari-dad; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 184-2002- MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, se otorgó a la em-presa SERVICIOS AEREOS OCCIDENTALES S.A., Per-miso de Operación de Aviación General - Servicio Priva-do, por el plazo de 4 (cuatro) años contados a partir del1 de setiembre del 2002; Que, a través de las Partidas Nº 11009728 y Nº 03007489 emitidas por la Zona Registral Nº IX SedeLima de la Oficina Registral de Lima de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos, consta la