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PÆg. 285554 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de enero de 2005 les o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, conforme a lo anteriormente expuesto, es proce- dente y recomendable la contratación de la Empresa G&C Auditores, Consultores SCRL, por cuanto, la men-cionada Empresa cuenta con amplia experiencia en el recupero de inversiones en Obras de Infraestructura de Obras Eléctricas, ante diferentes Concesionarios, OSI-NERG y FONAFE; Que, asimismo debe tenerse presente que las gestiones de la recuperación de inversiones realiza-das en Infraestructura de Obras Eléctricas, a fin de que el Concesionario de Energía devuelva las mis- mas, se encuentran en proceso de Trámite ante elConcesionario Electronoroeste S.A., conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que resulta necesario se revisenlas liquidaciones remitidas por dicha Empresa, para lo cual se deberá analizar cada uno de los expedien- tes tramitados ante el OSINERG, a fin de determinarel monto real y total que tendrá que rembolsar dicho concesionario; Con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica y de Administración, Gerencia Regio- nal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Gerencia General Regional; En uso de las Atribuciones conferidas al Despacho por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentraliza- ción, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales y su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar como Servicios Perso- nalísimos los servicios que preste la Empresa G&C Au-ditores, Consultores SCRL, durante la Asesoría, Ges- tión y Liquidación de las Inversiones Económicas de las Obras Eléctricas ante el Concesionario ElectronoroesteS.A., de las primeras nueve (09) Obras de Electrificación Reembolsables. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina Regional de Administración para que, a través de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, realice la contra- tación de la Empresa a que hace mención el ArtículoPrimero, bajo la modalidad del Contrato por Servicios Personalísimos, hasta por el monto del nueve por cien- to (9%) del monto efectivamente recuperado. Artículo Tercero.- El plazo de duración del contrato autorizado en el Artículo Segundo, será de treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción delmismo. Artículo Cuarto.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por la presente Reso-lución, se regulará por el ordenamiento civil vigente, pu- diéndose aplicar, de ser el caso necesario, los linea- mientos que sobre contratación de servicios se estable-cen en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Quinto.- En cumplimiento del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Art. 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia de la mis- ma a la Contraloría General de la República, adjuntando,asimismo, los documentos de Vistos, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su expedi- ción. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente Resolu- ción a las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica, de Administración, de Promoción de Inversiones y Coopera-ción Técnica Internacional y de Control Institucional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acon- dicionamiento Territorial, Gerencia General Regional yestamentos administrativos del Gobierno Regional de Piura. Regístrese y comuníquese. CÉSAR TRELLES LARA Presidente 01638GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Precisan cifras del Plan de Acción y Presupuesto 2005 de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 007 Lima, 20 de enero de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de enero de 2005, el Memorando Circular Nº 007-2005- GM/MML emitido por la Gerencia Municipal que adjuntael Informe Nº 2004-12-052-MML/DMA-OGF, sobre la solicitud efectuada por la Oficina General de Finanzas de precisar en el Plan de Acción y Presupuesto 2005 dela Municipalidad Metropolitana de Lima, considerando las nuevas cifras comunicadas por la Dirección Nacio- nal de Presupuesto Público mediante su Oficio CircularNº 019-2004-EF/76.15.2 respecto a las transferencias de recursos 2005 para el Programa del Vaso de Leche, el importe de S/. 2'746,811 en vez de S/. 2'876,672 comoinicialmente se aprobó; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organiza-ción en su Dictamen Nº 001-2005-MML-CMAEDO; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 389-2004 de fecha 9 de diciembre de 2004, se aprobó el Plan deAcción y Presupuesto de Ingresos 2005 de la Municipali- dad Metropolitana de Lima ascendente a S/. 635'706,493., en donde se asignó al Programa del Vaso de Leche elimporte de S/. 2'876,672; Que, posteriormente, la Dirección Nacional del Presu- puesto Público del Ministerio de Economía y Finanzaspublicó en el Diario Oficial El Peruano, el día 28 de di- ciembre de 2004; la Resolución Directoral Nº 055-2004- EF/76.01 aprobando la Directiva Nº 001-2005-EF/76.01"Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institu- cional de Apertura de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para el Año Fiscal2005", en la cual en su Art. 5º Literal c) señala que en el marco del Principio de Equilibrio y como consecuencia del fallo del Tribunal Constitucional sobre el Anticipo Adi-cional del Impuesto a la Renta, los Gobiernos Locales deben considerar en la Aprobación de sus Presupues- tos Institucionales de Apertura para el Año Fiscal 2005,los montos comunicados a través del Oficio Circular Nº 019-2004-EF/76.15.2, en lo concerniente al Programa del Vaso de Leche y los Programas Sociales de Luchacontra la Pobreza y que dichos montos están disponi- bles en la página web del Ministerio de Economía y Fi- nanzas; Que asimismo, en el literal d) del Art. 5º de la precita- da Directiva, se fija como plazo de aprobación y promul- gación de los Presupuestos Institucionales de Aperturade los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2005 hasta el 31 de diciembre de 2004; Que, en el referido Oficio Circular Nº 019-2004-EF/ 76.15.2 para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprecia que las transferencias de recursos 2005 para el Programa Vaso de Leche ha disminuido deS/. 2'876,672 a S/. 2'746,811, lo que conlleva a que se precise las nuevas cifras del Plan de Acción y Presu- puesto 2005 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en virtud de lo antes expuesto, la Oficina Gene- ral de Finanzas requiere se efectúe la precisión en el Plan de Acción y Presupuesto 2005 de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 389 de fecha 9 de diciembre de 2004; ACORDÓ: Artículo Primero.- Precisar que el Plan de Acción y Presupuesto 2005 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 389