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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2005 (07/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 296258 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de julio de 2005 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Inician proceso administrativo disciplinario a ex funcionario y funcio-narios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 130-2005/MDV-ALC Ventanilla, 24 de junio del 2005 VISTO: El Informe Nº 12-2005-CEPAD/MDV del 13 de junio del 2005, mediante el cual la Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios eleva a este Des- pacho el Informe Preliminar Nº 011-2005-CEPAD/MDVdel 8 de junio del 2005, recomendándose Abrir Proceso Administrativo Disciplinario contra la ex Gerente Munici- pal de esta comuna, doctora Verónica Cecilia ToledoCanales y contra el Subgerente de Programas Sociales Luis Vivanco Oliveros y el Subgerente de Serenazgo Elard Yomona Solier. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 104-2005/ MDV-ALC modificada por Resolución de Alcaldía Nº 112- 2005/MDV-ALC, se designó una Comisión Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios, en adelante la Comisión Especial, que califique y determine la respon- sabilidad administrativa de los Funcionarios de la Muni-cipalidad Distrital de Ventanilla; Que, conforme lo establecido en el Artículo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, apro-bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comi- sión Especial está facultada para calificar las denuncias que les sean remitidas y pronunciarse sobre la proce-dencia de abrir Proceso Administrativo Disciplinario; Que, conforme con lo estipulado en el Artículo 166º del Reglamento, la Comisión Especial remite, califica lasconductas de la ex Gerente Municipal Verónica Cecilia Toledo Canales, del Subgerente de Programas Sociales Luis Vivanco Oliveros y el Subgerente de SerenazgoElard Yomona Solier. Concluyendo que la ex funcionaria municipal y los funcionarios municipales han incurrido en "Negligencia Funcional" y, en consecuencia, reco-mienda Abrir Proceso Administrativo Disciplinario a los mismos, por encontrarse incursos en la comisión de las presuntas faltas de carácter administrativo disciplinarioprevistas en los literales a), d), f) y h) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neraciones del Sector Público, Decreto LegislativoNº 276, esto es: a)El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento. d)La negligencia en el desempeño de las funciones. f) La utilización o disposición de los bienes de la en- tidad en beneficio propio o de terceros. h)El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro. Que, el Artículo 173º del Reglamento establece como único presupuesto procesal para ejercer la acción admi-nistrativo disciplinaria, que el proceso se inicie dentro del plazo máximo de un (1) año "(...) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conoci-miento de la comisión de la falta disciplinaria (...)", en caso contrario, se declarará prescrita la acción adminis- trativo disciplinaria; Que, la calificación como falta en los literales b) y c) del numeral 3º y numeral 4º del referido Informe Preliminar la conducta "Negligencia administrativa funcional contra la exfuncionaria" de esta comuna, conforme se evidencia de dicho informe y sus anexos, se sustenta en el mal uso y enprovecho personal de los vehículos de propiedad del muni- cipio en los días en que efectuó su mudanza y en el trasla- do diario de la Municipalidad a su domicilio sin contar con laautorización correspondiente, siendo que para el caso del Subgerente de Programas Sociales Luis Vivanco Oliveros por haber dado mal uso al camión de placa WG-9221, alefectuar préstamo del mismo para acciones distintas a las necesidades de la Municipalidad, con el agravante de no contar con la debida autorización para estos efectos ypara el caso del Subgerente de Serenazgo Elard Yomona Solier, por no tener el celo suficiente para la custodia de los cuadernos de ocurrencias; De conformidad con lo establecido en los Artículos 167º y 173º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 6 y 28 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ABRIR Proceso Administrativo Discipli- nario en contra la ex Gerente Municipal, doctora Verónica Cecilia Toledo Canales y contra los funciona-rios Luis Vivanco Oliveros, Subgerente de Programas Sociales y Elard Yomona Solier, Subgerente de Sere- nazgo, en razón de la conducta, calificada como falta enlos numerales 3º literales b) y c) y 4º del Informe Preli- minar Nº 011-2005-CEPAD/MDV emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios dela Municipalidad Distrital de Ventanilla, " Utilización de los vehículos de la municipalidad en provecho personal", "Préstamo del camión de propiedad de la municipalidadsin contar con la autorización correspondiente" y "No tener el celo suficiente para la custodia de los Cuader- nos de Ocurrencias". Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General de Concejo notificar, de forma personal, la presente Resolución a la Comisión Especial de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios y la ex Gerente Municipal, doctora Verónica Cecilia Toledo Canales y a los Funcionarios Luis Vivanco Oliveros y Elard Yomona Solier, para queformule los descargos y presente las pruebas que crea convenientes en su defensa, en un plazo no mayor 72 horas de producida la Resolución. Artículo 3º.- CONCEDER un plazo de cinco (5) días hábiles para que la ex Funcionaria y los funcionarios inmersos en el presente Proceso Administrativo Discipli-narios cumplan con absolver los cargos que se le impu- tan. Artículo 4º.- Una vez cumplida la notificación orde- nada en el artículo precedente, remítase todo lo actuado a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que se continúe con el proceso deacuerdo a sus atribuciones. Regístrese y comuníquese.JUAN JOSÉ LÓPEZ ÁLAVA Alcalde 12039 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Aprueban incorporación de fundo rœs- tico al `rea de Expansión Urbana para fines de vivienda (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial de Arequipa, mediante Oficio Nº 282-2004-MPA-K, recibido el 5 de julio de 2005) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 307-2004 Arequipa, 30 de diciembre de 2004