Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2005 (21/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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cha 12 de diciembre de 2002, mediante la cual se autorizo a la EMPRESA DE TRANSPORTES POOL E.I.R.L el incremento de flota con el vehiculo de placa de rodaje Nº UP-3702, se encuentra incursa dentro de la causal de nulidad establecida en el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, toda vez que por via de control posterior se ha constatado que dicho vehiculo, ha sido disenado originalmente para el transporte de mercancias; Que, por otro lado, de la revision de los actuados, se advierte en relacion a la Resolucion Directoral Nº 1681-2002-MTC/15 de fecha 12 de diciembre de 2002, notificada el 30 de enero de 2003, que a la fecha ha prescrito el plazo para declarar la nulidad de oficio en sede administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 202.3 del articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, por lo que resulta pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para demandar la nulidad de la mencionada Resolucion ante el Poder Judicial via el MORDAZA contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 202.4 del articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, asimismo, con Resolucion Directoral Nº 2762002-MTC/15.18 de fecha 29 de MORDAZA de 2002, se autorizo indebidamente el incremento de flota vehicular con el omnibus de placa de rodaje Nº VP-1693 para prestar el servicio publico de transporte terrestre nacional de pasajeros en la ruta: Huancayo -Cerro de Pasco y viceversa, otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 147-2000-MTC/15.18; sin embargo, al haber sido excluido a la fecha del padron vehicular de la EMPRESA DE TRANSPORTES POOL E.I.R.L. segun el Informe Nº 298-2004-MTC/15.02.1 del 23 de agosto de 2004, por encontrarse actualmente habilitado en la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO LOBATO S.A.C. a merito de la Resolucion Directoral Nº 171-2002-CTAR-JUNIN-MTC/ 15.02, carece de objeto declarar la nulidad de dicha resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, aplicable en virtud de la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria del MORDAZA Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Tr a n s p o r t e s y C o m u n i c a c i o n e s, p a ra q u e e n representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales destinadas a declarar, en via judicial, la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 1681-2002-MTC/15, de fecha 12 de diciembre de 2002, que autoriza a la EMPRESA DE TRANSPORTES POOL E.I.R.L. el incremento de flota con el vehiculo de placa de rodaje Nº UP-3702, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Iniciar procedimiento administrativo sancionador contra la EMPRESA DE TRANSPORTES POOL E.I.R.L. al existir indicios de haber presentado un Certificado de Operatividad del vehiculo de placa de rodaje Nº UP-3702, que no se ajusta a la verdad con el fin de acreditar los requisitos exigidos por ley, otorgandosele un plazo de cinco (5) dias habiles contados desde la notificacion de la presente Resolucion, para la MORDAZA de sus descargos. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion General de Circulacion Terrestre sea quien conduzca la fase instructora del Procedimiento Administrativo Sancio-

MORDAZA, a efectos de que el superior jerarquico decida oportunamente sobre la aplicacion de la sancion. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los antecedentes respectivos a la Oficina General de Auditoria Interna, a fin de que se determinen las responsabilidades a que hubiera lugar. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01207

Designan Jefe de la Secretaria de Transportes del Viceministerio de Transportes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2005-MTC/01 MORDAZA, 20 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Secretaria de Transportes del Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que desempenara el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27791 y 27594 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Arbulu MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Secretaria de Transportes del Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01291

Modifican Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Privado, a favor de Camposol S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2005-MTC/12 MORDAZA, 5 de enero de 2005 Vista la solicitud de la Compania CAMPOSOL S.A. sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Privado, por cambio de Titularidad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 184-2002MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, se otorgo a la empresa SERVICIOS AEREOS OCCIDENTALES S.A., Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Privado, por el plazo de 4 (cuatro) anos contados a partir del 1 de setiembre del 2002; Que, a traves de las Partidas Nº 11009728 y Nº 03007489 emitidas por la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA de la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, consta la

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