Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2005 (07/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- Aceptar a partir del 1 de MORDAZA del 2005 la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Gerente de Administracion y Finanzas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 12102

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 108-2005/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 28 de junio de 2005 Visto el Expediente Nº 081-2005/SBN-JAR, correspondiente a la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 479 608,70 m² ubicado al noreste del Centro Poblado "Coishco", el cual MORDAZA parte de los Cerros "La Caja" y "Huamachacata", en los distritos de Coishco y MORDAZA, provincia Del MORDAZA, departamento de MORDAZA, al cual se le ha denominado Parcela Nº 1; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno libre de inscripcion, ubicado al nor este del Centro Poblado "Coishco", el cual MORDAZA parte de los Cerros "La Caja" y "Huamachacata", en los distritos de Coishco y MORDAZA, provincia Del MORDAZA, departamento de MORDAZA, al cual se le ha denominado Parcela Nº 1; Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2004, se realizo la inspeccion tecnica al referido terreno constatando que es de naturaleza eriaza y con algunas ocupaciones dispersas, sin inscripcion registral; Que, mediante el Certificado Negativo de Inmatriculacion del 22 de MORDAZA de 2005, elaborado sobre la base del Informe Tecnico Nº 435-2005-Z.R.Nº VII/JEFCAT del 19 de MORDAZA de 2005, la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA - Oficina Registral de Chimbote, indica que en su registro no aparece inscrito ni anotado preventivamente ni pendiente de inscripcion el terreno eriazo de 2 479 608,70 m²; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo

Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0160-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 27 de MORDAZA de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 479 608,70 m² ubicado al nor este del Centro Poblado "Coishco", el cual MORDAZA parte de los Cerros "La Caja" y "Huamachacata", en los distritos de Coishco y MORDAZA, provincia Del MORDAZA, departamento de MORDAZA, al cual se le ha denominado Parcela Nº 1, segun los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA - Oficina Registral de Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 12014 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 110-2005/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 28 de junio de 2005 Visto el Expediente Nº 076-2005/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 613,987.28 m² ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, denominado Parcela D; y, CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado a la altura del Kilometro 7.5 de la Carretera Callao-Ventanilla, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 23 de febrero de 2005, se constato que se trata de un terreno

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