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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de febrero de 2005 Paz; sin intervención del Señor Consejero Doctor Víctor Raúl Mansilla Novella, por asistir a una reunión oficial, ensesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR vigentes las funcio- nes y facultades de la Comisión Especial para la desig-nación de Jueces de Paz de la Corte Superior de Justi-cia de Lima integrada por los Dres. Ana Patricia LauDeza y Oscar Mendoza Fernández, miembros del Con-sejo Ejecutivo Distrital y por la Dra. Elvira Alvarez Olazá-bal, Magistrada integrante de la Comisión de Asuntos deJusticia de Paz. Artículo Segundo.- APROBAR la elección comple- mentaria de los Jueces de Paz en sus dos modalidades:En Comunidades Campesinas y Nativas, correspondiendorealizar a la Comisión de Asuntos de Justicia de Paz, elprocedimiento de verificación de documentos que remitanlas Comunidades Campesinas y previo informe lo elevará ala Comisión Especial para el reconocimiento correspon-diente. En los demás casos, la Comisión Especial nominada procederá a elaborar y aprobar el cronograma a que serefiere el artículo 8º inciso a) del Reglamento Transitoriocon la respectiva convocatoria complementaria a Desig-nación de Jueces de Paz de la Corte Superior de Justiciade Lima. En este caso igualmente la Comisión de Asuntos de Justicia de Paz prestará el apoyo que pueda requerir laComisión Especial a efectos de canalizar la informaciónrespectiva y verificación del cumplimiento de los requisitosreglamentarios. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a los magistrados de los Juzgados Especializados, Mixtos y de Paz Letrado delCono Este, La Molina- Cieneguilla y Matucana - Huarochirí,así como al Juez del Juzgado de Paz Letrado de Lurín y ala Oficina de Administración Distrital para que brinden todoel apoyo que les pueda ser requerido para el desarrollo delas funciones de la Comisión de Asuntos de Justicia de Pazy Comisión Especial. Artículo Cuarto.- COMUNÍQUESE al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justiciade Paz, Gerencia General, Comisión de Asuntos de Justi-cia de Paz, Decanato de Jueces, a los miembros de laComisión Especial designada y a los Jueces mencionadosen el artículo tercero de la presente resolución, para losfines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA ZAVALA VALLADARESCARMEN MARTÍNEZ MARAVÍANA PATRICIA LAU DEZAOSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ03905 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G54/G75/G6D/G2D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 090-2005-CG Lima, 17 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 028-2005-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial practicado al Consejo Transito-rio de Administración Regional Tumbes - CTAR Tumbes, porel período enero 2002 a diciembre 2002; comprendiendoademás operaciones anteriores y posteriores al citado pe-ríodo; y,CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, laContraloría General de la República efectuó un ExamenEspecial al ex Consejo Transitorio de Administración Re-gional Tumbes, comprendiendo operaciones del Gobier-no Regional Tumbes, orientado a evaluar la correcta ad-ministración de los recursos asignados a la entidad, enconcordancia con sus objetivos y de acuerdo a la normati-va aplicable; Que, como resultado de la revisión practicada a la documentación que sustenta el proceso de Adjudica-ción de Menor Cuantía llevado a cabo para seleccionaral contratista que ejecutaría la obra “Protección MalecónBenavides - Sector IV - L= 95.50 m.l.”, por un valor refe-rencial de S/. 1 031 971,32, la Comisión Auditora hadeterminado que uno de los postores no cumplió conpresentar todos los documentos requeridos en las Ba-ses del proceso, no obstante lo cual obtuvo la BuenaPro; evidenciándose la alteración de la fecha de presen-tación de propuestas en el Oficio de invitación al postor,así como la suscripción del contrato, sin la presentaciónde los documentos necesarios para tal efecto y despuésde iniciada la ejecución de la obra; Que, asimismo, la Comisión Auditora ha determinado que el Presidente Ejecutivo del ex CTAR Tumbes, no obs-tante tratarse de una obra ejecutada por contrata, solicitóa la Dirección Regional de Agricultura Tumbes el préstamode 200 gaviones que serían entregados al contratista parala ejecución de la obra, siendo que de dicho material existeun saldo pendiente de devolución de 117 gaviones valori-zados en S/. 20 056,14; evidenciándose, adicionalmente,que a pesar de haber obtenido un adelanto por materialesde S/. 140 000,00, otorgado en virtud de la solicitud ex-temporánea realizada por el contratista, éste no cumpliócon efectuar la correspondiente devolución de los gavio-nes, ocasionando perjuicio económico a la entidad por elmonto de aquellos no devueltos; Que, por otro lado, la Comisión Auditora ha determi- nado que el Expediente Técnico aprobado para la ejecu-ción de la obra sub materia presentaba deficiencias técni-cas, evidenciándose que los funcionarios encargados omi-tieron objetarlas, ocasionando que el diseño esté incum-pliendo su función de refuerzo estructural, generando unperjuicio ascendente a S/. 37 487,00; hechos que consti-tuyen indicios razonables que hacen presumir la comisiónde los delitos de Aprovechamiento indebido del cargo,Abuso de Autoridad y de Omisión, rehusamiento o demorade actos funcionales, previstos y penados por los artículos397º, 376º y 377º del Código Penal vigente, respectiva-mente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacio-nal de Control y de la Contraloría General de la Repúbli-ca, Ley Nº 27785, constituye atribución de este Orga-nismo Superior de Control, disponer el inicio de las ac-ciones legales pertinentes en forma inmediata, por par-te del Procurador Público, en los casos que en la ejecu-ción directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspon-diendo autorizar al Procurador Público a cargo de losasuntos judiciales de la Contraloría General de la Re-pública, el inicio de las acciones legales respectivascontra los presuntos responsables comprendidos en elInforme de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, asícomo el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales correspondientes con-tra los presuntos responsables comprendidos en el Infor-me de Visto, remitiéndosele para el efecto los anteceden-tes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03942