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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (05/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Admi- nistración Tributaria a establecer para determinados deu-dores tributarios la obligación de presentar la declara- ción tributaria por medios magnéticos; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 002-2000/SUNAT y normas modificatorias, se aproba- ron disposiciones sobre la forma y condiciones genera- les para la presentación de declaraciones tributarias de-terminativas e informativas a través de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaración Telemática (PDT); Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 129-2002/SUNAT, precisada por la Resolución Nº 133- 2002/SUNAT, se señalaron los sujetos obligados a pre-sentar declaraciones determinativas a través de los for- mularios virtuales generados por los PDT. Adicionalmen- te, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 138-2002/SUNAT se señalaron los nuevos sujetos obligados; Que de otro lado, mediante la Resolución de Superin- tendencia Nº 303-2004/SUNAT se aprobó la versión delPDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600 - ver- sión 4.1; Que asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 177- 2004-EF se aprobó el nuevo valor de la Unidad Imposi- tiva Tributaria (UIT) para el año 2005; Que lo señalado en el considerando anterior hace necesaria la actualización del valor de la UIT en el PDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600 - versión 4.1 a fin que permita a los contribuyentes calcular correcta-mente el crédito contra las aportaciones al ESSALUD; De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 88º del TUO del Código Tributario y en uso de las facultades conferi-das por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la SUNAT, aprobado por DecretoSupremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VER- SIÓN DEL PDT REMUNERACIONES Apruébase la nueva versión del Programa de Decla- ración Telemática (PDT) a ser utilizada por los contribu-yentes, para la elaboración y presentación de la decla- ración determinativa a través del formulario virtual que a continuación se detalla: PDT FORMULARIO VIRTUAL Nº Remuneraciones 600 - versión 4.2 Artículo 2º.- UTILIZACIÓN DE LA NUEVA VER- SIÓN DEL PDT REMUNERACIONES Los sujetos obligados a presentar sus declaraciones determinativas a través del formulario virtual generado por el PDT Remuneraciones deberán utilizar la nuevaversión a partir del 9 de febrero de 2005, independiente- mente del período al que correspondan las declaracio- nes, salvo lo dispuesto en la Única Disposición Transito-ria de la presente Resolución. Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias correspon-dientes a todos los períodos por los cuales exista la obligación de presentar la declaración a través de for- mularios virtuales. Artículo 3º.- OBTENCIÓN DE LAS NUEVAS VER- SIONES DE LOS PDT La nueva versión del PDT Remuneraciones, Formu- lario Virtual Nº 600 - versión 4.2 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir de la fecha deentrada en vigencia de la presente resolución. Para tal efecto, se entiende por SUNAT Virtual al Portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención del mencionado PDT a aquellos contribu-yentes que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual deberán proporcionar el (los) disquete(s) de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas que sea(n) necesario(s). Artículo 4º.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- UTILIZACIÓN DEL PDT REMUNERACIO- NES, FORMULARIO VIRTUAL Nº 600 - VERSIÓN 4.1 Los contribuyentes podrán hacer uso del PDT Re- muneraciones, Formulario Virtual Nº 600 - versión 4.1 hasta el 28 de febrero del año 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 02690 /G41/G64/G65/G63/GFA/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G65/G66/G69/G63/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G6F/G20/G70/G6F/G72/G63/G65/G6E/G74/G61/G6A/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G63/GE1/G6C/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G61/G20/G63/G75/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G6E/G74/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 032-2005/SUNAT Lima, 4 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 141-2003/SUNAT se dictaron las normas complementa- rias al artículo 54º del Reglamento de la Ley del Impues-to a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122- 94-EF y normas modificatorias, referido al procedimien- to para la modificación del coeficiente o del porcentajecorrespondiente a los pagos a cuenta del citado Im- puesto por rentas de tercera categoría; Que habiéndose modificado el artículo 54º del Regla- mento de la Ley del Impuesto a la Renta mediante el artí- culo 14º del Decreto Supremo Nº 086-2004-EF, es nece- sario adecuar la Resolución de Superintendencia men-cionada en el párrafo anterior a dichas modificaciones; Que de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 54º del Reglamento de la Ley del Impuesto a laRenta, las declaraciones juradas que contienen los ba- lances acumulados a enero y a junio se presentarán en la forma, lugar, plazo y condiciones que establezca laAdministración Tributaria; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 260- 2004/SUNAT se autorizó a determinados principales con-tribuyentes para que puedan presentar sus declaracio- nes a través del SUNAT Virtual, por lo que resulta conve- niente que dichos contribuyentes tengan la posibilidad depresentar el Formulario Virtual Nº 0625 por ese medio; De conformidad con el inciso d) del artículo 54º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, artículo11º del Decreto Legislativo Nº 501, inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Para efecto de la presente resolución, cuando se haga mención al término «Resolución» seentenderá referido a la Resolución de Superintendencia Nº 141-2003/SUNAT. Artículo 2º.- Sustitúyase el numeral 4 del artículo 1º de la Resolución por el siguiente texto: “4. Ingresos netos: El total de ingresos gravables de tercera categoría, devengados en cada mes, menos las devolu- ciones, bonificaciones, descuen-tos y demás conceptos de natu- raleza similar que respondan a la costumbre de la plaza. Se ex-cluye de dicho concepto el saldo de la cuenta “Resultado por Ex- posición a la Inflación” - REI.”