Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2005 (27/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 178

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005

1. Aprobar la Resolucion de Circulacion, otorgar el Certificado de Operacion y Credencial de Conductor, a las personas juridicas dedicadas a prestar Servicio de Transporte Publico de Pasajeros en Vehiculos Menores. 2. Renovar la Resolucion de Circulacion, Certificado de Operacion y la Credencial del Conductor, otorgados a las personas juridicas. 3. Mantener actualizado los Registros de Personas Juridicas, propietarios, conductores y vehiculos autorizados a prestar servicio. 4. Efectuar anualmente, la Constatacion de Caracteristicas Tecnicas a los Vehiculos Menores, para el servicio de transporte de pasajeros. 5. Autorizar y registrar el color o MORDAZA uniformes de la flota vehicular y uniforme de los conductores. 6. Autorizar la Ampliacion de MORDAZA de Trabajo y o Paradero a las personas juridicas. 7. Expedir sticker Vehicular anualmente a los vehiculos Menores, aprobados mediante la constatacion de Caracteristicas Tecnicas. 8. Verificar supervisar y Sancionar a las Personas Juridicas y/o conductores autorizados y no autorizados de vehiculos menores que incumplan o transgredan la normatividad existente. 9. Cancelacion y suspension de la autorizacion de circulacion. 10. Senalizar los paraderos. TITULO IV DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS JURIDICAS Articulo 5º.- Las Personas Juridicas que prestan Servicio de Transporte en Vehiculos Menores quedan obligados a: 1. Prestar servicio en las vias comprendidas dentro de la MORDAZA de trabajo y paraderos, con unidades autorizadas por la Municipalidad. 2. Difundir, cumplir y hacer cumplir entre todos sus asociados la presente Ordenanza, Codigo de MORDAZA, Reglamento de MORDAZA y Seguridad Vial, Decretos de Alcaldia y Normas Vigentes que MORDAZA Aplicables, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y Administrativas. 3. Designar el representante legal de la empresa, fijar su domicilio legal a la cual se le remitiran todas las comunicaciones y notificaciones pertinentes. 4. Que los Vehiculos Menores MORDAZA conducidos por las personas autorizadas portando la respectiva Licencia de Conducir, su Credencial de Conductor, Certificado de Operacion y Poliza de Seguro correspondiente. 5. Mantener vigente las polizas de seguro de los vehiculos de sus asociados. 6. Suministrar al registro de Personas Juridicas del Servicio de Transporte de Vehiculos Menores de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, con informacion actualizada que presta en los siguientes casos: a) Toda Modificacion que altere la informacion contenida en la Autorizacion de Circulacion y el Certificado de Operacion correspondiente. b) El retiro total de la prestacion del servicio procediendo, a la devolucion de los Certificados de Operacion emitidos, previa comunicacion del hecho a la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, con una anticipacion no menor de 30 dias, generandose con ello automaticamente la Resolucion de Cancelacion. c) Las sustituciones o incrementos de los vehiculos y conductores autorizados, entendiendose que seran de acuerdo a las disposiciones que emane la presente norma. d) Los cambios de domicilio legal que efectue por parte de la Persona Juridica. 7. Mantener limpios y senalizados los paraderos autorizados. 8. Verificar el estricto cumplimiento de los Programas de Capacitacion de los Conductores, que organice la Municipalidad en coordinacion con la Comision Tecnica Mixta. 9. Cumplir con la Constatacion de Caracteristicas Tecnicas anualmente realizado por la Municipalidad.

10. Mantener el buen estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad de los vehiculos Menores. 11. Uniformar a los conductores, y uniformizar los MORDAZA de la flota vehicular. 12. Remitir a la Municipalidad, MORDAZA de su Reglamento Interno. CAPITULO II OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES Articulo 6º.- Los conductores autorizados que prestan servicio de Transporte en Vehiculos Menores, quedan obligados a: 1. Contar con Licencia de Conducir, expedida por la Municipalidad provincial, o por la autoridad competente. 2. Prestar servicio de transporte, contando con su uniforme distintivo cuidando su apariencia e higiene personal. 3. No movilizar, por ningun motivo mas de tres (3) pasajeros por servicio. 4. Mantener los vehiculos limpios y en MORDAZA funcionamiento, no fumar, no ingerir alimentos o bebidas mientras presta el servicio, tratar a los pasajeros en forma cortes y velar por la seguridad de los mismos. 5. Llevar consigo la autorizacion de Circulacion, Licencia de Conducir, Tarjeta de Propiedad, Certificado de Operacion, Poliza de Seguros vigente, Credencial del Conductor y conservar en buen estado los signos identificatorios del vehiculo autorizado. 6. Revisar permanentemente las condiciones de seguridad del vehiculo. 7. Utilizar las vias comprendidas, dentro de la MORDAZA de Trabajo autorizada. 8. No prestar el servicio por carreteras, Vias Expresas, Arteriales y Colectoras. Excepcionalmente la Municipalidad podra autorizar la prestacion del servicio por Vias Colectoras siempre y cuando quede garantizada la seguridad del pasajero y conductor, previo informe tecnico de la Division de Transporte de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Asimismo podran cruzar Carreteras, Vias Arteriales y Colectoras por intersecciones semaforizadas o que cuente con direccion policial. 9. Conducir el vehiculo a la velocidad, no mayor de 30 Km./hora (Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC). 10. Respetar la tranquilidad de los vecinos en los paraderos. TITULO V DE LAS AUTORIZACIONES CAPITULO I AUTORIZACION DE CIRCULACION Articulo 7º.- Las Personas Juridicas, para prestar Servicio de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores deberan presentar los siguientes requisitos y cumplir con los derechos administrativos: 1. Solicitud dirigida al senor Alcalde. 2. MORDAZA literal de la Ficha Registral expedida por la Oficina de Registros Publicos, donde se encuentre inscrita y con vigencia del periodo de gestion gerencial como Persona Juridica, y MORDAZA del D.N.I. del representante legal, fedateada. 3. MORDAZA del Registro Unico del Contribuyente (R.U.C.), fedateada. 4. MORDAZA del Reglamento Interno, fedateada. 5. Padron de vehiculos, adjuntando MORDAZA fotostatica de las tarjetas de propiedad inscritas en el Registro de Propiedad Vehicular de los Registros Publicos, fedateado. 6. En caso que la tarjeta de propiedad del vehiculo no se encuentre a nombre del interesado, este debera adjuntar MORDAZA fotostatica de la tarjeta de propiedad del anterior dueno, siempre y cuando el vehiculo se encuentre inscrito en el registro de propiedad vehicular de los Registros Publicos y adicionalmente debera adjuntar MORDAZA del Contrato Compra - Venta legalizado de la unidad. 7. Padron de conductores, adjuntando MORDAZA simple del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y Licencia de Conducir fedateada. 8. Firmas de los vecinos residentes con direccion y numero de D.N.I., apoyando la instalacion de paraderos propuestos, veinte (20) firmas por cada paradero.

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