Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2005 (21/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 21 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Designan Comisiones de Coordinacion con Martilleros Publicos y Peritos Judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 12-2005-CED-CSJLI/PJ
MORDAZA, 2 de febrero de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero.- Que, los peritos judiciales y martilleros publicos, constituyen organos de MORDAZA judicial al Magistrado contemplados en los Art. 273º y siguientes y 281º de la Ley Organica del Poder Judicial y como tales son instrumentos de apoyo a la administracion de justicia. Segundo.- Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cuenta, en la actualidad, con una Nomina de Peritos Judiciales y otra de Martilleros Publicos. Tercero.- Que, por Ley Nº 28371, se modifico los Articulos 731º y 732º del Codigo Procesal Civil, estableciendo el MORDAZA para llevar a cabo la diligencia de remate de bien inmueble en MORDAZA de ejecucion; por lo que se habilito una Sala de Remates, aprobando la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el procedimiento para la programacion de las citadas diligencias a realizarse en dicho ambiente, mediante Resolucion Administrativa Nº 0192005-P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de enero del ano en curso. Cuarto.- Que, la Dra. MORDAZA MORDAZA Lau MORDAZA, Juez Titular, representante de los Jueces, en sesion de la fecha, preciso algunas dificultades que vienen presentandose en lo que se refiere a las coordinaciones con los martilleros respecto al uso de la Sala de Remates y otros aspectos asi como con los peritos judiciales respecto a la fijacion de honorarios, precisiones alcanzadas por los Magistrados. Quinto.- Siendo esto asi, es menester realizar reuniones periodicas entre magistrados y los citados organos de MORDAZA judicial para intercambiar ideas y puntos de vista que coadyuven a impartir un servicio de justicia mas eficiente, oportuno y eficaz, importando tambien, dichas reuniones un intercambio de experiencias y de necesidades de capacitacion asi como el analisis exhaustivo de la Ley Nº 28371 y el planteamiento de propuestas para mejorar la indicada legislacion. Sexto.- Que, debido a ello, se hace necesario designar dos Comisiones para llevar adelante esta labor, la que debera contar con el apoyo del Area de Registro de Peritos Judiciales de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de sus atribuciones; sin intervencion del Senor Consejero Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por asistir a una reunion oficial, en sesion ordinaria, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR la Comision de Coordinacion con Martilleros Publicos para los fines a que se contrae el MORDAZA considerando de la presente resolucion, la que estara conformada por los siguientes Magistrados: Dr. MORDAZA MORDAZA Wong MORDAZA, Vocal Superior (T), quien la presidira. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Civil (T). Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Civil (T). Articulo Segundo.- Incorporese a la citada Comision a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Martillero Publico, con Registro Nº 146, Presidenta de la Asociacion Americana de Martilleros Publicos, como representante de los indicados profesionales en la citada Comision. Articulo Tercero.- DESIGNAR la Comision de Coordinacion con Peritos Judiciales, para los fines a que se contrae el MORDAZA considerando de la presente resolucion, la que estara conformada por los siguientes Magistrados: Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Superior (T), quien la presidira. Dr. MORDAZA MORDAZA Armijo Zafra, Juez Civil (T) y Coordinador del Area de REPEJ. Dr. MORDAZA MORDAZA Gamero Vildoso, Juez Civil (T). Articulo Cuarto.- Las citadas Comisiones deberan presentar en un plazo no mayor de 15 dias un Plan de Trabajo

para conocimiento del Consejo Ejecutivo Distrital y dar cuenta periodicamente del resultado de las coordinaciones efectuados con los profesionales de MORDAZA judicial. Articulo Quinto.- Pongase la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Administracion Distrital, REPEJ y a los miembros de las respectivas Comisiones, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03904

Declaran vigentes funciones y facultades de la Comision Especial para la designacion de Jueces de Paz de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 13-2005-CED-CSJLI/PJ
MORDAZA, 2 de febrero del 2005 VISTO: El documento presentado por la Comision de Asuntos de Justicia de Paz respecto a la convocatoria a un MORDAZA complementario MORDAZA de seleccion de Jueces de Paz de la provincia de Huarochiri y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa Nº 019-2004-CE-PJ del 5 de febrero del 2004 y su respectiva modificatoria Resolucion Administrativa Nº 063-2004-CE-PJ del 31 de marzo del ano en curso, aprobo el Reglamento Transitorio de Designacion de Jueces de Paz, el mismo que establece los lineamientos para la designacion de los Jueces de Paz en tanto no se implemente lo dispuesto por la Ley de Eleccion Nacional de Jueces de Paz Nº 27539 y Ley Nº 28035; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 05-2004CED-CSJLI/PJ el Consejo Ejecutivo Distrital, de conformidad con el Art. 6º del citado Reglamento, constituyo la Comision Especial para llevar a cabo el MORDAZA de evaluacion y seleccion de los Jueces de Paz de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, culminado el MORDAZA, la Comision Especial procedio a efectuar la proclamacion de los Magistrados, publicando dicho acto el 19 de diciembre del ano proximo pasado tanto en el Diario Oficial El Peruano como en uno de mayor circulacion de MORDAZA y de Huarochiri. Que, el documento de vista, contiene un informe elaborado por la Comision Especial mediante el cual propone al Consejo Ejecutivo Distrital evalue la posibilidad de convocar a un MORDAZA de eleccion de Jueces de Paz complementario al ya realizado el ano proximo pasado, debido a que varias comunidades y poblaciones no pudieron remitir oportunamente sus propuestas de candidatos por diversos motivos. Que, siendo necesaria la conclusion del MORDAZA eleccionario de Jueces de Paz en todos los distritos de Huarochiri y MORDAZA asi como la renovacion de cargos en las judicaturas de paz, el Consejo Ejecutivo Distrital, considera pertinente, la convocatoria a un MORDAZA complementario de eleccion de Jueces de Paz. Siendo esto asi, resulta necesario declarar la vigencia de las facultades de la Comision Especial para la designacion de Jueces de Paz de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y ratificar a los miembros que la integran, efectuada mediante Resolucion Administrativa Nº 05-2004-CEDCSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de MORDAZA del ano 2004. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de sus atribuciones y estando a lo previsto en el articulo MORDAZA del Reglamento Transitorio de Designacion de Jueces de

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