Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2005 (21/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 21 de febrero de 2005
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, las provincias de Satipo y Atalaya, consiguientemente los departamentos de MORDAZA y Ucayali, son jurisdicciones colindantes que han venido sosteniendo "conflictos territoriales" por mas de 20 anos, ocasionando disentimientos principalmente entre las poblaciones de MORDAZA MORDAZA y Atalaya, en razon a las imprecisiones limitrofes contenidas en sus respectivas leyes de creacion: La Ley Nº 23416 del 1 de junio de 1982, que crea la provincia de Atalaya (Ucayali), no determina con claridad su limite Sur; la Ley Nº 9801 del 29 de enero de 1943, que crea el distrito de Rio Tambo (Satipo-Junin), donde tambien se registran imprecisiones; Que, para resolver esta situacion, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a traves de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial (DNTDT), ha propiciado la definicion de limites territoriales; a cuya instancia, los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, presentaron sus respectivas propuestas, sin llegar a un acuerdo comun de limites. Por lo que, en Acta del 29 al 30 de MORDAZA de 2004, MORDAZA representaciones regionales firmaron el acuerdo de respetar la decision que adopte finalmente la DNTDT/ PCM; Que, la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, mediante Informe Tecnico Nº 003-2004-PCM/ DNTDT del 3.9.2004, aprobo la definicion de limites territoriales entre las provincias de Atalaya (Ucayali) y Satipo (Junin) por la quebrada "Chismechorro"; comunicando formalmente al Gobierno Regional de MORDAZA con Oficio Nº 398-2004-PCM/DM.100 de fecha 5 de setiembre de 2004; Que, segun lo dispuesto por el articulo 30º del D.S. Nº 019-2003-PCM, "Reglamento de la Ley Nº 27795 - Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial", el citado Informe Tecnico debera ser incorporado al expediente de Saneamiento y Organizacion Territorial de las respectivas provincias; Que, las acciones de Saneamiento y Organizacion Territorial de la provincia de Satipo, se procedera en el MORDAZA del "Plan Nacional de Demarcacion Territorial 2005"; Que, contando con el Dictamen favorable emitido por la Comision Especial para hacer el seguimiento de los avances en el MORDAZA de determinacion de los limites territoriales entre los departamentos de Ucayali y MORDAZA, con la participacion de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y el Reglamento Interno, el Consejo Regional con MORDAZA unanime ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE FORMALIZA Y DIFUNDE LA DEFINICION DE LIMITES TERRITORIALES APROBADA POR LA DIRECCION NACIONAL TECNICA DE DEMARCACION TERRITORIAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Articulo Primero.- Del objeto de la Ordenanza Regional. La presente Ordenanza Regional tiene por objeto formalizar y difundir a nivel del departamento de MORDAZA y la nacion, la definicion de limites territoriales aprobada por la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo Segundo.- Del Valor Tecnico, Administrativo y Juridico. Reconocer el valor tecnico, administrativo y juridico del Informe Tecnico Nº 003-2004-PCM/DNTDT, que establece como limite territorial definitivo entre la provincia de Atala-

ya, departamento de Ucayali y la provincia de Satipo, departamento de MORDAZA la siguiente memoria descriptiva elaborada sobre la base de la Carta Nacional a escala 1/100,000, hoja Nº 2149 (22-o): "... Desde el cerro Ramal de MORDAZA (cota 1190 m.s.n.m.), el limite sigue en direccion este, hasta alcanzar la cota 794 m.s.n.m., para luego continuar en direccion norte por linea de cumbres pasando por la cota 584 m.s.n.m., y el cerro Sito MORDAZA (cota 630 m.s.n.m.), a partir de este lugar el limite continua por la estribacion noreste de este cerro hasta encontrar la naciente de la quebrada Chismechorro, continua por esta quebrada, aguas abajo hasta su confluencia en el rio Tambo, cruza el rio Tambo hasta el punto de confluencia de la quebrada Shima en el rio Tambo, luego continua en direccion suroeste hasta la cota 215 (coordenadas UTM 641388.77 Este y 8809278.87 Norte), divisoria de aguas del rio Urubamba y la quebrada Shima; de este lugar prosigue el limite, correspondiente al sector Sur, Sur Oeste y Oeste descrito en la Ley Nº 23416". Cuya representacion cartografica forma parte de la presente Ordenanza Regional (Anexo 1). Articulo Tercero.- De los alcances. Disponer su amplia difusion principalmente en el ambito de la provincia de Satipo, a fin de que las Entidades del Estado y la poblacion en general puedan tomar en consideracion el valor oficial de la memoria descriptiva de limites y su representacion cartografica, en tanto se canalice su aprobacion por ley especifica. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los quince dias del mes de febrero del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los quince dias del mes de febrero del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 03947

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Designan Director Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 052-2005-PRES MORDAZA, 14 de febrero del 2005 VISTO: El Informe Final Nº 001-2005-GRL/CCR de la Comision Regional de Concurso Publico de Director Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA y la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 333-2003-PRES; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final, modificada por el articulo 8º de la Ley Nº 27902, el Gobierno Regional de MORDAZA dicto la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0782003-PRES del 27 de MORDAZA del 2003, por la cual convoco a Concurso Publico la seleccion de Directores Regiona-

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