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PÆg. 285548 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de enero de 2005 Visto el Expediente con Registro de Mesa de Partes General Nº 22049-RG-04 del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) sobre observaciones a Resolución Administrativa. CONSIDERANDO: Que con Oficio Nº 801-EPG-2004, ingresado a la Mesa de Partes General con fecha 9 de agosto de 2004, la Dirección de la Escuela de Post-Grado de la Universi-dad solicita se renueve la contratación del arrendamien- to del local para dicha dependencia, ubicado en la Av. Arequipa Nºs 220-224, Urbanización Santa Beatriz -Cercado de Lima, por el período del 1 de agosto de 2004 al 31 de diciembre de 2005, por el monto ascendente a S/. 96,900.00 (Noventa y seis mil novecientos nuevossoles y 00/100 nuevos soles); Que por Resolución Rectoral Nº 05153-R-04 de fe- cha 20 de octubre de 2004, se aprueba la exoneracióndel Proceso de Selección de Adjudicación Directa Públi- ca para la contratación del arrendamiento antes referi- do; Que mediante Oficio Nº 1003-2004-(GTN/MON) el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) observa que la precitadaResolución no es expedida con anterioridad a la cele- bración del contrato respectivo, lo que supone incumpli- miento del artículo 105º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado (T.U.O. apro- bado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, vigente en la ocasión); Que el inciso g) del artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado (T.U.O. aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, vigente en la oca-sión) preceptúa que están exoneradas de los respecti- vos procesos de selección las contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de los contratos de arren-damientos de inmuebles ocupados por la Entidad, siem- pre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al pormayor; Que la Resolución Rectoral Nº 05153-R-04 señala como fundamento de derecho la norma glosada en elconsiderando anterior, sin embargo no es evidente el correspondiente fundamento de hecho, por lo que el CONSUCODE solicita informe sobre el particular; Que adicionalmente el referido organismo observa que no se especifica la fuente de financiamiento de la contratación exonerada, ni el órgano o dependencia en-cargada de realizarla en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que con relación al fundamento de hecho, el Informe Nº 186-2004-OA/hcp señala que la renta mensual a pa- garse por el local ocupado por la Escuela de Post-Grado asciende a S/. 5,700.00 (Cinco mil setecientos y 00/100nuevos soles), cantidad inferior a la cancelada anterior- mente, que ascendía a S/. 6,405.00 (Seis mil cuatrocien- tos cinco y 00/100 nuevos soles), a lo que añade que labúsqueda de un nuevo local y el consiguiente traslado podrían comprometer la continuidad de las actividades académicas y supondrían cuantiosos gastos como, porejemplo, la implementación de estructura interna (pun- tos de red, puntos telefónicos y otros), por lo que reco- mienda la exoneración del respectivo proceso de selec-ción; Que en tal sentido la necesidad del referido proceso de exoneración está sustentada en base a criterios deeconomía, tales como costos y oportunidad, conforme exige el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Adqui- siciones y Contrataciones del Estado (T.U.O. aprobadocon Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, norma vigen- te en la oportunidad); Que elevado dicho informe a la Oficina General de Economía conjuntamente con los respectivos proyec- tos de Resoluciones Rectorales, dicha dependencia expresa su opinión favorable al respecto con Informe Nº292-OGE-VRADM-2004, por ende, lo hace suyo; Que en lo concerniente a la fuente de financiamiento para realizar la referida contratación, está constituidapor recursos directamente recaudados por la Escuela de Post-Grado, dependencia que también es la encar- gada de realizar la contratación exonerada, aspectosque expresamente deben ser consignados en la parte resolutiva del acto administrativo que aprueba dicha exo- neración;Que la Oficina General de Asesoría legal, con Infor- me Nº 1790-OGAL-04, y la Oficina de Abastecimiento, vía Oficio Nº 3630-OGE-OA-2004, opinan favorablemen- te respecto a la rectificación de la Resolución RectoralNº 05153-R-04; Que adicionalmente el numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE preceptúa que la parte re-solutiva del instrumento que aprueba la exoneración del proceso de selección debe precisar el tipo y la descrip- ción básica del servicio materia de exoneración, aspec-tos que están expresados en el primer considerando de la Resolución Rectoral Nº 05153-R-04, error material que también debe ser rectificado; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rec- tor por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º. Precisar la motivación de la Resolución Rectoral Nº 05153-R-04 de fecha 20 de octubre de 2004, añadien- do los siguientes párrafos entre los considerandos ter-cero y cuarto de dicha Resolución Rectoral: Que mediante Informe Nº 186-2004-OA/hcp se esta- blece que la renta mensual a pagarse por el local ocupa- do por la Escuela de Post-Grado asciende a S/. 5,700.00 (Cinco mil setecientos y 00/100 nuevos soles), cantidadinferior a la cancelada anteriormente, que ascendía a S/ . 6,405.00 (Seis mil cuatrocientos cinco y 00/100 nuevos soles), a lo que añade que la búsqueda de un nuevolocal y el consiguiente traslado podrían comprometer la continuidad de las actividades académicas y supondrían cuantiosos gastos como, por ejemplo, la implementa-ción de estructura interna (puntos de red, puntos telefó- nicos y otros), por lo que recomienda la exoneración del respectivo proceso de selección; Que en tal sentido la necesidad del referido proceso de exoneración está sustentada en base los criterios de economía, tales como costos y oportunidad, conformeexige el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Adqui- siciones y Contrataciones del Estado (T.U.O. aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM); 2º. Adicionar los siguientes párrafos al resolutivo 1º de la Resolución Rectoral Nº 05153-R-04 de fecha 20 deoctubre de 2004: Establecer que la suma de dinero indicada en el pá- rrafo anterior tendrá como fuente de financiamiento los recursos directamente recaudados por la Escuela de Post-Grado, dependencia que tendrá a su cargo la rea-lización de la contratación exonerada. Precisar que el tipo de bien objeto de arrendamiento es un predio urbano y que su descripción básica corres-ponde al ubicado en la Av. Arequipa Nºs 220-224, Urba- nización Santa Beatriz - Cercado de Lima. 3º. Encargar a la Secretaría General de la Universi- dad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley. 4º. Encargar a la Oficina de Abastecimiento la remi- sión de copia de la presente Resolución Rectoral, conjun- tamente con copia de los Informes que la sustentan, a laContraloría General de la República y al CONSUCODE, empleando los formatos adecuados y dentro del término de Ley; así como difundirla a través del SEACE. 5º. Remitir los actuados a la Oficina General de Audito- ría Interna a fin de que proceda conforme a sus atribu- ciones y formule las recomendaciones a que haya lugar,en atención al Oficio Nº 1003-2004-(GTN/MON) del CON- SUCODE. 6º. Encargar a la Secretaría General, la Oficina Gene- ral de Auditoría Interna y a la Oficina de Abastecimiento de la Universidad el cumplimiento de la presente Resolu- ción. 7º. Transcribir a la Escuela de Post-Grado la presen- te Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 01602