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PÆg. 296254 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de julio de 2005 9.3.2. Preservación de los Recursos Naturales a) Fomentar y ejecutar acciones de manejo sosteni- ble de recursos naturales en el ámbito regional. b) Promover la participación activa y concertada de todos los actores involucrados en el área rural regional para el diseño e implementación de acciones de manejo de recursos naturales. c) Propiciar la conservación del medio ambiente, concordante con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables. d) Promover y realizar estudios integrales e integrados sobre los recursos naturales renovables. Artículo 10º.- Sector Minería, Energía e Hidrocar- buros 10.1. VISIÓN: El Callao será una Región que cuente con desarrollo armónico sostenible, rentable y competiti- vo con fuentes de trabajo y cubriendo los requerimien-tos de producción en los sectores de minería, energía e hidrocarburos, en concordancia con el medio ambiente. 10.2. MISIÓN: Promover, desarrollar, formular, admi- nistrar y controlar las políticas del Gobierno Regional del Callao en las materias de minas, energía e hidrocar-buros para lograr su explotación armónica e integral, garantizando su necesaria contribución al desarrollo sostenible de esta Región. 10.3. LINEAMIENTOS DE POLÍTICAS DE MINERÍA, ENERGÍA E HIDROCARBUROS: a) Promover el sector minero, mediante un marco legal competitivo, que sea atractivo a la inversión priva-da y que vele por la seguridad y la preservación del ambiente, así como fomentar la racional explotación, transporte traslado y almacenamiento de los recursosmineros y la formalización e introducción de tecnologías limpias en acopio y manipulación de los recursos mine- ros. b) Promover y proponer el uso del gas de Camisea, para la generación de centrales termo eléctricas en la región. c) Proponer los mecanismos de control y fiscaliza- ción del uso adecuado de los recursos energéticos. d) Promover un sector de energía mediante un mar- co legal que garantice la satisfacción de la demanda e incentive la diversificación, la explotación y el uso racio- nal y eficiente de los recursos energéticos. Asimismo,fomentar el empleo de energías renovables en la Región Callao. e) Promover un sector de hidrocarburos mediante un marco legal competitivo, que garantice la satisfacción de la demanda y la calidad ambiental. Asimismo, propiciar el desarrollo del uso del gas natural en la región como unaalternativa de combustible económico y no contaminante. TÍTULO IV DE LOS INSTRUMENTOS DE DESARROLLO ECONÓMICO Artículo 11º.- Los preceptos de carácter general y los lineamientos de política ambiental contenidos en esta ordenanza y en las normas que se dicten con posteriori-dad a su promulgación serán obligatoriamente tomadas en cuenta en los diferentes instrumentos de Desarrollo Económico, implementadas y ejecutados en la RegiónCallao. Artículo 12º.- Entre los Instrumentos que se em- plearán en el Desarrollo Económico Regional, se tienen: a) Plan de Desarrollo Concertado 2003 - 2011. b) Presupuesto Participativo.c) Plan Operativo Institucional. d) Consejo de Coordinación Regional. e) Consejo Nacional de la Competitividad.f) Agencia de Promoción de la Inversión. g) Consejo Regional de la Micro Empresa. Artículo 13º.- El Gobierno Regional del Callao orga- niza y conduce el desarrollo económico regional, aten- diendo funciones específicas sectoriales de comercio,industria, MYPES, Turismo y Artesanía, Pesquería, Agri- cultura, Minería, Energía e Hidrocarburos; a través desu Gerencia Regional de Desarrollo Económico. TÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Competencias de Desarrollo Económi- co La implementación eficiente de los Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales de desarrollo económi-co, para la Región Callao, serán aplicados e implemen- tados a partir del otorgamiento de acreditación expedido por el Consejo Nacional de Descentralización (CND), encoordinación con los ministerios correspondientes. Segunda.- El Consejo Regional Las políticas y los instrumentos de desarrollo econó- mico, serán evaluadas en lo que le compete, por la Co- misión Regional de Desarrollo Económico, para luegoser aprobadas por el Consejo Regional, a través de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales. 12101 Otorgan a docentes la Condecoración "Guarnición Guardia Chalaca" en elGrado de Gran Oficial ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 009-2005-REGIÓN CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Regional Nº 002-2004-RE- GIÓN CALLAO-CR de fecha 23 de enero del 2004, se aprobó la Condecoración "Guarnición Guardia Chalaca" como máxima distinción que otorga el Gobierno Regio-nal del Callao; Que, según lo precisa el artículo 7º del Reglamento de la Condecoración "Guarnición Guardia Chalaca", éstase otorgará a las personalidades e instituciones públi- cas y/o privadas, por su destacada trayectoria en el ámbito profesional, funcional e intelectual y relacionadaa los aspectos: social, político, económico y cultural, tanto a nivel local, regional, nacional e internacional, fortaleciendo con ello a las instituciones democráticas yque merezcan ser distinguidas, en mérito a su trabajo desplegado en beneficio de la Región de la Provincia Constitucional del Callao, o de sus representados; Que, por Decreto Supremo emitido el 4 de mayo de 1953 se estableció el 6 de julio como Día del Maestro, en reconocimiento a quienes con abnegación y desprendi-miento despliegan una importante labor en la sociedad, como es la de educar a los niños y jóvenes para que sean hombres de bien y forjadores de una patria mejor; Que, la labor del maestro y en especial la del maestro chalaco es fundamental, toda vez que educa tanto en conocimientos como en valores y principios, a fin delograr un futuro diferente en todos los rincones del país; Que, la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado precep- túa en los artículos 107º y 108º el otorgamiento de estí-mulos a los docentes; Que, con ocasión del "Día del Maestro" el Gobierno Regional del Callao desea estimular a los docentes conmayor tiempo de servicios que han laborado en nuestro Primer Puerto; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO RE- GIONAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de junio del 2005, con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidaspor la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- OTORGAR la Condecoración "Guarnición Guardia Chalaca" en el Grado de Gran Ofi- cial, a dos (2) docentes que cuenten con más años de servicios dentro del ámbito de la Provincia Constitucio-nal del Callao.