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PÆg. 295775 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de julio de 2005 Dice: 07.4DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: SECRETARÍA TÉCNICA DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO Nº CARGO CÓDIGO CLASIFI- TO- SITUACIÓN CARGO DE ORDEN ESTRUCTURAL CACIÓN TAL DEL CARGO CONFIANZA OP 66 Secretario Técnico 02107405 SP-ES 1 1 67/69Profesional C 02107405 SP-ES 3 1 2 TOTAL UNIDAD 42 2 0 ORGÁNICA Debe decir: 07.4DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: SECRETARÍA TÉCNICA DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO Nº CARGO CÓDIGO CLASIFI- TO- SITUACIÓN CARGO DE ORDEN ESTRUCTURAL CACIÓN TAL DEL CARGO CONFIANZA OP 66 Secretario Técnico 02107405 SP-ES 1 1 67 Profesional A 02107405 SP-ES 1 0 1 68/69Profesional C 02107405 SP-ES 2 1 1 TOTAL UNIDAD 42 2 0 ORGÁNICA Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente (e) 11819 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsablesde la comisión de delito de negociaciónincompatible con el cargo en agravio de PROMPEX RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 308-2005-CG Lima, 30 de junio de 2005VISTOS; el Informe Especial N° 002-2005-PROM- PEX/OAI, resultante del Examen Especial a la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, por elperíodo comprendido de enero 2003 a diciembre 2003; y la Hoja de Recomendación Nº 003-2005-CG/SP emitida por la Gerencia de Sector Productivo; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de su Plan Anual de Control 2004, el Órgano de Control Institucional de PROMPEX ha efectuado una acción de control al Área de Abasteci-miento de la entidad, la cual entre otros, tuvo como uno de sus objetivos, determinar si las adquisiciones de bie- nes y servicios se han ceñido a la normativa vigente; Que, como resultado de la acción de control prac- ticada, se ha determinado que ex funcionarios y fun- cionarios de PROMPEX, dispusieron y efectuaron enforma directa y en vía de regularización, la contrata- ción de un asesor para la entidad, soslayando dispo- siciones del ordenamiento legal aplicable, otorgán-dose incluso la conformidad de servicio, no obstante que no cumplió con la totalidad de los servicios con- tratados; Que, asimismo, el citado asesor fue posteriormente seleccionado y contratado para ejercer un cargo en el Proyecto PER/03/017, aun cuando no reunía los requisi-tos para ejercer dicho cargo, modificándose los térmi- nos de referencia correspondientes, lo que evidencia un favorecimiento en el proceso de selección y contrata-ción; igualmente se han determinado pagos efectuados al referido coordinador sin que cumpliera con la totalidadde las obligaciones previstas en su contrato, habiendo dichos actos generado perjuicio por un total de S/. 39619,00; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Negociación Incompatible con el cargo, previsto y pena-do en el artículo 397º del Código Penal, vigente al mo- mento de ocurrido los hechos; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 32º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Ge- neral de la República, constituye atribución de esteOrganismo Superior de Control, ejercer e impulsar directamente, o en caso de incumplimiento, a través de la autoridad llamada por ley, las acciones perti-nentes para asegurar la implementación de las reco- mendaciones y acciones legales derivadas del pro- ceso de control a cargo del Sistema, por lo que con-forme a la Hoja de Recomendación de Vistos, co- rresponde autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales de la Contraloría Gene-ral de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el inciso d) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; y en la Re- solución de Contraloría Nº 295-2005-CG; SE RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en nombre y re- presentación del Estado, inicie las acciones legales porlos hechos expuestos, contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General de la República (e) 11738 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pœblica y el estado civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 683-2005-JEF/RENIEC Lima, 14 de junio de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1063-2005-GP/RENIEC, el Infor- me Nº 144-2004-GP/SGDAC/DA RENIEC, el Informe Nº 791-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº620-2005-GAJ/RENIEC de fecha 7 de junio del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depuración inherente al procedi-miento administrativo, ha detectado que la ciudadana GREGORIA QUISPE PIPA, con fecha 27 de noviembre de 1984 obtuvo la Inscripción Nº 31475092 en el enton-ces Registro Electoral del Perú, registra como fecha y lugar de nacimiento el 30 de mayo de 1944 en el distrito de Anco Huallo, provincia de Chincheros, departamentode Apurímac;