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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 013-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, en Sesión Ordinaria de fecha 7 de enero del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Regional Nº 003-2004-GRJ/ CR de fecha 9 de enero del 2004, se conforma la Comi- sión Especial para revisar y actualizar el Reglamento In- terno, integrado por los Consejeros Regionales: Ing. Cé-sar Espinoza Sueldo - Presidente, Sr. Pedro Galarza Cuer- vo - Miembro y Sr. Alfredo Caballero Grandes - Miembro; Que, la Comisión Especial precitada, mediante Dic- tamen Nº 001-2004-GRJ/CERIC de fecha 30 días del mes de diciembre del 2004, ha presentado ante el Pleno del Consejo Regional el Proyecto de Reforma del Regla-mento Interno del Consejo Regional y el Proyecto de Ordenanza que la sanciona; Que, el artículo 9º, literal a) de la Ley Nº 27867, mo- dificada por la Ley Nº 27902, Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, establece que constitucionalmente los gobiernos regionales son competentes para aprobar suorganización interna; Que, de acuerdo al artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, concordante con elartículo 10º, numeral 1., literal c), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, entre otras, la de aprobar suorganización interna; Que, el artículo 14º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales estipula algunos mecanismos para el funcio-namiento del Consejo Regional; Que, el artículo 15º, literal e. de la precitada norma legal determina que es atribución del Consejo Regional,aprobar su Reglamento Interno; Que, el artículo 16º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales determina que son derechos y obligacionesfuncionales de los Consejeros Regionales proponer nor- mas y acuerdos regionales e integrar las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales; Que, los artículos 17º, 18º y 19º de la citada norma establece las responsabilidades e incompatibilidades de los Consejeros Regionales, de la Secretaría del ConsejoRegional y sobre las dietas y licencias, respectivamente; Que, la Primera Disposición Final del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, aprobado por Or-denanza Regional Nº 001-2003-GR.JUNÍN estipula que éste podrá ser modificado por acuerdo de los 2/3 del número legal de sus miembros; Que, es necesario contar con un instrumento de ges- tión adecuado que contenga implícitamente principios, fines y objetivos precisos, que la hagan dinámica, ope-rativa y de gestión moderna; En mérito a lo establecido en el literal e. del artículo 15º y el artículo 16º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902; Sometido al debate correspondiente ante el Pleno del Consejo, conforme obra en actas y sometido a votación enforma reglamentaria, con la dispensa del trámite de la lectu- ra y aprobación del Acta, luego de sustentado el Dictamen indicado, el Consejo aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Artículo Primero.- Apruébese la modificación al Re- glamento Interno del Consejo Regional del GobiernoRegional de Junín que consta de cuatro (4) Títulos, die- cinueve (19) Capítulos, ciento veinticuatro (124) Artícu-los y cinco (5) Disposiciones Transitorias, Finales y Com- plementarias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dispóngase la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y los documen- tos de gestión pertinentes, con las incorporaciones aque hubiera lugar con la vigencia Reglamento Interno del Consejo Regional modificado. Artículo Tercero.- Deróguense las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los siete días del mes de enero del año 2005. MIGUEL ANGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los diez días el mes de agosto del año 2004. MIGUEL ANGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) 02640 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO REGIONAL Nº 003-2005-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 7 días del mes de enero del año 2005, en la provincia de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales", modificada en parte por la Ley Nº 27902, en su artículo 19º Inc. a) segundo párrafo, establece que las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro delprimer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad económica del Gobierno Regional. La norma que aprueba los montos de las dietas, se publica obliga-toriamente; Que, la citada Ley en su artículo 19º Inc. a) tercer párrafo, establece que el monto de la dieta por el pe-ríodo mensual de sesiones no puede exceder de una y media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del acuerdo que las aprueba. No tiene carácterremunerativo, son renunciables y excluyentes de cual- quier otra bonificación o asignación de similar con- cepto. Se abonan por cada período efectivo de sesio-nes en el transcurso del mes, a las que haya asistido el Consejero; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2003- GR.JUNÍN, de fecha 27 de febrero del año 2003, aprue- ban las dietas de los Consejeros Regionales en un monto equivalente a una y media (1.5) de la Unidad ImpositivaTributaria; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 005-2004-GRJ/ CR de fecha 9 de enero del año 2004 ratifican la dietamensual de los Consejeros Regionales, en 1.5 de la U.I.T vigente a la fecha del Acuerdo; Que, de conformidad con las atribuciones conferi- das por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y modifi- cada en parte por la Ley Nº 27902; y su ReglamentoInterno, el Consejo Regional con el voto aprobatorio de sus miembros;